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Pág. 171831 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de abril de 1999 1998, siempre que la deuda tributaria se cancele hasta el 30 de abril de 1999. Artículo 2º.- CONDONESE las multas por las infrac- ciones tributarias de carácter formal, siempre que se subsa- nen hasta el 30 de abril de 1999. Artículo 3º.- Los beneficios a que se refiere la presente ordenanza incluyen obligaciones tributarias que se en- cuentren en procedimientos de Cobranza Coactiva; en cuyo caso deberá previamente cancelarse las costas procesales y gastos administrativos. Artículo 4º.- Autorizar al señor Alcalde, para que por Decreto de Alcaldía pueda ampliar la vigencia de la presen- te ordenanza hasta por 30 días, así como aprobar las medidas pertinentes para su mejor aplicación. Artículo 5º.- La presente ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas e Informática el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza, y a la Oficina de Relaciones Públicas su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4512 Aprueban el Reglamento de Sancio- nes Administrativas ORDENANZA Nº 012-99-MDCH Chorrillos, 31 de marzo de 1999 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en sesión ordinaria de Concejo; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, que gozan de autonomía económica y admi- nistrativa en asuntos de su competencia, conforme lo dispo- ne el Art. 91º de la Constitución Política del Perú; Que, es necesario aprobar un nuevo reglamento que establezca las infracciones y sanciones de carácter administrativo a ser aplicadas en el distrito de Chorrillos, que permita tener un efectivo control de las normas muni- cipales; En el ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con el voto en mayoría de los señores miembros del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- APRUEBASE, el Reglamento de Sancio- nes Administrativas que consta de cuatro (4) capítulos, treintinueve (39) artículos y cuatro (4) disposiciones tran- sitorias y finales. Artículo 2º.- La presente ordenanza entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas, Asesoría Jurídica, Dirección de Obras y Desarrollo Ur- bano, División de Seguridad Ciudadana, Policía Munici- pal y Defensa Civil, el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4517Aprueban ordenanza sobre remunera- ciones de los cargos de confianza de la Municipalidad Distrital de Chorrillos ORDENANZA Nº 13-99-MDCH Chorrillos, 31 de marzo de 1999 El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en sesión ordinaria de Concejo del día 31 de marzo de mil novecientos noventi- nueve. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política vigente, reconoce en su Artícu- lo 191º la autonomía política, económica y administrativa de las municipalidades en los asuntos de su competencia; Que, la autonomía política del Concejo se trasluce en la capacidad normativa dentro de su jurisdicción; la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante ordenanzas municipales, las que de acuerdo a lo establecido en el inciso 4) del Artículo 200º de la Constitución tienen el rango de ley; Que, de conformidad a la Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999 aprobada por la Ley Nº 27013 dispone en su Artículo 9º, que la aprobación y reajuste de remunera- ciones, bonificaciones, aguinaldos, refrigerio y movilidad de los Gobiernos Locales, se atienden con cargo a los recursos directamente recaudados de cada municipalidad y se fijan mediante el procedimiento de negociación bilateral estable- cido en el Decreto Supremo Nº 070-85-PCM; Que, dentro del concepto de una Administración Muni- cipal eficiente y con estricta sujeción a las normas de austeridad, es necesario adoptar las medidas que conduz- can alcanzar que la actividad del Gobierno Municipal se cumpla de manera óptima; Que, resulta conveniente establecer normas referidas a las remuneraciones de los funcionarios de la municipalidad, toda vez que el personal que desempeña cargos de confianza y/o directivos, no se encuentran comprendidos en los alcances del D.S. Nº 070-85-PCM y el D.S. Nº 003-82-PCM; Que, el personal que desempeña un cargo de confianza se le designa por: el nivel jerárquico del cargo, la exigencia de la especialización que conlleva las funciones estableci- das en el cargo y la responsabilidad que se asume en la gestión municipal, en concordancia con el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 100-96 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; De conformidad con el inciso 3) del Artículo 36º y el Artículo 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con el voto mayoritario de los señores Regidores aprobó la siguiente ordenanza: ORDENANZA MUNICIPAL NORMA REFERIDA A LAS REMUNERACIONES DE LOS CARGOS DE CONFIANZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Artículo Unico.- Los reajustes de remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, asignaciones especiales, refrige- rios y movilidad del personal de confianza y/o directivos, serán fijados por el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, teniendo en cuenta el nivel jerárquico de cada cargo, la exigencia de especialización que conlleva a la responsabilidad que acarrea para el servidor público que lo detente, siempre que se cuente con el correspondiente financiamiento, así como la previsión presupuestal respec- tiva; para este efecto, el presupuesto de la municipalidad deberá contener mención expresa del monto anual asignado al pago de remuneraciones por cargo de confianza y/o directivos. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 4516