Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

Nº DE ORDEN REQUISITOS APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

SOLUCION DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS

4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulo 66 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97EF/94.10 publicada el 11/12/97.

EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLECTIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO: 1. Solicitud dirigida al Presidente de la Comision de EAFC Funerarias. 2. MORDAZA simple de la Junta General de Accionistas que acredite la decision adoptada 3. En el plazo que CONASEV determine debera: a. Evidenciar la liquidacion de los grupos que administra y en el caso de que estos grupos no hayan finalizado debera presentar el programa de devolucion de fondos a los asociados. b. Si fuera el caso el plan de recuperacion de fondos y su cobertura financiera, previo pronunciamiento de CONASEV sobre la situacion de los fondos de los sistemas que administra.

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via administrativa.

Base Legal: Articulo 25 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicado con fecha 24/10/93 0,50 UIT X 10 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

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NORMAS LEGALES

AUTORIZACION DE MODIFICACION DE ESTATUTO DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS POR : 1. FUSION 2. ESCISION, O 3. AMPLIACION DEL OBJETO SOCIAL

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA simple del acuerdo adoptado. 3. MORDAZA simple del MORDAZA estatuto. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Nota : CONASEV podra, por una sola vez, formular observaciones referidas al suministro de mayor informacion o a la adecuacion de la solicitud presentada por la Administradora. En este caso, el plazo se extendera en tantos dias como se demore la Administradora en absolver, a satisfaccion de CONASEV, los requerimientos que esta comunique por escrito.

Base Legal: Articulo 20 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97EF/94.10 publicada el 11/12/97. 0,50 UIT X Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Intermediarios y Fondos

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AUTORIZACION DE MODIFICACION DE ESTATUTO DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS POR CAUSA DIFERENTE DE FUSION, ESCISION O AMPLIACION DEL OBJETO SOCIAL.

1. Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos. 2. MORDAZA simple del acuerdo adoptado. 3. MORDAZA simple del MORDAZA estatuto. 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulo 20 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 730-97EF/94.10 publicada el 11/12/97. Presidente de la Comision EAFC Funerarias: En los casos de EAFC que prestan servicios funerarios.

EN EL CASO DE LAS EMPRESAS ADMINISTRADORAS DE FONDOS COLECTIVOS (EAFC) QUE PRESTAN SERVICIO DE SEPELIO: 1. Solicitud dirigida al Presidente de la Comision EAFC Funerarias 2. MORDAZA simple del Acuerdo de Junta General de Accionistas que acredite la modificacion de estatutos. 3. Proyecto del MORDAZA estatuto

Base Legal: Articulo 23 del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos (aplicable a servicios funerarios), aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 264-93-EF/94.10 publicada con fecha 24/10/93. 1 UIT X 10 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Intermediarios y Fondos Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apela-

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AUTORIZACION DE PROGRAMAS DE LA EMPRESA ADMINISTRADORA DE FONDOS COLECTIVOS

Solicitud dirigida al Gerente de Intermediarios y Fondos, debiendo informar bajo que Sistema operara el mismo y acompanar la siguiente documentacion: 1. Caracteristicas del programa: a. Denominacion del Programa

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