Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2000 (03/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de noviembre de 2000

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, regidor del concejo provincial de Huancayo, departamento de MORDAZA, contra el acuerdo de concejo municipal Nº 0342000-MPH/CM de fecha 11 de octubre del 2000, que declaro la vacancia de su cargo en dicho concejo; en consecuencia, nulos acuerdo de sesion de concejo de fecha 3 de octubre del 2000 y acuerdo de concejo municipal Nº 034-2000-MPH/CM de fecha 11 de octubre del 2000. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte continua desempenando el cargo de regidor del concejo provincial de Huancayo, elegido para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 12634

Convocan a candidata no proclamada para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Ayabaca
RESOLUCION Nº 1301-2000-JNE MORDAZA, 2 de noviembre de 2000 VISTOS: El Oficio Nº 209-2000-MDM-A, de fecha 6 de septiembre del 2000, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la municipalidad distrital de MORDAZA, provincia de Ayabaca, departamento de MORDAZA, a fin de que se declare la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el referido concejo, por haber incurrido en la causal prevista en el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; asimismo, la solicitud presentada el 18 de septiembre del 2000, del MORDAZA distrital de MORDAZA reiterando el pedido de vacancia; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 36º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA o de regidor, por las causales previstas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, y siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la acotada; Que, asimismo segun lo dispuesto por el inciso u) del Articulo 5º de la Ley Organica Nº 26486, el MORDAZA Nacional de Elecciones, esta facultado a declarar la vacancia de los cargos de las autoridades elegidas en sufragio popular, que incurran en las causales previstas por la ley; Que, el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, establece que no pueden rematar o contratar obras y servicios publicos municipales, ni adquirir sus bienes directamente o por interposita persona el MORDAZA, los regidores, los empleados y funcionarios publicos, bajo apercibimiento de vacar en el cargo municipal o en la funcion publica;

Que, en autos se han presentado los siguientes medios probatorios, que sustentan la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Seminario: a) A fojas 36, MORDAZA del Oficio Nº 02-2000 CM. de fecha 18 de agosto del 2000, denunciando al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del distrito, por haber utilizado en beneficio particular, cemento de propiedad del municipio donado por la Subregion MORDAZA MORDAZA Colonia - Sullana; b) A fojas 08, MORDAZA autenticada de un escrito, firmado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que dispone un prestamo a su favor de 24 bolsas de cemento, 13 tablas, 2 palanas y 01 carreta, bienes de propiedad de la municipalidad; c) De fojas 3 a 5, dictamen 012000, de la Comision Investigadora nombrada por el concejo distrital, el 20 de MORDAZA del 2000, con MORDAZA, que al momento de efectuar la investigacion, el regidor denunciado restituyo el material MORDAZA indicado; d) A fojas 22, Memorando Nº 034-2000MDM-A, de fecha 21 de MORDAZA del 2000, del MORDAZA del concejo distrital, que solicita informe a la jefatura de almacen de la municipalidad, sobre el destino de los bienes MORDAZA mencionados; e) A fojas 23, MORDAZA autenticada del Informe Nº 06-2000 MDM de fecha 26 de MORDAZA del 2000, suscrito por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargada de almacen de la municipalidad, que corrobora la restitucion de los bienes materia de la denuncia; Que, si bien en autos no se ha acreditado la causal de vacancia prevista en el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se advierte, que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha dispuesto a su favor bienes de propiedad municipal, incurriendo en la causal de vacancia, prevista en el inciso 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que concordante con el inciso 3 del Articulo 26º de la acotada, establece sancion de vacancia al MORDAZA o los regidores que tengan interes economico, en relacion a los contratos otorgados o en tramite de otorgarse por la municipalidad; Que, por otro lado, el hecho que el regidor denunciado por la comunidad de MORDAZA, en fecha posterior a la denuncia, MORDAZA restituido el cemento donado por la Subregion MORDAZA MORDAZA Colonia - Sullana, no desvirtua, la causal de vacancia; por el contrario constituye un elemento probatorio, que acredita el interes economico y aprovechamiento de bienes donados al concejo distrital, en beneficio particular; Que, de conformidad con el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de un regidor, es reemplazado por el suplente respectivo de su lista; y de la revision de las actas remitidas por el MORDAZA Especial de Ayabaca, sobre las elecciones municipales de 1998, declarada la vacancia, corresponde asumir el cargo de regidor a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, candidata postulada por el Movimiento Independiente, Somos Peru; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de MORDAZA, provincia de Ayabaca, al haber incurrido en la causal prevista en el inciso 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. Articulo Segundo.- Convocar a la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunez, candidata postulada por el Movimiento Independiente "Somos Peru" para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital MORDAZA mencionado, en reemplazo del cargo del regidor vacado. Articulo Tercero.- Otorgar la credencial correspondiente a la regidora convocada, quien debera jurar y asumir el cargo, para completar el periodo municipal 1999 a 2002.

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