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Pág.167600 êlpemtano~MtM1~ I.ima. miCrc»lcs 2.1 de dicicmhm do 1998 RESUELVE: Artículo 2”.- PRECISASE, que para efecto de la prórro- Iga dispuesta en el artículo anterior de la presente resolu- Ición, la primera aplicación de ias Normas Internacionales ,de Contabilidad se inicia el 1 de enero de 1998.Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Ltdo., la apertura de una agencia ubicada en la Av. Víctor Andrés Belaúnde N” 147, Of. 1, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR PAJUELO RAMIREZ Contador General de la NaciónRegístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 14971 CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION Prorrogan plazo para la aplicación de diversas normas internacionales de contabilidad CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD RESOLUCION No 0159%EF/93.01 Lima, 14 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, los Artículos 13” y 14” de la Ley N” 24680 del Sistema Nacional de Contabilidad de fecha 4 de junio de 1987, señala que el Consejo Normativo de Contabilidad, es el órgano competente del estudio, análisis y emisión de normas contables que rigen en los sectores público y privado del país, y que esta integrado por representantes de las entidades de los mencionados sectores, respectivamente; Que, mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad N” 005-94-EFi93.01 que rige a partir del 19 de abril de 1994, N” 007.94-EFi93.01 y N” Oll-97-EF/93.01 se aprobaron 33 Normas Internacionales de Contabilidad, las mismas que se encuentran vigentes; Que, los Artículos 175” y 223” de la Ley N” 26887 General de Sociedades vigente a partir del 1 de enero de 1998, señalan: “El directorio debe proporcionar a los accionistas y al público las informaciones suficientes, fidedignas y oportunas que la ley determina respecto a la situación legal, económica y financiera de la sociedad” y “Los estados financieros se prepa- ran y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidadgeneralmente aceptados en el país”, respectivamente; Que, mediante el Artículo 1”de la Resolución del Conse- jo Normativo de Contabilidad N” 013-98-EF/93.01 de fecha 17 de julio de 1998 se efectúa una interpretación extensiva del Artículo 223” de la Ley N” 26887, precisando que los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados a que se refiere el texto del indicado artículo, comprende substan- cialmente a la Normas Internacionales de Contabilidad (NICs), oficializadas mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad; Que, es conveniente coincidir la vigencia del Artículo 223” de la Ley N” 26887 - General de Sociedades, con la de las Normas Internacionales de Contabilidad, con el propó- sito de tener un coherente ordenamiento jurídico vigente sobre la materia; Que, en este contexto, es necesario prorrogar hasta el ejercicio 1998, la primera aplicación de las 33 Normas Internacionales de Contabilidad vigentes a la fecha, apro- bados mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad; y, En uso de las atribuciones conferidas en los Artículos 2” y 13” de la Ley N’ 24680; SE RESUELVE: Artículo lo.- PRORROGASE, la primera aplicación de las 33 Normas Internacionales de Contabilidad vigentes a la fecha? oficializadas mediante Resoluciones del Consejo Normativo de Contabilidad, al ejercicio 1998; para aquellas empresas que aún no las hubieran aplicado.LYDIA VILLACORTA DE CELIZ Subcontadora General de la Nación PEDRO CENTENO VASQUEZ Representante del Colegio de Contadores Públicos de Lima SYLVIA C. WUAN ALMANDOS Representante de la Superintendencia de Banca y Seguros FRANCISCO BUSTINZA LIÑAN Representante de la Federación de Colegios de Contadores Públicos del Perú y su Junta de Decanos WALTER NOLES MONTEBLANCO Representante de las Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del País GLUDIS ALVARADO VELA Representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria IVAN CUZQUEN CABREJOS Representante del Banco Central de Reserva del Perú MARIA ESTHER CUTIMBO GIL Representante del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI NELLY HIDALGO DE ALCANTARA Representante de la Actividad Administrativa del Estado VICTOR VARGAS CALDERON Representante de la Confederación de la Cámara de Comercio y Producción del Perú YORLLELINA MARQUEZ FARFAN Directora General de Contabilidad del Sector Publico PEDRO CANCINO CHAVARRI Director General de Contabilidad del Sector Privado LEONIDAS SANCHEZ LLAMOZAS Director General de Contabilidad Analítica de Explotación 15030 INEI Sancionan con multa a concesiona- rios omisos a la presentación de la “Encuesta Anual de Operadores Pos- tales 1996” RESOLUCION SURJEFATURAL IU- 027-9aINE1 Lima, 18 de diciembre de 1998 Visto, el Oficio N” 067-98-MTCX5.14. de la Oficina General de Métodos y Sistemas del Ministerio de Trans- portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, dando cuenta de los concesionarios que no han cumplido con presentar los formularios debidamente absueltos de la “Encuesta Anual de Operadores Postales 1996”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo N”604, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, es el organismo