Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 1999 (27/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 169253 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de enero de 1999 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Ordenanza para la Regla- mentación del Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 1996-2010-PUDSS ORDENANZA Nº 199 Lima, 21 de diciembre de 1998 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano en su Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 65º inciso 2), 70º inciso 1) y 134º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, corresponde a las Municipalidades Provincia- les a través de sus respectivos Concejos Municipales aprobar los Planes Urbanos, normatividad concordante con la contenida en el Decreto Supremo Nº 007-85-VC del Reglamento de Acondicio- namiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, que para tal efecto en la provincia de Lima se denomina "Plan de Desarrollo Metropolitano". Que, el Concejo Metropolitano de Lima, el 19 de diciembre de 1997 aprobó la Ordenanza Nº 134 Reglamentaria de Actualiza- ción y Reajuste del Plano de Zonificación General de Lima Metropolitana en cuya Primera y Segunda Disposiciones Tran- sitorias dispone que el Concejo Metropolitano de Lima aprobará mediante Ordenanza la propuesta de Actualización de la Zoni- ficación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana con proyección al año 2,010 (Mediano plazo); Que mediante Ordenanza Nº 185 el Concejo Metropolitano de Lima aprobó el Reajuste del Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo de Lima Metropolitana a mediano plazo (2010), correspondiente al distrito de Santiago de Surco; Que, a solicitud de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, el Instituto Metropolitano de Planificación ha elaborado los Estudios del presente Plan Urbano, los mismos que han sido difundidos y consultados a los vecinos e instituciones represen- tativas del distrito en mención, en cumplimiento de las disposi- ciones contenidas en los Artículos 5º, 29º, y 30º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, referidas a la participación ciudadana, conforme consta en los antecedentes remitidos por la citada Municipali- dad Distrital a la Comisión de Desarrollo Urbano de la Munici- palidad Metropolitana de Lima; Que, el Plan Urbano de la Municipalidad de Santiago de Surco se ha desarrollado dentro del marco del Plan de Desarrollo Metropolitano, constituyendo el principal instrumento técnico de Urbanismo y desarrollo local dentro de su jurisdicción, desa- rrollando las propuestas referidas a: a) Sistema Vial Distrital b) Zonificación de Usos del Suelo c) Ordenamiento Ambiental d) Administración del Planeamiento y Gestión Urbana e) Programación de inversiones Urbana De conformidad con lo establecido en los Artículos 36º, 134º inciso 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y los Artículos 24º, 25º y 30º del Decreto Supremo Nº 007-85-VC del Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Desarrollo Ur- bano y Medio Ambiente; Aprobó la siguiente: ORDENANZA PARA LA REGLAMENTACION DEL PLAN URBANO DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO 1996-2010 - PUDSS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Aprobar el "Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco" 1996-2010, el mismo que constituye el principal instrumento técnico normativo urbanístico que rige y orienta el desarrollo urbano del distrito.El Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco prevalece respecto a otras normas urbanísticas de esta jurisdicción distri- tal y solamente podrá modificarse a propuesta del Concejo Municipal Distrital de Santiago de Surco, mediante Ordenanza aprobada por el Concejo Metropolitano de Lima. Artículo 2º.- El Plan Urbano y de Vialidad de Santiago de Surco se desarrolla en el marco del Plan de Desarrollo Metropo- litano vigente, teniendo en cuenta las previsiones de dicho Plan para el Area Central Metropolitana de la que forma parte el distrito de Santiago de Surco. Artículo 3º.- El Plan Urbano y de Vialidad de Santiago de Surco contiene el desarrollo de las siguientes Propuestas que rigen y reglamentan el desarrollo urbano del distrito en los próximos catorce (14) años, y que contiene el Volumen B, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza: a) Sistema Vial Distrital b) Zonificación de Usos de Suelo c) Ordenamiento Ambiental d) Acondicionamiento del Planeamiento y Gestión Urbana; y, e) Programación de Inversiones Urbanas. Artículo 4º.- El Plan Urbano y de Vialidad de Santiago de Surco aprobado por la presente ordenanza, es de cumplimiento obligatorio por las autoridades y funcionarios municipales, los vecinos, los organismos y dependencia públicas y las personas naturales o jurídicas que desarrollen intervenciones, proyectos y/o realicen actividades en la jurisdicción distrital de Santiago de Surco. TITULO II DEL PLAN URBANO DISTRITAL DE SANTIAGO DE SURCO CAPITULO I DEFINICION, ALCANCES Y OBJETIVOS Artículo 5º.- El Plan Urbano y de Vialidad Distrital de Santiago de Surco 1996-2010, es el instrumento técnico-norma- tivo de mayor jerarquía que orienta la gestión, acciones, inter- venciones, los programas e inversiones públicas y/o privadas en el ámbito territorial de su jurisdicción. Artículo 6º.- Objetivos del Plan Urbano y de Vialidad Distrital de Santiago de Surco. El presente Plan Urbano esta- blece como objetivos globales el Ordenamiento Urbanístico, el Ordenamiento Vial y el Ordenamiento Ambiental del distrito, los mismos que tienen las siguientes finalidades a) En relación al Ordenamiento Urbanístico: El Ordenamiento Urbanístico tiene por finalidad orientar la organización físico-espacial de las actividades económicas y sociales en el distrito, y promover un equilibrado uso del suelo urbano y un racional acondicionamiento físico del espacio urba- no, de modo que contribuya al desarrollo urbano y a la eficiencia funcional y productiva de su territorio. b) En relación al Ordenamiento Vial: El Ordenamiento Vial tiene por finalidad estructurar una red de vinculaciones viales que optimice la articulación funcio- nal interna de las actividades sociales u económicas del distrito y, la vinculación urbana de Santiago de Surco con el contexto metropolitano, promoviendo un escenario de equilibrio con el menor grado posible de conflictos y fricciones espaciales, de manera de contribuir a la eficiencia funcional del distrito. c) En relación al Ordenamiento Ambiental : El Ordenamiento Ambiental tiene por finalidad procurar un desarrollo urbano sostenible y revertir la vulnerabilidad de zonas ambientalmente críticas del distrito de Santiago de Sur- co, de modo de mejorar las condiciones de su hábitat y de su entorno ecológico. En esta perspectiva, orienta la ejecución de las actividades económicas y sociales ecológicamente sostenibles, define las acciones y medidas correctivas para el manejo de las zonas vulnerables y ambientalmente críticas, evita la pérdida de los ecosistemas y recursos naturales y establece el ordenamiento ambiental como base para lograr el desarrollo sostenido en términos de conservación, crecimiento económico y equidad. CAPITULO II IMAGEN OBJETIVO DEL DESARROLLO URBANO DE SANTIAGO DE SURCO Artículo 7º.- El Plan Urbano y de Vialidad de Santiago de Surco en el marco de un proceso permanente de planificación