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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2002 (12/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 226259 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de julio de 2002 El Memorándum Nº K000-MA-2002-632, de la Oficina Legal del 2 de julio del 2002, en el que se opina que la contratación de la actualización anual del software seña- lado anteriormente debe efectuarse mediante un proce- so de adjudicación de menor cuantía, ya que se trata de un bien que no admite sustituto. CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere contratar la actualización anual del software CA-Librarian for OS/390, por ser un programa que viene siendo utilizado en la recuperación de la pérdi- da de los programas fuentes y un cambio de programa presenta un riesgo en la gestión operativa de las áreas usuarias. En los informes técnicos señalados en el primer pá- rrafo del exordio de esta resolución, se señala también que el cambio de programa ocasionaría un perjuicio eco- nómico traducido en pérdida de horas hombre, propaga- ción de errores inadvertidos y generación de datos erra- dos. En tal sentido, la actualización anual del software determina que no admita sustituto. El marco jurídico en el que se realizan las contrata- ciones del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias. De acuerdo con el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, están exonerados del proceso de ad- judicación directa la adquisición de bienes que no admi- ten sustitutos. Conforme al Artículo 20º de la misma Ley, cuando por las causas que se menciona en el Artículo 19º, se exone- re la adquisición de bienes del requisito de adjudicación directa, debe recurrirse al proceso de adjudicación de menor cuantía, debiendo tal exoneración aprobarse me- diante resolución del Titular del Pliego de la Entidad. A tenor del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 115º de su Reglamento, copia de la resolución que aprueba la exoneración y los informes que la susten- tan deben ser remitidos a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez días hábiles de su emisión u adopción. Los motivos expuestos precedentemente permiten concluir que la contratación de la actualización anual del software no admite sustituto, por lo que se enmarca den- tro de lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19º de la citada Ley. El monto anual de la contratación determina la exoneración de un proceso de adjudicación directa. Se ha cumplido con las exigencias contenidas en el Artículo 113º del Reglamento antes citado, por lo que corresponde a esta Gerencia General aprobar la exone- ración. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación directa la contratación de la actualización anual del soft- ware CA-Librarian for OS/390, por cuanto no admite sus- tituto. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que contrate la actualización antes indicada con la empresa Tecnología y Gerencia del Perú S.A., por un valor referencial de US$ 18 396,00, sin incluir impuestos, me- diante un proceso de adjudicación directa de menor cuan- tía y con cargo a los recursos de esta institución. Artículo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Dia- rio Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloría General de la República, conjuntamente con los informes que sustentan la exoneración. HENRY BARCLAY Gerente General 12338J N E Proclaman integrantes de diversos Ju- rados Electorales Especiales para el proceso de elecciones regionales y mu- nicipales del año 2002 RESOLUCIÓN Nº 246-2002-JNE Lima, 10 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 223-2002-JNE de fecha 28 de junio del año 2002, se señaló a los ciudadanos que ocuparon los dos primeros lugares de los veinticinco se- leccionados para integrar los 125 Jurados Electorales Especiales, para el proceso de elecciones regionales y municipales; Que conforme al Artículo 5º del Reglamento de Consti- tución de los Jurados Electorales Especiales, aprobado por Resolución Nº 179-2002-JNE, la selección de los miembros titulares de los Jurados Electorales Especiales se realiza atendiendo al mayor grado de instrucción y residencia efec- tiva en la sede de la circunscripción electoral respectiva; Que los Presidentes de los Jurados Electorales Es- peciales deben comprobar el grado de instrucción de los Miembros seleccionados previa a su juramentación y po- sesión de dichos cargos; tal como está señalado en el Artículo 11º del Reglamento de Constitución de Jurados Electorales Especiales; Que en atención a los argumentos expuestos, corres- ponde proclamar a los miembros titulares de los Jurados Electorales Especiales que deben integrarlos de manera definitiva, ante la ausencia o menor grado de instrucción de aquellos ciudadanos que fueran incluidos en la Reso- lución Nº 223-2002-JNE de fecha 28 de junio del año 2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar que para el proceso de elecciones regionales y municipales del año 2002, los siguientes Jurados Electorales Especiales están integra- dos de la siguiente manera: JURADOS ELECTORALES MIEMBROS TITULARES ESPECIALES BOLOGNESI FAUSTO EUGENIO ALEJOS ALEJANDRO JOSE ORTIZ VEGA AREQUIPA  ALONSO RICARDO ZENTENO ARCE JULIO ALVARO CHAVEZ SALAZAR HUAURA  PAULINA BETTY SOLIS RAMIREZ PERCY ALFREDO MEJÍA OYOLA HUANUCO  BENITO FELIMON BUENDIA QUISPE ESTELIO CECILIO CHAVEZ MEJÍA CAYLLOMA  ABRAHAM HUAYPUNA OCSA FLORENCIO VICENTE HUAYNACHO MAMANI SANCHEZ CARRIÓN RAQUEL MANRIQUE GOMERO VICTOR IVAN RIOS LLAJARUNA JAUJA FERNANDO VICENTE SALAZAR ESQUIVEL ADRIAN AUGUSTO HUAMAN PIZARRO CAMANA PEDRO INFANZON HUAMANI EDGAR WUILFREDO CORRALES CARAZAS RECUAY GLORIA TEODORA MAZA ROMERO OSCAR EDILBERTO ESPINOZA RAMÍREZ OCROS FRANCISCO MUÑOZ CUEVA VÍCT OR BASILIO VILLANUEVA GOMERO CANGALLO LUIS AÑANCA PALOMINO BENIGNO CALDERON TANTA ASCOPE LUZ ANGELICA LEIVA RIOS CARLOS ALFONSO CORTIJO NORIEGA MORROPON ROSANA RUIDIAS CORDOVA ROMULO JUAREZ FLORES CORONEL PORTILLO JESUS RAMIRO CHAVEZ SINACAY AMELIA PADILLA PADILLA CAJAMARCA LUIS ALBERTO ESAINE ROJAS ANGEL ESTEBAN SANTA CRUZ PADILLA CARAVELI JULIAN VALERIANO JUAREZ YUCRA MARIA JANET FARFAN SEGURA LIMA ESTE MARIA ELE NA BARAHONA REYES MILAGRO DEL ROSARIO MARTÍNEZ GUANDO