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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2001 (20/04/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

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Pág. 201658 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de abril de 2001 acceder a la autorización por diez (10) años; indicándose que de acuerdo con las normas técnicas de radiodifusión se ha procedido a regularizar la denominación del Tipo de Estación; además señala que en la banda de 198-204 MHz corresponde el Canal 11, y no el Canal 4, tal como se consignó en la Resolución Ministerial Nº 220-89-TC/ 15.17; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Infor- me Nº 139-2001-MTC/15.19.01, opina que es proceden- te autorizar la operación de la citada estación de radiodifusión por el plazo de diez (10) años, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 220-89-TC/15.17; así como es procedente autorizar el cambio de la denominación del Tipo de Estación y corregir la Resolución Ministerial Nº 220-89-TCC/15.17 en lo referente al canal de operación de la estación retransmisora; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias; y, Con la opinión favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la empresa PANAMERICANA TELEVISIÓN S.A., la operación de una estación retransmisora del servicio de radiodifusión comercial por Televisión, ubicada en el distrito, provincia, departamento de Huancavelica, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-TV Frecuencia :Banda III Vídeo: 199.25 MHz. Audio: 203.75 MHz. Canal :11 Indicativo :OBY-5l Potencia :Vídeo: 0.1 KW. Audio: 0.01 KW. Emisión :Vídeo: C3F Audio: F3E Horario :H24 Ubicación de Planta Retransmisora :Cerro Santa Bárbara, distri- to, provincia y departamento de Huancavelica. Coordenadas: L.O. 74° 58' 0.6" L.S. 12° 47' 57" Artículo 2º.- El plazo de la autorización a que se refiere el artículo precedente incluye el período de instalación y prueba de doce (12) meses otorgado por la Resolución Ministerial Nº 220-89-TC/15.17, y se otorga- rá en períodos sucesivos, por tanto vencerá el 30 de junio del año 2009. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspon- diente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MENACHO RAMOS Viceministro de Comunicaciones 22067 Autorizan a TISUR S.A. la ejecución de diversas obras en el Terminal Portua- rio de Matarani RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 144-2000-MTC/15.15 Lima, 7 de diciembre de 2000 Vista la solicitud (Expedientes Nºs. 00937008 y 014991) presentada por la Empresa TERMINAL INTER-NACIONAL DEL SUR S.A. (TISUR S.A) pidiendo auto- rización para la construcción de diversas obras com- prendidas dentro de las Mejoras Obligatorias en el Terminal Portuario de Matarani; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Ley Orgánica del Sector Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción, la Dirección General de Transporte Acuático, Organo de Línea del Sector, dentro de su ámbito de competencia le corresponde, entre otras regular y controlar las actividades de transporte acuático, así como la construcción, mejoramiento y ampliación de la Infraestructura Portuaria Nacional, y, en su caso, emite la normatividad subsectorial correspondiente; Que, TISUR S.A. concesionario del Terminal Portuario de Matarani, con fecha 17 de agosto de 1999 ha iniciado sus operaciones en el citado Terminal Portuario en virtud al Contrato de Concesión que tiene suscrito con el Estado Peruano, dentro del cual se establecen obligaciones con- tractuales relacionadas a la ejecución de inversiones deno- minadas "Mejoras Obligatorias" a ser ejecutadas durante los primeros cinco (5) años; de conformidad a lo dispuesto en la Cláusula 5, numeral 5.5 del Contrato así como en los Anexos "D" y 5.5.2 (A), respectivamente; Que, con Carta Nº 219-2000-TISUR/GG de fecha 22 de noviembre de 2000, el Gerente General de TISUR S.A. ha remitido a la Dirección General de Transporte Acuático los Expedientes Técnicos de las obras: Reparación de Rompeo- las Sur, Enrocado Bahía Sorda, Instalación de una nueva Subestación Eléctrica y 40 tomas para contenedores refri- gerados, Techado de la Zona Nº 2, Implementación de un Depósito Autorizado de Aduana y Reubicación de Talleres de Mantenimiento solicitando su autorización, así como ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el numeral 13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA del MTC), aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC (28.6.2000); Que, estando a la opinión favorable del Director de Asesoría Técnica y Coordinación Regional y del Asesor Legal, emitidos mediante Informes Nºs. 167-2000-MTC/ 15.15.01 y 140-2000-MTC/15.15.al, respectivamente, así como el hecho de que OSITRAN ha dado su confor- midad a los referidos expedientes técnicos para tal efecto deberá dictar el acto administrativo pertinente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Ley Nº 25882, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del MTC, apro- bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC (28.JUN.2000) y la Resolución Suprema Nº 027-2000- MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a la Empresa Terminal Internacional del Sur S.A. la ejecución de las obras comprendidas dentro de las Mejoras Obligatorias en el Terminal Portuario de Matarani, las mismas que co- rresponden a: - Reparación de Rompeolas Sur. - Enrocado Bahía Sorda. - Instalación de una nueva Subestación Eléctrica y 40 tomas para contenedores refrigerados. - Techado de la Zona Nº 2. - Implementación de un Depósito Autorizado de Aduana. - Reubicación de Talleres de Mantenimiento. Artículo 2º.- Los Expedientes Técnicos y demás documentación presentada por la Empresa Terminal Internacional del Sur S.A. quedarán en custodia, en los archivos de la Dirección de Asesoría Técnica y Coordina- ción Regional de la Dirección General de Transporte Acuático. Regístrese, publíquese y comuníquese. EUSEBIO VEGA BUEZA Director General Dirección General de Transporte Acuático 20963