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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (25/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 225245 NORMAS LEGALES Lima, martes 25 de junio de 2002 De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso "L" del Artículo 8º de la Ley Nº 27657; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir de la fe- cha de la presente Resolución, la designación de la doc- tora PAULINA FABIOLA ASCUE RAMÍREZ, al cargo de Director General de la Dirección Regional de Salud Apu- rímac, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 11198 Designan Director General de la Direc- ción Regional de Salud Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1036-2002-SA/DM Lima, 21 de junio del 2002 De conformidad con lo previsto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el Artículo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolución, en el cargo de Director General de la Dirección Regional de Salud Apurímac, al doctor DAN- TE FLORIÁN GUERRA SOTO. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 11199 ORGANISMOS AUTÓNOMOS DEFENSORÍA DEL PUEBLO Recomiendan la restitución de coronel PNP al escalafón de oficiales en situa- ción de actividad RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 019-2002-DP 24 de junio de 2002 VISTO: El Expediente Nº 8300-2001 que contiene la queja pre- sentada por la Coronel PNP Magda Collantes Maguiña contra el Ministerio del Interior, por haber sido ilegalmen- te destituida, por haberse bloqueado administrativamen- te su cuenta de ahorros del Banco de la Nación y por haberse retirado los fondos de dicha cuenta por oficiales de la Policía Nacional del Perú sin orden judicial. Antecedentes: Primero.- La acciones de garantía presentadas por la Defensoría del Pueblo contra la Ley Nº 26960 y con- tra el Decreto Supremo Nº 006-98-IN. Mediante Ley Nº 26960, de 29 de mayo de 1998, fue- ron declaradas nulas y sin efecto legal las resoluciones que otorgaron grados de oficial y suboficial al personal de la ex Sanidad de la PNP. Dicha ley fue reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 006-98-IN. Las normas indicadas establecieron asimismo que quienes no aceptaran su traslado a la condición de civi-les serían demandadas por el Ministerio del Interior para exigirles la devolución de las remuneraciones, gratifica- ciones, bonificaciones, escolaridad, etc., que hubieran cobrado mientras ostentaron el grado de oficiales. Magda Collantes Maguiña fue despojada de su grado de coronel en aplicación de la ley y del reglamento indi- cados. Por Resolución Defensorial Nº 041-98-DP, de 7 de agosto de 1998, el Defensor del Pueblo recomendó al Congreso de la República la revisión de la Ley Nº 26960 y al Poder Ejecutivo la derogación de su reglamento, por vulnerar los Artículos 2º inciso 2), 10º, 103º, 139º inciso 13), 174º y la primera disposición final y transitoria de la Constitución. Al no acogerse las citadas recomendaciones, con fe- cha 21 de agosto de 1998, la Defensora Adjunta para los Derechos de la Mujer presentó una acción popular ante el Poder Judicial contra el mencionado reglamento. El Mi- nisterio del Interior fue parte en el referido proceso judi- cial. Por su parte, producida la reposición de los magistra- dos del Tribunal Constitucional, con fecha 28 de noviem- bre de 2000, el Defensor del Pueblo presentó una acción de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 26960. Por Resolución de fecha 15 de junio de 1999, notifica- da el 16 de enero de 2001, la Corte Suprema de la Repú- blica declaró inconstitucionales los Artículos 3º, 5º y 8º del Decreto Supremo Nº 006-98-IN. Mediante Resolución aclaratoria de 4 de abril de 2001, la Corte Suprema afir- mó que la declaración de inconstitucionalidad de los Ar- tículos 3º, 5º y 8º del Decreto Supremo Nº 006-98-IN im- plicaba la inaplicación del citado decreto en cuanto se pretendiera dejar sin efecto legal las resoluciones supre- mas, ministeriales o directorales que otorgaron grados de oficiales de servicios y de subalternos en la Sanidad de las Fuerzas Policiales. Mediante Sentencia de 9 de mayo de 2001, el Tribu- nal Constitucional declaró fundada la acción de inconsti- tucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo contra la Ley Nº 26960, por violar, entre otros, el Artículo 174º de la Constitución. Por Resolución Defensorial Nº 024-2001, de 11 de ju- nio de 2001, el Defensor del Pueblo dictó una segunda resolución defensorial, recomendando que el Ministro del Interior adoptara las medidas necesarias para que el Pro- curador Público se desistiera de las acciones judiciales iniciadas contra las afectadas por la Ley Nº 26960 y su reglamento. El 22 de junio de 2001 el Defensor del Pueblo remitió una copia de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 9 de mayo de 2001, al entonces Ministro del Interior, General PNP ® Antonio Ketín Vidal Herrera. Segundo.- La acción de amparo presentada por la Coronel PNP Magda Collantes Maguiña ante el incons- titucional retiro del grado de oficial Sin perjuicio de las acciones de garantía presentadas por la Defensoría del Pueblo, la Coronel PNP Magda Co- llantes Maguiña presentó una acción de amparo contra el inconstitucional despojo de su grado de coronel. De esta forma, mediante Resolución de fecha 9 de marzo de 2000 (Expediente Nº 1181-99-AA/TC), el Tribu- nal Constitucional declaró fundada la acción de amparo presentada por Magda Collantes, ordenando que el Mi- nisterio del Interior restituyera: “a la citada demandante al escalafón de oficiales de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú en el grado de coronel, respetándose sus derechos y beneficios que en tal condición le pudieran corresponder”. Tercero.- La expedición de la Resolución Ministe- rial Nº 0918-2001-IN/0103 Mediante Resolución Ministerial Nº 0918-2001-IN/ 0103, de 27 de julio de 2001, el Ministerio del Interior resolvió restituir los grados, derechos y beneficios al per- sonal afectado por la Ley Nº 26960. Había transcurrido más de un año desde que el Tribu- nal Constitucional ordenó reincorporar a Magda Collan- tes Maguiña al escalafón de oficiales de la Policía Nacio- nal del Perú, sin que aquel mandato hubiera sido cumpli- do. Por otro lado, a la fecha de publicación de la Resolu- ción Ministerial Nº 0918-2001-IN/0103, habían transcu- rrido más de seis meses de notificada al Ministerio del