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Pág. 222676 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de mayo de 2002 tema Nacional de Control y de fiscalización por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Órgano Rec- tor aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Felicitar al Presidente de Directorio de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITO- RA PERÚ S.A. señor Ing. Luis Córdova Farías, al Gerente General señor Econ. Horacio Barrios Cruz, a la Gerente Financiero señora Lic. Lubinda Velásquez Arrieta, a la Con- tadora General señora CPC Sara Luisa Medivil Chuquín y a la Jefa de Presupuesto señora Lic. Pilar Espinoza Galar- cep por haber presentado en tercer lugar de las Empresas del Estado la rendición de cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la República del año 2001. Artículo 2º.- Solicitar al Gerente General de la Empresa Peruana de Servicios Editoriales S.A. - EDITORA PERÚ S.A., haga extensiva esta especial felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto y a todas las demás perso- nas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 8308 Reconocen labor del OSIPTEL en la presentación de la rendición de cuen- tas del ejercicio fiscal 2001 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 042-2002-EF/93.01 Lima, 5 de abril del 2002 VISTOS: Los documentos que acreditan la recepción de la in- formación sobre rendición de cuentas para la elabora- ción de la Cuenta General de la República del año 2001 de las Entidades distintas a Empresas del Estado. CONSIDERANDO: Que, el ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVER- SIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIP- TEL, ha ocupado el primer lugar de las Entidades distin- tas a Empresas del Estado, en la presentación de la in- formación presupuestaria y financiera correspondiente a la rendición de cuentas del ejercicio fiscal 2001, por lo que los principales funcionarios merecen ser felicitados; Que, el numeral 21.1 del Artículo 21º de la Ley Nº 27312 - De Gestión de la Cuenta General de la Repúbli- ca, señala que la aprobación de la Cuenta General de la República es un acto formal de ordenamiento adminis- trativo y jurídico que no implica la aprobación de la ges- tión ni los actos administrativos que aquella sustenta, los que son objeto de las acciones de control por parte de los órganos del Sistema Nacional de Control y de fis- calización por el Poder Legislativo; Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Órgano Rec- tor aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-89-EF; a lo propuesto por la Dirección General de Contabilidad del Sector Privado, con la aprobación de la Alta Dirección y el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 9º de la Ley Nº 24680 modificado por el Artículo 277º de la Ley Nº 24977;SE RESUELVE: Artículo 1º.- FELICITAR al Presidente del Consejo Di- rectivo del ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVER- SIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL señor ING. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA, al Ge- rente General señor ECON. PAÚL PHUMPIU CHANG, al Gerente de Administración y Finanzas señor CPC ROGER SICCHA MARTÍNEZ, al Contador General señor CPC JORGE ALAKAWA UECHI y al Jefe de Presupuesto señor CPC DAVID VILLAVICENCIO FERNÁNDEZ por haber pre- sentado en primer lugar de las Entidades distintas a Em- presas del Estado la rendición de cuentas para la elabora- ción de la Cuenta General de la República del año 2001. Artículo 2º.- SOLICITAR al Gerente General del OR- GANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - OSIPTEL, haga extensi- va esta especial felicitación al personal de Contabilidad, Presupuesto y a todas las demás personas que con su esfuerzo y dedicación han contribuido a la presentación de la rendición de cuentas en forma oportuna. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 8286 INDECOPI Se aplica derechos antidumping defi- nitivos sobre las importaciones de neu- máticos para automóviles, camionetas y camiones originarios y/o procedentes de la República Popular China (N. de E. Se publica por segunda vez consecutiva la si- guiente resolución conforme lo dispuesto en el Art. 19º del D.S. Nº 133-91-EF) Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios RESOLUCIÓN Nº 019-2002/CDS-INDECOPI Lima, 25 de abril del 2002 LA COMISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE DUMPING Y SUBSIDIOS DEL INDECOPI1 Vistos, el Expediente Nº 004-2001-CDS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 011-2001/CDS-INDECO- PI publicada en el Diario Oficial El Peruano los días 5 y 6 de junio del 2001, la Comisión dispuso el inicio del proce- dimiento de investigación por la supuesta existencia de prácticas de dumping en las importaciones de neumáticos para automóviles, camionetas y camiones, originarios y/o procedentes de la República Popular China2, que ingre- san bajo las subpartidas 4011.10.00.00, 4011.20.00.00, 4011.91.00.00 y 4011.99.00.00 del arancel de aduanas; Que, el 13 de junio, 21 de junio, 28 de junio, 9 de julio y 8 de agosto del 2001 se apersonaron al procedi- miento de investigación las empresas importadoras A y P Internacional S.A.C., Importaciones Alvino S.A.C., Ilicar S.R.Ltda., Tire Sol S.A.C. y Casoli S.A.C. res- pectivamente. Asimismo, el 17 de agosto del 2001, las empresas chinas Jiangsu Hankook Tire Co. Ltd. y Trian- gle Group Corporation Limited se apersonaron al pro- cedimiento; Que, mediante Resolución Nº 017-2001/CDS-INDECO- PI de fecha 7 de setiembre de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano los días 16 y 17 de setiembre de 2001, se 1En adelante la Comisión.2En adelante China.