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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2001 (15/02/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 198838 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de febrero de 2001 Artículo 4º.- Incorporar al Anexo IV, literal C, "Plan- tas de Procesamiento Pesquero Harina de Pescado Resi- dual" de la Resolución Ministerial Nº 023-2001-PE, la planta de harina de pescado residual perteneciente a la empresa CONSERVERA CALLAO Y DERIVADOS S.A. ubicada en Prolongación Centenario Nº 602 - Acapulco, Provincia Constitucional del Callao, conforme se detalla a continuación: Capacidad Cocina Prensa Secador (t/h) Nº (t/h) Nº (t/h) Nº (t/h) 3 01 05 01 03 01 05 Artículo 5º.- Modifícar el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 030-98-PE/DNPP, del 6 de marzo de 1998, en el siguiente término: "Artículo 1º.- Otorgar a CONSERVERA CALLAO Y DERIVADOS S.A., licencia de operación para que desarro- lle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos, a través de su planta de enlatado, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Prolongación Av. Centena-rio Nº 602 - Acapulco, provincia Constitucional del Callao, con la siguiente capacidad instalada: Enlatado : 440 cajas/turno" Artículo 6º.- Modificar la capacidad instalada (c/t) consignada a la planta de enlatado perteneciente a la em- presa CONSERVERA CALLAO Y DERIVADOS S.A. ubica- da en el establecimiento industrial citado en el artículo anterior, en el Anexo I, "Plantas de Procesamiento Pesque- ro - Enlatado", de la Resolución Ministerial Nº 023-2001- PE, conforme se detalla a continuación: Capacidad Cocinador Cerradora Autoclave c/t Nº c/t Nº c/t Nº c/t 440 02 563 01 480 02 440 Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 18162 MINISTERIO DE PESQUERÍA RESOLUCIONES EXPEDIDAS POR EL VICEMINISTRO DE PESQUERIA R.VM. Nº 008-2001-PE Del 19 de enero del 2001 - Declaran FUNDADA la queja presentada por la empresa CORPORACION DEL MAR S.A. , contra el Director Nacional de Extracción de la Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pesque- ría en el extremo referente a la subsanación de la debida tramitación del procedimiento administrativo e IMPROCEDENTE en el extremo referen- te a un pronunciamiento similar a los precedentes administrativos en casos semejantes. R.VM. Nº 010-2001-PE Del 5 de febrero del 2001 - Declaran FUNDADA EN PARTE el Recurso de Apelación interpuesto por SERVICIOS GENERALES UNION S.R.L. , con- tra la Resolución Directoral Nº 073-2000-PE/DNE, en el extremo referido a la ampliación del permiso de pesca del recurso sardina hacia el consumo humano indirecto adicionalmente al consumo humano directo autorizado e INFUN- DADO en los extremos referidos a la ampliación del permiso de pesca para la extracción del recurso anchoveta. Nota: Las notificaciones a los interesados se efectuarán conforme a lo dispuesto por el Artículo 81º del D.S. Nº 02-94-JUS. 18163 PROMUDEH Declaran en proceso de Reestructura- ción Organizativa Institucional a la So- ciedad de Beneficencia de Lima Metro- politana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 046-2001-PROMUDEH Lima, 14 de febrero de 2001 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Primera Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 128-2000 de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, publi- cado en el Diario Oficial el 30 de diciembre del 2000; las Entidades del Sector Público que lo consideren oportuno, llevarán a cabo en un plazo que no excederá de 60 días calendario a partir del día siguiente de la publicación del mencionado Decreto de Urgencia, el proceso de Reestructu- ración Organizativa Institucional, que estimen conveniente en función a la evaluación de sus competencias y responsa- bilidades, con el objeto de mejorar su eficiencia, productivi- dad y competencia administrativa que conlleve a una racionalización del gasto y generar ahorro, sin que ello demande recursos adicionales a los ya aprobados en elPresupuesto para el año 2001 de la SBLM; reestructuración que será aprobada mediante Resolución Suprema; Que, la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropoli- tana, es una Institución Pública dependiente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, a su vez depen- diente del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano - PROMUDEH; la cual, a fin de cumplir con sus objetivos dirigidos a contribuir con la reducción de la extrema pobreza en el país, coadyuvando con las políticas del Estado que buscan proteger especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano, en abandono, riesgo social y/o situación de pobreza, con eficiencia, efectividad, economía y transparencia, requiere ser reestructurada; lo que la optimizará en cumplimiento de dichos fines sociales, mediante la atención ágil y eficiente de las demandas de su población objetiva; De conformidad con lo previsto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 866 modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por el Decre- to Supremo Nº 004-99-PROMUDEH; así como el Decreto de Urgencia Nº 128-2000; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declárese a la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana, en proceso de Reestructuración Organizativa Institucional, hasta el día 28 de febrero del 2001. Artículo 2º.- Facúltese a la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana a aprobar mediante Resolución de