Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)
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TEXTO DE LA PÁGINA 40
Nº DE ORDEN REQUISITOS APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO
DERECHO DE PAGO
CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE
AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS
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y Seguros o la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del cargo de directores o gerentes de una empresa sujeta a su control y supervision, o sancionadas por falta muy grave por dichas entidades; y, e. No ser administrador, gerente, director o socio de otra Administradora. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.
Nota: Dentro de los 5 dias de presentada la solicitud, se debera publicar un aviso en el Diario Oficial y en otro diario de mayor circulacion nacional, comunicando la MORDAZA de la mencionada solicitud, de acuerdo a lo previsto el articulo 6 del Reglamento.
CONASEV podra, por una sola vez, formular observaciones referidas al suministro de mayor informacion o a la adecuacion de la solicitud presentada por los organizadores. En este caso, asi como en el que hubieran presentado objeciones fundamentales, de acuerdo a lo establecido en el articulo 6 de Reglamento, el mencionado plazo se extendera en tantos dias como demoren los organizadores en absolver, a satisfaccion de CONASEV, los requerimientos que esta comunique por escrito.
Base Legal: Articulos del 4 al 7 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10 publicada el 11/12/97.
NORMAS LEGALES
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AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS
Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos de CONASEV, suscrita por un representante autorizado de la Administradora, para lo cual debera presentar la siguiente informacion y documentacion : 1. Escritura publica de constitucion social, la que debera guardar correspondencia con la informacion proporcionada en la solicitud de autorizacion de organizacion, cuando corresponda. 2. Nomina de los administradores, gerentes y/o miembros de directorio de la Administradora, segun corresponda. 3. Acreditar experiencia y conocimiento en materias economicas, financieras y/o contables, para lo cual se remitira los Curriculum Vitae de las personas mencionadas en el numeral precedente. 4. Declaracion Jurada de los administradores, gerentes y/o directores, segun corresponda, de no estar comprendidos dentro de los supuestos contemplados en el articulo 5° inciso b) del Reglamento. 5. Acreditar tener debidamente abierto los libros y registros exigidos por las normas legales vigentes, y 6. Informe favorable de una sociedad auditora independiente inscrita en el Registro Unico de Sociedades de Auditoria - RUNSA, respecto de: a. La estructura organizativa de la Administradora, relacionada con el personal tecnico y administrativo. b. Los manuales de procedimientos y mecanismos de control interno aplicables a los Fondos Colectivos y a la Administradora, y c. La infraestructura administrativa y tecnica de la Administradora. 7. Comprobante de pago de los derechos respectivos.
1 UIT
X 10 dias utiles
Tramite Documentario de CONASEV
En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.
Nota: CONASEV podra, por una sola vez, formular observaciones referidas al suministro de mayor informacion o a la adecuacion de la solicitud presentada por la Administradora. En este caso, el plazo se extendera tantos dias como demore la Administradora en absolver, a satisfaccion de CONASEV, los requerimientos que esta le comunique por escrito.
Base Legal: Articulos del 9° al 11º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97-EF/94.10 publicada el 11/12/97. 1 UIT X Tramite Documentario de CONASEV En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de
MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000
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CANCELACION DE LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO COMO CONSECUENCIA DEL ACUERDO DEL CAMBIO DEL OBJETO SOCIAL O DI-
1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA simple de la respectiva acta del acuerdo adoptado. 3. La documentacion que acredite la transferencia o liquidacion del fondo administrado.