NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/09/1999)
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Pág. 178242 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de setiembre de 1999 oficinas de los organismos internacionales se re- quiere: a)Nota Protocolar de la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exte- riores. b)Copia de la Guía Aérea, Conocimiento de Em- barque, Carta Porte o Aviso Postal visado por la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Mi- nisterio de Relaciones Exteriores. c)Copia de la Factura Comercial o documento que acredite su adquisición otorgada por los Orga- nismos correspondientes y visados por la Direc- ción de Privilegios e Inmunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores 2.Para el ingreso del exterior del Menaje de Casa cuyo valor FOB no exceda los U.S.$ 20,000.00 dólares americanos, efectos perso- nales, así como un Vehículo usado, para los miembros del servicio diplomático peruano, civiles o militares que regresen al país luego de haber cumplido servicio con rango diplo- mático en misiones diplomáticas o consulares, representaciones permanentes u organizacio- nes internacionales, por un mínimo de dos (2) años, con el beneficio de liberación de tribu- tos a la Importación , se requiere: a)Oficio de la Dirección de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. b)Informe Legal de la Dirección de Asuntos Lega- les del Ministerio de Relaciones Exteriores. c)Informe de la Sub – Dirección de Registros y Be- neficios del Ministerio de Relaciones Exteriores. d)Lista de Menaje de Casa y Efectos Personales, valorado y firmado por el interesado, y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. e)Declaración Jurada respecto del vehículo, consi- derando para ello que sea usado, que por lo me- nos tenga un (1) año de antigüedad, y que tenga un cilindraje de hasta 2000 cc. f)Copia de la factura comercial o Contrato de Com- pra - Venta del vehículo a importarse o documento que acredite su adquisición otorgada por los Or- ganismos correspondientes y visados por la Di- rección de Privilegios e Inmunidades del Minis- terio de Relaciones Exteriores. g)Declaración jurada de valor del menaje de casa, considerando para ello que su valor no exceda de veinte mil (US$ 20 000,00) dólares americanos. 3.Para el ingreso del exterior del Menaje de Casa, efectos personales, asi como un Vehículo, para los funcionarios peruanos del Banco Interameri- cano de Desarrollo que retornan al país, con el beneficio de liberación de tributos a la Importa- ción se requiere: a)Oficio de la Dirección de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. b)Informe Legal de la Dirección de Asuntos Lega- les del Ministerio de Relaciones Exteriores. c)Certificado del Banco Interamericano de Desa- rrollo visado por el Ministerio de Relaciones Ex- teriores, respecto al tiempo y funciones desem- peñadas en el extranjero por el funcionario soli- citante. d)Lista de Menaje de Casa y Efectos Personales, cuyo listado debe estar valorado y firmado por el interesado y visado por el Ministerio de Relacio- nes Exteriores. e)Copia de la factura comercial o Contrato de Compra – Venta del Vehículo a Importarse o documento que acredite su adquisición otor- gada por los Organismos correspondientes y visados por la Dirección de Privilegios e In- munidades del Ministerio de Relaciones Ex- teriores. 4.Para el ingreso del exterior del Menaje de Casa,Efectos Personales y Vehículo para los funciona- rios peruanos del Pacífico Sur que retornan al país, con el beneficio de liberación de tributos a la Importación, con la presentación de: a)Oficio de la Dirección de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores b)Informe Legal de la Dirección de Asuntos Lega- les del Ministerio de Relaciones Exteriores. c)Certificación de la Comisión Permanente del Pacífico Sur visado por el Ministerio de Relacio- nes Exteriores respecto al tiempo y funciones desempeñadas en el extranjero por el funciona- rio solicitante. d)Lista del Menaje de Casa y Efectos Personales, valorado y firmado por el interesado y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. e)Copia de la Factura Comercial o Contrato de Compra – Venta del Vehículo a Importarse o do- cumento que acredite su adquisición otorgada por los Organismos correspondientes y visados por la Dirección de Privilegios e Inmunidades del Mi- nisterio de Relaciones Exteriores. 5.Para el ingreso del exterior del Menaje de Casa y Efectos Personales, para los funcionarios pe- ruanos de la organización de las Naciones Uni- das que retornan al país, con el beneficio de libe- ración de tributos a la Importación, se requiere: a)Oficio de la Dirección de Personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. b)Informe de la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones exteriores. c)Certificación de la Organización de las Naciones Unidas visado por el Ministerio de Relaciones Ex- teriores respecto al tiempo y funciones desem- peñadas en el extranjero por el funcionario soli- citante. d)Lista de Menaje de Casa y Efectos Personales, valorado y firmado por el interesado y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. VII. DESCRIPCION A. Sede Central De la presentación 1.El interesado presenta ante la División de Ad- ministración Documentaria de la Superintenden- cia Nacional de Aduanas, la documentación co- rrespondiente solicitando la liberación de su ve- hículo y/o menaje de casa y efectos personales de conformidad a las normas legales vigentes en la fecha de su presentación . 2.El personal responsable de la División de Admi- nistración Documentaría, recepciona dicha do- cumentación generando el número de expedien- te de Trámite Documentario y lo remite a la Di- visión de Control de Operadores y Liberaciones de la Intendencia Nacional de Técnica Aduane- ra. Intendencia Nacional de Técnica Aduanera 3.Recepcionado el expediente y su documentación, el Jefe de División, designa al Especialista en Aduanas para su análisis y evaluación, proce- diendo de la siguiente forma: a)De observarse alguna omisión, error o falta de algún documento, se procede a notificar al usuario a través del área respectiva, para la subsanación del mismo. En caso de no subsanarse el requerimiento en el plazo de sesenta (60) días se declara el abandono del Expediente. b)De ser conforme y proceder la liberación, en el caso de trámites sujetos a Notas Protocolares, se emite inmediatamente el proyecto de Resolución de Intendencia Nacional. c)En los casos de Diplomáticos Peruanos y Misio-