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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (29/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 179777 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de octubre de 1999 certificado que aporte, antecedentes médicos adi- cionales, este representante autorizado puede, dentro de 60 días a contar de la fecha de recepción de la información requerida, reconsiderar dicha medida. (d) Se delega en el HCFAP y sus representantes en la Dirección General de Transporte Aéreo, la autoridad del Director General de Transporte Aéreo para re- examinar a cualquier persona aeronáutica en la medida que sea necesaria para determinar si cumple con los requisitos para continuar siendo titular de un certificado médico. 67.509 Denegación del certificado médico (a) Cuando el examinador médico niega un certificado médico, la persona afectada puede, dentro de los siguientes 30 días, solicitar por escrito a la Dirección General de Transporte Aéreo reconsiderar esta me- dida. Si dicha persona no solicita la reconsideración durante el período de 30 días posteriores a la fecha en que fue denegado el certificado, se considerará que dicha persona ha retirado su solicitud para una certificación médica. (b) La denegación de un certificado médico por: (1) Un médico examinador especialista en medi- cina de aviación, no es un denegación del Director General de Transporte Aéreo. (2) El HCFAP, es considerada una denegación por parte del Director General de Transporte Aéreo. (c) Cualquier acción tomada en virtud de §67.407(c) que revierte parcial o totalmente el otorgamiento de un certificado médico por parte de un examinador médi- co, equivale a la denegación de un certificado médico de acuerdo a lo estipulado en el párrafo (b) de esta sección. (d) Si un certificado médico fuera rechazado parcial o totalmente por el HCFAP, el titular de dicho certifi- cado debe devolverlo a la Dirección General de Trans- porte Aéreo. 67.511 Certificados médicos otorgados por examina- dores médicos de las Fuerzas Armadas (Reservado) 67.513 Expedientes clínicos (a) Cada vez que el Director General de Transporte Aéreo encuentre necesario disponer de mayor in- formación o historial clínica para poder determi- nar si el postulante o titular de un certificado médico cumple con las normas requeridas, el Di- rector General solicitará a esa persona que propor- cione dicha información, o que autorice a una clíni- ca, hospital, doctor u otra persona que suministre toda la información disponible respecto de ese historial. Si el postulante o titular deja de propor- cionar la información o historial solicitada o no autoriza la entrega de información solicitada, el Director General puede suspender, modificar, o revocar todos los certificados en poder del titular o puede, en el caso de un postulante, rechazar la solicitud para certificación médica. (b) Si, de acuerdo al párrafo (a) se suspende o modi- fica un certificado médico aeronáutico, esa sus- pensión o modificación permanece vigente hasta que se proporcione a la Dirección General de Transporte Aéreo la información o historial soli- citada y hasta que el HCFAP determina si dicha persona cumple con las normas médicas requeri- das en esta parte. 67.515 Devolución del certificado médico a raíz de una suspensión o revocación El titular de cualquier certificado emitido de acuerdo a esta parte que haya sido suspendido o revocado deberá, al ser solicitado por del Director General, devolverlo a la Dirección General de Transporte Aéreo. 13546COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje de Presidente de la Corte Suprema de Justicia para inte- grar comitiva que acompaña al Jefe de Estado en su visita a la República del Ecuador RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1011-CME-PJ Lima, 26 de octubre de 1999 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL CONSIDERANDO: Que el señor Presidente Constitucional de la República, se encuentra en la República del Ecuador hasta el 28 de octubre del presente año, en Visita de Estado; Que el señor doctor Víctor Raúl Castillo Castillo, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, forma parte de la Comitiva Presi- dencial en la referida Visita; En uso de las facultades conferidas por las Leyes Nºs. 26546, sus modificatorias y ampliatorias, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, en Sesión de la fecha; RESUELVE: Primero.- Autorizar al señor doctor Víctor Raúl Castillo Castillo, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, para que viaje a la República del Ecuador, a partir de la fecha hasta el 28 de octubre del presente año, como integrante de la Comi- tiva que acompaña al señor Presidente Constitucional de la República. Segundo.- Los gastos por concepto de viáticos serán cubier- tos por la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 13673 Sancionan con destitución a Secreta- rio del Duodécimo Juzgado Especiali- zado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima QUEJA DISTRITAL Nº 707-99 Lima, quince de octubre de mil novecientos noventinueve. VISTO: el expediente que contiene la Queja Distrital núme- ro setecientos siete guión noventinueve, seguida contra Miguel León Ugaz, por su actuación como Secretario del Duodécimo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima; de conformidad con la propuesta de destitución de Jefatura de Control de la Magis- tratura del Poder Judicial, de fojas ciento diecinueve, su fecha primero de octubre del presente año; y, CONSIDERANDO: que de lo actuado en el presente proceso se encuentra acreditado el grave cargo atribuido al secretario quejado, quien ha atenta- do contra la respetabilidad del Poder Judicial, resultando de aplicación lo previsto en el Artículo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; que este Organo de Gobierno y Gestión haciendo uso de las facultades conferidas por las Leyes números veintiséis mil quinientos cuarentiséis, sus modificatorias y ampliatorias, en concordan- cia con el inciso décimo del Artículo ochentidós de la citada Ley Orgánica; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de destitución a Miguel León Ugaz, por su actuación como Secre-