Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (23/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

TEXTO PAGINA: 62

utilizadas por otras disciplinas profesionales. La Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley N” 26162, establece como uno de los criterios que orientan el ejerci- cio de la auditoría gubernamental la especialización que, considera la necesidad de efectuar el control en función de la naturaleza de la entidad en la que incide. i...~_~~~___ !--.--... _--- j Postulado 10: Existencia de controles internos -=7 apropiadosLII/-1 ___~- 34. La gerencia de cada entidad pública es responsa- ble de implementar y mantener un sistema de control interno sólido, con el propósito de proteger los recursos, determinar la veracidad y confiabilidad de la informa- ción financiera y gerencial, promover eficiencia en las operaciones, alentar la adhesión a las políticas prescri- tas y lograr las metas y objetivos programados. La existencia de un satisfactorio sistema de control interno no elimina irregularidades, ni la posibilidad de su ocu- rrencia, pero sí la minimiza. El auditor gubernamental tiene la responsabilidad de encontrar y revelar debilida- des en el sistema de control interno y formular las recomendaciones necesarias para su fortalecimiento. 35. La exactitud y la corrección de los informes y estados financieros son la expresión de la situación linan- ciera y del resultado de las operaciones de una entidad. La dirección es responsable de que los informes financieros o de cualquier otro tipo, en su forma y contenido, sean correctos y adecuados. Es también responsabilidad de cada entidad pública establecer un sistema que suminis- tre información financiera oportuna y confiable. 36. Es obligación de la entidad auditada y no de la Institución Superior de Auditoría establecer sistemas adecuados de control interno para proteger sus recur- sos. Es también obligación de la entidad auditada, asegu- rarse de que dichos controles se apliquen y funcionen de manera que garanticen el cumplimiento de las disposi- ciones legales y reglamentarias aplicables y, que las decisiones se adopten con probidad y corrección. En cualquier caso, esto no exime al auditor, cuando descu- bra controles inadecuados o inexistentes, de presentar a la entidad auditada las correspondientes observaciones, conclusiones y recomendaciones. 37. La Ley del Sistema Nacional de Control, precisa que el titular y los directores de la entidad son responsa- bles de supervisar la confiabilidad del control interno previo y del control interno posterior para la evaluación de la gestión. Postulado ll: h opemwy contratos gu- h ~~-~-bernamentales están libres de irre- .___- Ilgularidades y actos de colusión_____- 38. El Estado asume como premisa que sus servidores son honestos en ausencia de evidencia en contrario. Si los servidores públicos fueran deshonestos o de fácil colusión entre ellos con litres de incurrir en irregularida- des, el gobierno odría únicamente mantenerse median- te la aplicación Bel temor o la fuerza. El Estado tiene que inculcar valores éticos y honestidad a sus servidores. Tiene que asegurar que su remuneración esté de acuer- do con sus responsabilidades y que no trabajen dentro de ambientes que conducen a la tentación. En este contex- to, se considera que en caso de una posible colusión, por lo menos uno de los servidores involucrados tendrá la suficiente integridad para rechazar la participación que se le ofrece y revelará tal situación a sus superiores. 39. La aplicación de este postulado depende de la cultura, objetividad e integridad y valores éticos de los servidores públicos. Si la cultura acepta el desempeño de un cargo público como una licencia para obtener beneficios personales o en favor de terceros y, si asocia- ciones colusivas son aceptadas y protegidas por leyes no escritas contra la revelación de irregularidades cometidas por servidores públicos: la auditoría puede dejar de tener valor y otros métodos extremos tendrían que utilizarse. La Ley del Sistema Nacional de Control, establece como uno de los criterios para orientar el ejercicio de la auditoría gubernamental, la presunción de licitud, según la cual, salvo prueba en contrario, se reputa que los servidores y funcionarios sujetos a con- trol han actuado con arreglo a las normas legales y administrativas.CI lo m CC ir; CI fr e3 dl 1’ m el 01 PI p: P’ P’ Ir a( cc ci OI dl t;: t% a!--- Postulado 12: Respondabilidad .y Audm1 berhamental - - 40. Las normas de auditoría aprobadas en el XI INTO- AI en 1992, establecen que: La obli ación ¿fde rendir cuenta, por parte de Las perso- zs o entr ades que manejan recursos públicos, está cada z más en la conciencia de todos, por lo que hay una layar necesidad de que dicha obligación se cumpla en Irma correcta y eficaz. 41. Las Normas de Control Interno para el Sector úblico, definen el concepto Respondabilidad (traducción el inglés Accountability) de la siguiente forma: es el deber de los funcionarios o empleados de rendir Lenta ante una autoridad superiory ante elpúblico por IS fondos o bienes del Estado a su cargo ylo por una Lisión u objetioo encargado y aceptado. Constituye un mcepto que tiene una relación directa con la moral del ldividuo queguía su propia conciencia y se refleja en las -eencias y compromisos sociales, culturales, religiosos, ,aternales, cíuicos e ideológicos, adquiridos durante su cistencia. 42. Toda persona u oficina pública que maneja recursos el Estado es respondable. La gerencia de cada entidad es ?sponsable de cautelar que los fondos sean utilizados en el ogro de los objetivos en forma eficiente, efectiva y econó- iica. También son respondables aquellas personas que se wargan de registrar y documentar los valores de las ?eraciones 0 transacciones que involucran recursos y reparan los estados financieros de cada entidad pública. 43. Los sistemas modernos gerenciales en las áreas de rocesamiento de información, personal, logktica, presu- uesto, contabilidad, gerencia de caja, recaudación de im- uestos y otras modalidades de recaudación de ingresos, romueven aumentos en la eficiencia, efectividad y econo- da de las operaciones. Es esencial para el funcionamiento decuado de tales sistemas la existencia de personal idóneo, )mpetente y apropiadamente capacitado. La implementa- ón en la administración pública de sistemas modernos de atención de datos, control, evaluación y de presentación e informes, facilita el proceso de respondabilidad. 44. Al incrementarse los niveles de conciencia en el úblico, sobre la respondabilidad de las personas o entida- es que administran fondos públicos, tal exigencia convier- ! a la auditoría en uno de los factores que fortalece su plicación. Estructura del Sistema Nacional de Control 1. La Ley N” 26162 que regula el Sistema Nacional de ontrol define las atribuciones, ámbito de competencia, rgamzación del sistema y el proceso de la auditoría ubemamental sobre la actividad pública nacional. Con- irme a esa ley el Sistema Nacional de Control está itegrado por: ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL l órgano rector: Contraloría General de la Remíblica l Poderes del Estado Auditoría del Poder Legislativo; Auditoría del Poder Judicial; l Poder Ejecutivo Auditorías Sectoriales del Poder Ejecutivo; Auditorías Regionales; Auditoría de instituciones y personas de derecho público; y, Auditorías Internas de entidades que conforman la actividad empresarial del Estado. l Gobiernos Locales y organismos autónomos Auditorías de Municipalidades; Auditorías de Organismos Autónomos;