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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ENERO DEL AÑO 1999 (27/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 169252 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Superintendencia Nº 534-97-SUNASS del 15.11.1997, se reconoció provisionalmente como entidad prestadora de servicios de saneamiento a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay EMUSAP ABAN- CAY S.A cuyo ámbito de responsabilidad comprende las provin- cias de Abancay, Aymaraes y Grau; Que, el Artículo 2º de la mencionada Resolución establece que su vigencia es de un (1) año, período durante el cual EMUSAP ABANCAY S.A. deberá acreditar haber cumplido con su plan de implementación; Que, en el Memorándum Nº 239-98/SUNASS/IPD, de fecha 22 de diciembre de 1998, se señala que EMUSAP ABANCAY S.A. no ha cumplido hasta el momento con el Plan de Implementa- ción, cuyo contenido se encuentra establecido en el acápite B.2.f. de la Resolución de Superintendencia Nº 046-95- PRES-VMI- SSS, Directiva sobre Reconocimiento de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento; Que, el acápite c.8 de la Resolución de Superintendencia Nº 046-95-PRES-VMI-SSS, Directiva sobre Reconocimiento de En- tidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, establece que si vencido el plazo de implementación, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento no ha cumplido con ésta, la Superintendencia evaluará las causales de incumplimiento, y podrá disponer la ampliación del plazo por un (1) año adicional, en resguardo de los intereses de los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284, Decreto Supremo Nº 024-94-PRES, Ley Nº 26338 y Resolución de Superintendencia Nº 046-95-PRES-VMI-SSS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Amplíase en vía de regularización, el plazo contemplado en el Artículo 2º de la Resolución de Superinten- dencia Nº 534-97-SUNASS, por el período de un (1) año calenda- rio adicional en favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Abancay EMUSAP ABANCAY S.A., a fin que cumpla con los requisitos establecidos para su reconocimiento definitivo. Dicho plazo vencerá indefectiblemente el 16 de noviembre de 1999. Artículo 2º.- La Intendencia de Promoción y Desarrollo de SUNASS, es la encargada de llevar un control sobre el estricto cumplimiento de lo señalado en el Artículo 1º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente 1187 CONSUCODE Aprueban normas sobre publicación de avisos de contrataciones y adquisi- ciones del Estado en sección especial del Boletín del Diario Oficial El Peruano CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 019-99-CONSUCODE(PRE) San Isidro, 21 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 003-98-CONSUCODE/P del 1.12.98 se aprobó la Directiva Nº 001-98-CONSUCODE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 7.12.98, conteniendo normas aplica- bles a la "Publicación de Avisos" referidos a procesos de selección de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras del Estado; Que, realizadas las coordinaciones correspondientes entre el CONSUCODE y Editora Perú y con la finalidad de implementar una "Sección Especial" en el "Boletín Oficial" del Diario Oficial El Peruano que será dedicada, exclusivamente, a la publicación de avisos sobre procesos de selección de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, se ha determinado establecer normas que sirvan para ordenar su publicación; En cumplimiento de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- La sección especial correspondiente a avisos de procesos de selección estará inserta en el Boletín Oficial del Diario Oficial El Peruano dentro del Item "E" del rubro Avisos de curso legal. Las entidades que soliciten la publicación de avisos a los que se refiere la Directiva Nº 001-98-CONSUCODE deben expresar que éstos sean publicados en dicha sección. Artículo 2º.- Todo aviso del Item "E" - "Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley Nº 26850" será pauteado sólo en pares de columnas y deberá presentar las siguientes alternati- vas de medidas: a) 8 cm. x 4 col. e) 8 cm. x 8 col. b) 16 cm. x 4 col. f) 16 cm. x 8 col. c) 24 cm. x 4 col. g) 24 cm. x 8 col. d) 32 cm. x 4 col. Artículo 3º.- La Dirección del Diario Oficial El Peruano, determinará la distribución y diagramación de los avisos que reciba diariamente y podrá suspender la publicación de aquellos ilegibles o defectuosos. Artículo 4º.- Los avisos se recibirán de lunes a viernes hasta las 17.00 horas y se publicarán 48 horas después. Artículo 5º.- Son requisitos para solicitar una publicación en el referido Item "E": a) Ser entidad del Estado sujeta a los alcances de la Ley Nº 26850. b) Solicitud de publicación del aviso suscrita por persona autorizada de la entidad. c) Pago respectivo. Disposición Transitoria Quedan exceptuados de lo dispuesto en el Artículo Segundo, los avisos de contrataciones y adquisiciones del Estado que a la fecha de la publicación de la presente resolución se encuentren ya ingresados y en proceso de preparación a interior del Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL A. PIN TORRES Presidente Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado 1250 RPM Relación de concesiones mineras cu- yos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre de 1998 RESOLUCION JEFATURAL Nº 0032-99-RPM Lima, 22 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Registro Público de Minería publicará mensualmente en el Diario Oficial El Peruano -por una sola vez- la relación de concesiones cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Directora General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Artículo 124º del Texto Unico Ordena- do de la Ley General de Minería, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Publíquese, en el Diario Oficial El Peruano la relación de Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y comuníquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional Registro Público de Minería 1229