Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 1999 (08/04/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 171831

1998, siempre que la deuda tributaria se cancele hasta el 30 de MORDAZA de 1999. Articulo 2º.- CONDONESE las multas por las infracciones tributarias de caracter formal, siempre que se subsanen hasta el 30 de MORDAZA de 1999. Articulo 3º.- Los beneficios a que se refiere la presente ordenanza incluyen obligaciones tributarias que se encuentren en procedimientos de Cobranza Coactiva; en cuyo caso debera previamente cancelarse las costas procesales y gastos administrativos. Articulo 4º.- Autorizar al senor MORDAZA, para que por Decreto de Alcaldia pueda ampliar la vigencia de la presente ordenanza hasta por 30 dias, asi como aprobar las medidas pertinentes para su mejor aplicacion. Articulo 5º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas e Informatica el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Publicas su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 4512

Aprueban ordenanza sobre remuneraciones de los cargos de confianza de la Municipalidad Distrital de Chorrillos
ORDENANZA Nº 13-99-MDCH Chorrillos, 31 de marzo de 1999 El MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en sesion ordinaria de Concejo del dia 31 de marzo de mil novecientos noventinueve. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica vigente, reconoce en su Articulo 191º la autonomia politica, economica y administrativa de las municipalidades en los asuntos de su competencia; Que, la autonomia politica del Concejo se trasluce en la capacidad normativa dentro de su jurisdiccion; la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante ordenanzas municipales, las que de acuerdo a lo establecido en el inciso 4) del Articulo 200º de la Constitucion tienen el rango de ley; Que, de conformidad a la Ley de Presupuesto del Sector Publico para 1999 aprobada por la Ley Nº 27013 dispone en su Articulo 9º, que la aprobacion y reajuste de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, refrigerio y movilidad de los Gobiernos Locales, se atienden con cargo a los recursos directamente recaudados de cada municipalidad y se fijan mediante el procedimiento de negociacion bilateral establecido en el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM; Que, dentro del concepto de una Administracion Municipal eficiente y con estricta sujecion a las normas de austeridad, es necesario adoptar las medidas que conduzcan alcanzar que la actividad del Gobierno Municipal se cumpla de manera optima; Que, resulta conveniente establecer normas referidas a las remuneraciones de los funcionarios de la municipalidad, toda vez que el personal que desempena cargos de confianza y/o directivos, no se encuentran comprendidos en los alcances del D.S. Nº 070-85-PCM y el D.S. Nº 003-82-PCM; Que, el personal que desempena un cargo de confianza se le designa por: el nivel jerarquico del cargo, la exigencia de la especializacion que conlleva las funciones establecidas en el cargo y la responsabilidad que se asume en la gestion municipal, en concordancia con el Articulo 3º de la Ordenanza Nº 100-96 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad con el inciso 3) del Articulo 36º y el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores aprobo la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL MORDAZA REFERIDA A LAS REMUNERACIONES DE LOS CARGOS DE CONFIANZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Articulo Unico.- Los reajustes de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, asignaciones especiales, refrigerios y movilidad del personal de confianza y/o directivos, seran fijados por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, teniendo en cuenta el nivel jerarquico de cada cargo, la exigencia de especializacion que conlleva a la responsabilidad que acarrea para el servidor publico que lo detente, siempre que se cuente con el correspondiente financiamiento, asi como la prevision presupuestal respectiva; para este efecto, el presupuesto de la municipalidad debera contener mencion expresa del monto anual asignado al pago de remuneraciones por cargo de confianza y/o directivos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 4516

Aprueban el Reglamento de Sanciones Administrativas
ORDENANZA Nº 012-99-MDCH Chorrillos, 31 de marzo de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en sesion ordinaria de Concejo; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades distritales son organos de gobierno local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispone el Art. 91º de la Constitucion Politica del Peru; Que, es necesario aprobar un MORDAZA reglamento que establezca las infracciones y sanciones de caracter administrativo a ser aplicadas en el distrito de Chorrillos, que permita tener un efectivo control de las normas municipales; En el ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el MORDAZA en mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- APRUEBASE, el Reglamento de Sanciones Administrativas que consta de cuatro (4) capitulos, treintinueve (39) articulos y cuatro (4) disposiciones transitorias y finales. Articulo 2º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas, Asesoria Juridica, Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, Division de Seguridad Ciudadana, Policia Municipal y Defensa Civil, el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 4517

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.