Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2002 (28/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, MORDAZA 28 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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· Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico Ramadilla E, de fecha marzo del 2002, a escala 1/1000, con un area de 760.64 metros cuadrados y un perimetro de 126.83 metros, ubicado en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. · Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico Con Con, de fecha marzo del 2002, a escala 1/1000, con un area de 11496.17 metros cuadrados y un perimetro de 430.42 metros, ubicado en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, con su respectiva ficha tecnica y memoria descriptiva. · Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico Huancamaqui, de fecha marzo del 2002, a escala 1/1000, con un area de 5325.04 metros cuadrados y un perimetro de 292.07 metros, ubicado en el distrito de Lunahuana, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 4º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 12796 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 593/INC MORDAZA, 27 de junio de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 219, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 10, de fecha 7 de MORDAZA de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 219, de fecha 7 de MORDAZA de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico MORDAZA MORDAZA M1 Sectores 11, 12, 24, 25, 26, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas;

Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico MORDAZA MORDAZA M1 Sectores 11, 12, 24, 25, 26, ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua. Articulo 2º.- Aprobar el Plano Perimetrico de Delimitacion del Sitio Arqueologico MORDAZA MORDAZA M1 Sectores 11, 12, 24, 25, 26, Lamina Nº 01, de fecha MORDAZA de 2002, a escala 1/25000, ubicado en las Pampas de MORDAZA MORDAZA, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 12797

OSINERG
Aprueban tarifas y compensaciones de sistemas secundarios de transmision y sus formulas de actualizacion para Edelnor, Luz del Sur, Electroandes, Electronorte, Hidrandina, Electronoroeste, Etecen, Electrocentro y Eteselva
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 1414-2002-OS/CD MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 Las empresas titulares de sistemas secundarios de transmision, Edelnor S.A.A. (en adelante "EDELNOR"), Luz del Sur S.A.A. (en adelante "LUZ DEL SUR"), la Empresa de Electricidad de los Andes S.A. (en adelante "ELECTROANDES"), Electronorte S.A. (en adelante "ELECTRONORTE"), Electronoroeste S.A. (en adelante "ELECTRONOROESTE"), Hidrandina S.A. (en adelante "HIDRANDINA"), Electrocentro S.A. (en adelante "ELECTROCENTRO"), la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. (en adelante "ETECEN") y Eteselva S.R.L. (en adelante "ETESELVA"), han presentado al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") los Estudios Tecnico Economicos que contienen las propuestas a que se refiere el "Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision". El resultado del procedimiento seguido se contempla en la presente resolucion, para lo cual el OSINERG ha tomado en cuenta lo siguiente. 1.- ANTECEDENTES Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 0003-2002OS/CD, el Consejo Directivo del OSINERG aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", en cuyo Anexo "B" quedo asimismo aprobado el "Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Secundarios de Transmision"; Que, la fijacion de las tarifas y correspondiente a los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST")

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