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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (19/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 143

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Pág. 178243 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de setiembre de 1999 nes u Organismos Internacionales se procede a formular el informe y el proyecto de Resolución de Intendencia Nacional: aceptando o denegan- do lo solicitado. 4.El Proyecto de Resolución de Intendencia Na- cional es visado por el Jefe de División de Con- trol de Operadores y Liberaciones, y el Gerente de Procedimientos Aduaneros, elevándose para la firma del Intendente Nacional de Técnica Aduanera. 5.La secretaria de Técnica Aduanera recepciona la Resolución de Intendencia Na- cional firmada, así como el expediente y todo lo actuado procediendo a su numeración y archivo de la original; remitiendo las tres (3) copias restantes con sus actuados a la Divi- sión de Control de Operadores y Liberacio- nes, quien procederá a la distribución corres- pondiente . División Control de Operadores y Liberacio- nes 6.El personal responsable de la División recibe las tres (03) copias de la Resolución con todos sus actuados, procediendo a : a)Notifica a la parte interesada la primera copia de la Resolución b)Todo lo actuado debidamente foliado con la se- gunda copia de la Resolución lo remite a la Adua- na Operativa correspondiente, en sobre manila para su ejecución. c)Se concluye el expediente en la Sede Central registrándolo en el SIGAD y archivando la tercera copia de la Resolución en la División de Control de Operadores y Liberaciones con copia de todo lo actuado de acuerdo al orden de expedientes B. ADUANA OPERATIVA 7.El responsable en el área de Administración de la Intendencia de Aduana correspondiente recepciona en sobre manila cerrado el expedien- te con todo lo actuado y una copia de la Resolu- ción, registrando en el SIGAD y remitiendo alárea de Importaciones para su trámite corres- pondiente. Area de Importación 8.El responsable asignado recepciona el expedien- te con todo lo actuado y lo custodia, hasta el re- querimiento del interesado., de no producirse éste en el plazo de ocho (08) días lo deriva al área de administración para su archivo provisional por el plazo de la vigencia de la indicada resolución liberatoria. Usuario 9.El Interesado solicitará el despacho de las mercancías que amparan la correspondiente Resolución Liberatoria, ciñéndose a los Pro- cedimientos establecidos en el INTA-PG-01 ó INTA-PE-01.01, presentando ante la Ven- tanilla en la División de Importaciones la copia de la Resolución de Intendencia Nacio- nal. VIII. FLUJOGRAMA Ver Página Nº 178243 IX. INFRACCIONES Y SANCIONES Y DELITOS 1.Se aplicarán las sanciones por las infracciones cometidas previstas en la Ley General de Adua- nas Decreto Legislativo 809 y su correspondien- te Tabla de Sanciones aprobada por Decreto Su- premo Nº 122-96-EF. 2.Ley de los Delitos Aduaneros – Ley Nº 26461 del 08.06.95. X. REGISTROS Resoluciones de Intendencia Nacional de Liberación de derechos. XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS No aplica ANEXOS No aplica PROCEDIMIENTO PARA RESOLUCIONES LIBERATORIAS USUARIOINTENDENCIA NACIONAL DE TECNICA ADUANERA INICIODIVISION TRAMITE DOCUMENTARIODIVISION DE CONTROL DE OPERADORES Y LIBERACIONESGERENCIA DE PROCEDIMIENTOS ADUANEROS NOTAS PROTOCOLARES, EMBAJADAS Y ORG. INTERNAC., AG.MILITARES Y DIPLOMATICOSSOLICITUD Y DOCUMENTOS 1 TOMA CONOCIMIENTO RESPONDE ABANDONO No Si2RECEPCION EXPEDIENTES GENERA NUMERO DE EXPEDIENTE SIGADRECEPCION EXPEDIENTES DESCARGO EXPEDIENTE SIGAD JEFE DE LA DIVISION REVISA, DISTRIBUYE EXPEDIENTE NOTIFICA -RIN NOTA PROT. -INF + RIN VISA DERIVA A LAS ADUANAS OPERATIVASSi 1 No2VISA PROYECTO DE RINAPRUEBA FIRMA RIN NUMERA RIN DERIVA A DIV. CONTROL DE OPERADORES Y LIBERACIONES REMITA AL INTERESADO FI N