Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 1999 (29/10/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 29 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES
VISTO:

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JNE
Declaran que regidores de los Concejos Distritales de Morrope y San MORDAZA continuan en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 1669-99-JNE MORDAZA, 28 de octubre de 1999 Visto, el Oficio Nº 411-99-MDM/A, recibido el 14 de octubre de 1999, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Morrope, provincia y departamento de MORDAZA, quien comunica que el citado Concejo ha declarado la vacancia del cargo de regidor que desempena MORDAZA Farronan MORDAZA, por estar incurso en las causales de vacancia establecidas en el Articulo 26º numerales 2) y 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, a fin que se nombre al reemplazante con arreglo a ley; CONSIDERANDO: Que, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, por las causales previstas en los Articulos 23º, 26º, 38º modificado por la Ley Nº 26483, 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y demas pertinentes; Que, el Concejo recurrente no ha adjuntado a su comunicacion el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que el regidor MORDAZA Farronan MORDAZA MORDAZA incurrido en la causal de vacancia de que se le hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26491; no habiendo remitido a este organo electoral: a) las constancias de notificacion a MORDAZA Farronan MORDAZA con la firma de recepcion o del uso de cualquier otro medio eficaz que permite el Codigo Procesal Civil; tales como, la notificacion por intermedio del juez o notario, publicacion de edictos o mensajes por radio o television; que acredite en forma fehaciente que el citado regidor tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de concejo, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesion cuando menos dos dias habiles, de conformidad con lo dispuesto por los Articulos 39º y 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; o MORDAZA expedida por autoridad competente que acredite que el ciudadano en mencion se encuentre ausente fuera de la circunscripcion del Concejo Distrital de Morrope; y, b) la certificacion del Concejo en la cual conste que el acuerdo que declaro la vacancia del regidor MORDAZA Farronan MORDAZA ha quedado consentido o ejecutoriado; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Morrope, provincia y departamento de MORDAZA, respecto al nombramiento del reemplazante por vacancia del cargo de regidor de MORDAZA Farronan MORDAZA, por no haberse cumplido con remitir la documentacion completa requerida para el caso. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA Farronan MORDAZA continua desempenando el cargo de regidor en el Concejo Distrital de Morrope, provincia y departamento de MORDAZA, conforme a ley. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias suficientes para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 13680 RESOLUCION Nº 1670-99-JNE MORDAZA, 28 de octubre de 1999

El Oficio Nº 75-99-AMD-SJ-A-RLW, recibido el 30 de setiembre de 1999, remitido por el senor Maguin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de San MORDAZA, provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA, que comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el concejo referido, bajo acusacion de estar incurso dicho regidor en las causales de vacancia por cambio de domicilio y por inconcurrencia a sesiones de concejo; y, solicita se convoque al candidato correspondiente a fin que ocupe el cargo vacante de regidor; CONSIDERANDO: Que, del informe de los resultados de las elecciones municipales del 11 de octubre de 1998, remitido por el MORDAZA Electoral Especial de Lucanas, aparece que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue elegido regidor del concejo distrital de San MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002; Que, se aprecia del acta de la sesion extraordinaria de fecha 10 de agosto de 1999, corriente a fojas 8 y vuelta, que el concejo distrital de San MORDAZA, con la mayoria del numero legal de miembros, aprobo la declaratoria de vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por motivo del cambio de domicilio en forma permanente al departamento de MORDAZA para cumplir dicho regidor un tratamiento medico; y, posteriormente se expide la Resolucion de Alcaldia Nº 06-99-AMD, de fecha 18 de agosto de 1999, a fojas 2, que declara la vacancia del cargo de regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA por cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad y por inconcurrencia a sesiones de concejo; Que, respecto de la causal por cambio de domicilio, prevista por el Articulo 26º, inciso 4), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, debe remitirse certificado domiciliario expedido por autoridad competente, que acredite el traslado de la residencia habitual del regidor vacado a otro lugar fuera de la jurisdiccion de la municipalidad de San Juan; Que, respecto de la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista por el Articulo 26º, inciso 5), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se aprecia de las citaciones a las sesiones de concejo de fechas 5, 12, 20 y 30 de MORDAZA de 1999, corrientes de fojas 4 a 7, que no se ha cumplido con el requisito legal que entre la convocatoria y la sesion mediaran cuando menos dos dias habiles, conforme con lo establecido por el Articulo 39º de la ley citada; y, debe acreditarse la inconcurrencia a sesiones de concejo de parte del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo remitirse copias certificadas del acta de cada una de las sesiones a las que no habria asistido dicho regidor vacado; Que, en observancia del debido MORDAZA y cumpliendo con lo establecido por el Articulo 27º, MORDAZA parrafo, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 113º de la misma ley; debe remitirse MORDAZA de la notificacion efectuada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, utilizando cualquier medio permitido por el Codigo Procesal Civil, que acredite fehacientemente que ha tomado conocimiento del acuerdo de concejo que declaro la vacancia de su cargo de regidor, a fin de no vulnerar el derecho de defensa y contradiccion que le asiste; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud presentada por el senor Maguin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de San MORDAZA, provincia de Lucanas, departamento de MORDAZA, de convocatoria del candidato correspondiente para que asuma el cargo de regidor, en reemplazo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del concejo citado al no haberse remitido la documentacion completa. Articulo Segundo.- Declarar que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua en el ejercicio del cargo de regidor del concejo distrital de San MORDAZA, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 13681

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