Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2000 (22/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de marzo de 2000

cion fisica y mental que le permita retornar a su actividad habitual. h. Emergencia: Toda alteracion o compromiso del estado de salud de una persona, que se presente subitamente y ponga en peligro la MORDAZA o el funcionamiento de organos y sistemas vitales. i. Historia Clinica: Documento medico legal, obligatorio y confidencial, en el cual se registran cronologicamente las condiciones de salud del MORDAZA, los actos medicos y los demas procedimientos ejecutados por el equipo de salud que intervienen en la atencion del paciente. Este documento unicamente puede ser conocido por terceros previa autorizacion del MORDAZA o en los casos previstos por ley. j. Pago directo: Pago del monto de la prestacion economica realizada directamente por el ESSALUD al asegurado o beneficiario. Se pagara directamente los subsidios de lactancia y prestaciones por sepelio cuando corresponda, asi como, los subsidios por incapacidad temporal y maternidad en los casos de trabajadores del hogar, de construccion civil, asegurados agrarios independientes, de regimenes especiales y otros que MORDAZA incorporados por ley o acuerdo de Consejo Directivo. k. Pago con cargo a reembolso: Pago del monto del subsidio por incapacidad temporal y maternidad por parte de la entidad empleadora al asegurado en la misma forma y oportunidad en que percibe sus remuneraciones o ingresos, y que luego es reembolsado por el ESSALUD al empleador. Se aplica a todas las entidades empleadoras, con excepcion de los empleadores de trabajadores del hogar y de construccion civil. l. Periodo MORDAZA postparto: Periodo de 90 dias posteriores al nacimiento del hijo de un asegurado. m. MORDAZA agudo: Referido a una enfermedad o a los sintomas de esta, que comienza de manera repentina o brusca y alcanza gran intensidad, desapareciendo despues de un tiempo relativamente corto. n. MORDAZA de salud cronico: Referido a una enfermedad, dano o secuela que requiere de un tiempo prolongado para su tratamiento y control. o. Reintegros: Los reintegros correspondientes al pago de subsidios son aquellos que se producen al presentarse modificaciones retroactivas de remuneraciones. p. Remuneracion: Se entiende por remuneracion, la asi definida por los Decretos Legislativos Nºs 728 y 650 y sus normas modificatorias. q. Servicios de Emergencia y Urgencia: Lugares donde se atienden situaciones de emergencia o urgencia que presentan los pacientes. r. Urgencia: Toda alteracion o compromiso del estado de salud de una persona, que se presente subitamente y no ponga en peligro la MORDAZA o el funcionamiento de organos y sistemas vitales. 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1 Requisitos para solicitar prestaciones economicas 7.1.1 Subsidio por incapacidad temporal Los requisitos que debe presentar la entidad empleadora o el asegurado, para solicitar el subsidio por incapacidad temporal, son los siguientes: a. Para asegurados regulares y agrarios dependientes: Solicitud de Reembolso de Prestaciones Economicas - Formulario 8001 - que entrega ESSALUD, debidamente llenada y firmada por la entidad empleadora y el asegurado. Para trabajadores del hogar, construccion civil, agrarios independientes, regimenes especiales y otros determinados por Ley o Acuerdo: Solicitud de Pago Directo de Prestaciones Economicas - Formulario 8002 - que entrega ESSALUD, debidamente llenada y firmada por el asegurado. Para el caso de trabajadores del hogar y de construccion civil deben contar con la firma del empleador. b. Certificados medicos particulares o CITT en original que sustenten incapacidad por los primeros 20 dias. c. CITT en original por el exceso de los 20 dias. En caso de certificados medicos particulares se canjearan de acuerdo a lo indicado en los numerales 9.7 y 9.8.

d. En el caso que el titular del subsidio MORDAZA fallecido, los herederos presentaran el documento que los acredite como tales, asi como el poder, por documento publico o privado con firma legalizada notarialmente, dado a uno de los beneficiarios para que a nombre de los demas herederos pueda solicitar el subsidio devengado y no cobrado. 7.1.2 Subsidio por maternidad Los requisitos que debe presentar la entidad empleadora o la asegurada, para solicitar el subsidio por maternidad, son los siguientes: Pago Primera Armada o Pago Total a. Solicitud de Reembolso de Prestaciones Economicas Formulario 8001 - o Solicitud de Pago Directo de Prestaciones Economicas - Formulario 8002 - segun se indica en el numeral 7.1.1 a. b. CITT en original. En caso de certificados medicos particulares se canjearan de acuerdo a lo indicado en los numerales 9.7 y 9.8. c. En el caso que el titular del subsidio MORDAZA fallecido, los herederos presentaran el documento que los acredite como tales, asi como el poder, por documento publico o privado con firma legalizada notarialmente, dado a uno de los beneficiarios para que a nombre de los demas herederos pueda solicitar el subsidio devengado y no cobrado. Pago MORDAZA Armada Los requisitos establecidos en el literal a. del presente numeral y c. de ser el caso. 7.1.3 Subsidio por lactancia Es una condicion para acceder al subsidio por lactancia que el lactante MORDAZA sido inscrito como derechohabiente del asegurado. Los requisitos que debe presentar el asegurado, para solicitar el subsidio por lactancia, son los siguientes: a. Solicitud de Pago Directo de Prestaciones Economicas - Formulario 8002 - que entrega ESSALUD, debidamente llenada y firmada por el empleador y asegurado, segun corresponda. En el caso de los pensionistas no es necesaria la firma de la entidad empleadora. b. Mostrar documento de identidad. En caso sea un tercero, presentara MORDAZA del documento de identidad del asegurado y mostrara su documento de identidad. c. En el caso de hijos extra matrimoniales adicionalmente mostrar la partida de nacimiento original del lactante. d. En el caso de los pensionistas de los regimenes correspondientes a los D.L. Nº 19990, D.L. Nº 18846 y D.L. Nº 20530, adicionalmente, presentar MORDAZA simple de ultimo talon de pago y mostrar original. e. En el caso de fallecimiento de la MORDAZA, el padre o tutor deberan presentar la partida de defuncion de la MORDAZA y en el caso del tutor, el documento que acredite la tutela del nino. En caso de abandono del menor presentar el documento que acredite la tutela del lactante. 7.1.4 Prestacion por sepelio Los requisitos que deben presentar los beneficiarios, para solicitar la prestacion por sepelio, son los siguientes: a. Solicitud de Pago Directo de Prestaciones Economicas - Formulario 8002 - que entrega ESSALUD, debidamente llenada y firmada por el empleador y el beneficiario, segun corresponda. En el caso de los pensionistas no es necesaria la firma de la entidad empleadora. b. En caso de mas de un beneficiario, MORDAZA del poder por documento publico o privado con firma legalizada notarialmente, dado a uno de los beneficiarios para que a nombre de los demas pueda solicitar la prestacion. c. Partida de Defuncion (copia simple y mostrar original). d. Comprobantes de Pago originales, por servicios funerarios a nombre de los beneficiarios. e. MORDAZA simple del comprobante de pago por concepto de MORDAZA, o terreno para sepultura o cremacion, asi no se solicite reembolso por este concepto. f. Certificado de necropsia en caso de muerte subita y/o violenta, acompanado del Parte Policial. g. Mostrar documento de identidad. En caso sea un tercero, presentara MORDAZA del documento de identidad del beneficiario y mostrara su documento de identidad. En casos de asegurados cuyos restos MORDAZA inhumados en zonas rurales: h. Los requisitos indicados en los literales d. y e. pueden ser sustituidos por una MORDAZA de Gastos, adjuntando

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