Norma Legal Oficial del día 19 de septiembre del año 1999 (19/09/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

MORDAZA, MORDAZA 19 de setiembre de 1999

NORMAS LEGALES

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nes u Organismos Internacionales se procede a formular el informe y el proyecto de Resolucion de Intendencia Nacional: aceptando o denegando lo solicitado. 4. El Proyecto de Resolucion de Intendencia Nacional es visado por el Jefe de Division de Control de Operadores y Liberaciones, y el Gerente de Procedimientos Aduaneros, elevandose para la firma del Intendente Nacional de Tecnica Aduanera. La secretaria de Tecnica Aduanera recepciona la Resolucion de Intendencia Nacional firmada, asi como el expediente y todo lo actuado procediendo a su numeracion y archivo de la original; remitiendo las tres (3) copias restantes con sus actuados a la Division de Control de Operadores y Liberaciones, quien procedera a la distribucion correspondiente .

area de Importaciones para su tramite correspondiente. Area de Importacion 8. El responsable asignado recepciona el expediente con todo lo actuado y lo custodia, hasta el requerimiento del interesado., de no producirse este en el plazo de ocho (08) dias lo deriva al area de administracion para su archivo provisional por el plazo de la vigencia de la indicada resolucion liberatoria.

5.

Usuario 9. El Interesado solicitara el despacho de las mercancias que amparan la correspondiente Resolucion Liberatoria, cinendose a los Procedimientos establecidos en el INTA-PG-01 o INTA-PE-01.01, presentando ante la Ventanilla en la Division de Importaciones la MORDAZA de la Resolucion de Intendencia Nacional.

Division Control de Operadores y Liberaciones 6. El personal responsable de la Division recibe las tres (03) copias de la Resolucion con todos sus actuados, procediendo a : Notifica a la parte interesada la primera MORDAZA de la Resolucion Todo lo actuado debidamente foliado con la MORDAZA MORDAZA de la Resolucion lo remite a la Aduana Operativa correspondiente, en sobre manila para su ejecucion. Se concluye el expediente en la Sede Central registrandolo en el SIGAD y archivando la tercera MORDAZA de la Resolucion en la Division de Control de Operadores y Liberaciones con MORDAZA de todo lo actuado de acuerdo al orden de expedientes

VIII. FLUJOGRAMA Ver Pagina Nº 178243 IX. INFRACCIONES Y SANCIONES Y DELITOS 1. Se aplicaran las sanciones por las infracciones cometidas previstas en la Ley General de Aduanas Decreto Legislativo 809 y su correspondiente Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Supremo Nº 122-96-EF. Ley de los Delitos Aduaneros ­ Ley Nº 26461 del 08.06.95.

a) b)

c)

2. X.

B.

ADUANA OPERATIVA 7. El responsable en el area de Administracion de la Intendencia de Aduana correspondiente recepciona en sobre manila cerrado el expediente con todo lo actuado y una MORDAZA de la Resolucion, registrando en el SIGAD y remitiendo al

REGISTROS Resoluciones de Intendencia Nacional de Liberacion de derechos.

XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS No aplica ANEXOS No aplica

PROCEDIMIENTO PARA RESOLUCIONES LIBERATORIAS
USUARIO
DIVISION TRAMITE DOCUMENTARIO DIVISION DE CONTROL DE OPERADORES Y LIBERACIONES GERENCIA DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS
INTENDENCIA NACIONAL DE TECNICA ADUANERA

INICIO
RECEPCION EXPEDIENTES RECEPCION EXPEDIENTES VISA PROYECTO DE RIN APRUEBA FIRMA RIN

SOLICITUD Y DOCUMENTOS

NOTAS PROTOCOLARES, EMBAJADAS Y ORG. INTERNAC., AG.MILITARES Y DIPLOMATICOS

GENERA NUMERO DE EXPEDIENTE SIGAD

DESCARGO EXPEDIENTE SIGAD

NUMERA RIN

1
JEFE DE LA DIVISION REVISA, DISTRIBUYE EXPEDIENTE

TOMA CONOCIMIENTO DERIVA A DIV. CONTROL DE OPERADORES Y LIBERACIONES

NOTIFICA

Si

1

RESPONDE

No

ABANDONO

2

No

Si

2

-RIN NOTA PROT. -INF + RIN VISA

REMITA AL INTERESADO

FI N

DERIVA A LAS ADUANAS OPERATIVAS

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