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Pág. 201648 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 22186 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 103-2001-PRES Lima, 18 de abril de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 056-2001- PRES, se designó al señor LUIS FEDERICO MOLINA ALARCON, en el cargo de Secretario Técnico del Consejo Transitorio de Administración Regional - CTAR PUNO; Que, es necesario dar por concluida la designación del funcionario mencionado en el considerando anterior; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley Nº 26922, Ley Nº 26923, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 011-96-PRES y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor LUIS FEDERICO MOLINA ALARCON, al cargo de Secretario Técnico del Consejo Transitorio de Admi- nistración Regional - CTAR PUNO. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Ing. ALCIDES VELAZCO GONZALES en el cargo de Secre- tario Técnico del Consejo Transitorio de Administración Regional, CTAR PUNO. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros EMILIO NAVARRO CASTAÑEDA Ministro de la Presidencia 22187 PESQUERÍA Aprueban formatos de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel o caballa y merluza RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 033-2001-PE/DNEPP Lima, 19 de abril del 2001CONSIDERANDO: Que a través de la Resolución Ministerial Nº 040- 2001-PE del 22 de enero del 2001, se establecieron las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por explotación de recursos hidrobiológicos anchoveta, sar- dina, jurel o caballa correspondientes al ejercicio 2001; el mismo que deberán efectuar los armadores de em- barcaciones pesqueras con permiso de pesca para los citados recursos, e incluso aquellos que cuenten con permiso de pesca otorgados al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 26920; Que por Resolución Directoral Nº 030-2001-PE/ DNE del 8 de febrero del 2001, se aprobó el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel o caballa correspondiente al ejercicio 2001, con- forme a las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 040-2001-PE; Que mediante Resolución Ministerial Nº 139-2001- PE del 16 de abril del 2001, se adecuó el proceso de pago de derechos de los recursos pelágicos estableci- do en la Resolución Ministerial a que se hace referen- cia en el considerando precedente, conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Que el Artículo 4º de la Resolución Ministerial citada en el considerando precedente, establece que los armadores pesqueros podrán, alternativamente, pagar mensualmente los derechos de pesca aplican- do, sólo en esta modalidad, una reducción de hasta un cinco por ciento (5%) del monto que les corresponde pagar, como incentivo por pronto pago; asimismo, podrán deducir como pago a cuenta las cuotas abona- das por el servicio del Sistema de Seguimiento Sate- lital - SISESAT, deducido el IGV; y estará condicio- nado, a que el importe del SISESAT y el de los derechos de pesca sean cancelados totalmente dentro de los diez (10) primeros días útiles del mes siguiente al que corresponden y que las cuotas mensuales ante- riores se encuentren canceladas; Que es necesario adecuar el formato aprobado por la Resolución Directoral Nº 030-2001-PE/DNE a las nue- vas disposiciones de la Resolución Ministerial Nº 139- 2001-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Ordena- miento Pesquero y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º de la Resolución Ministerial Nº 139-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el formato de Declaración Jurada Mensual para la liquidación, de los derechos de pesca de los recursos anchoveta, sardina, jurel o caballa correspondientes al ejercicio 2001, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El presente formato será de aplicación para efectuar los pagos mensuales de los derechos de pesca a partir de marzo del 2001. Por excepción y sólo para el pago de los derechos de pesca correspondientes a marzo del 2001, los diez (10) días útiles del plazo establecido en el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 139-2001-PE, se computarán a partir del 19 de abril del 2001. Artículo 3º.- Dejar sin efecto el formato de Declara- ción Jurada Mensual para la liquidación de los derechos de pesca aprobado por Resolución Directoral Nº 030- 2001-PE/DNE. Artículo 4º.- Los derechos de pesca se abonarán en el Banco Wiese Sudameris en la Cuenta Corriente en Nue- vos Soles Nº 000-0093203- Derechos de Pesca. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir de la fecha de su publica- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL FLORES ROMANI Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero