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Pág. 222685 NORMAS LEGALES Lima, jueves 9 de mayo de 2002 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenan a la Asociación de Campesinos sin Tierras Encalada y Salinas paralizar obra de edificación RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 389-2002-A-SEGE-002-MDEA El Agustino, 11 de abril de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO VISTOS; los Informes Técnicos Nº 115-2002-DDU- MDEA e Informe Nº 570-CAT-HU-DDU-MDEA, emitidos por la Dirección de Desarrollo Urbano y por la División de Ca- tastro, así como los Expedientes Administrativos Nºs. 1905- 02 y 2853-02, presentados por los propietarios de la ur- banización Las Praderas de Santa Anita - II Etapa sobre la suspensión inmediata del levantamiento de muro; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo prevé el Art. 50º del D.S. Nº 008-2000- MTC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157 de Re- gularización de Edificaciones del Procedimiento para la De- claratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, para iniciar cualquier tipo de obra de edificación, los propietarios de terre- nos deberán obtener obligatoriamente la Licencia de Obra, documento este que es la autorización que otorga la Munici- palidad dentro del ámbito de su jurisdicción, el cual a la fecha es inexistente; Que, mediante Oficio Nº 001-2002 de fecha 21 de febre- ro del 2002, los propietarios de la urbanización Las Prade- ras de Santa Anita - II Etapa, solicitan se ordene la suspen- sión inmediata de la construcción de un muro que se viene efectuando por su sector, el mismo que no cuenta con auto- rización municipal; solicitud ésta que guarda relación con el Informe Técnico Nº 115-2002-DDU-MDEA, por ser asuntos conexos, por lo que debe disponerse su acumulación, ello en aplicación al inciso 116.2) del Art. 116º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; Que, con Informe Nº 180-02-DSC-PM-MDEA, el Jefe de la División de Policía Municipal manifiesta que en mé- rito al Informe Técnico Nº 064-2002-DDU-MDEA, emitido por la Dirección de Desarrollo dispuso se proceda a la notificación a los responsables de la construcción irregu- lar que se viene ejecutando frente a la Av. Huarochirí de la urbanización Las Praderas de Santa Anita - II Etapa, por no contar con la autorización municipal correspon- diente; Que, según el precitado informe, se precisa además que concurrido al sector a efectuar la notificación res- pectiva a la Asociación de Campesinos sin Tierras Enca- lada y Salinas, quienes figuran como propietarios del in- mueble, con domicilio en el sublote 2-B de la urbaniza- ción Praderas de Santa Anita - II Etapa, el personal mu- nicipal fue agredido verbalmente y amenazado con arma de fuego por los responsables de la construcción, ne- gándose a recepcionar cualquier notificación, razón por la cual se dispuso el retiro inmediato del personal asig- nado para tal acto, adjuntando como prueba de lo señala- do, copia certificada Nº 527-CEA-CC de la constatación policial efectuada en dicho sector; Que, estando a lo señalado en el considerando ante- rior y, a que es necesario efectuar la notificación de las observaciones detectadas por la Dirección de Desarrollo Urbano sobre construcciones efectuadas sin contar con Licencia de Obra; para la eficacia de los actos adminis- trativos tal como lo prevé el Inc. 16.1 del Art. 16º de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo Ge- neral; resulta aplicable que la misma se pueda efectuar mediante publicaciones en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación, máxime si en el presente caso no se tiene conocimiento cabal de la identidad y dirección del propietario del terreno y/o de las personas responsables de la edificación;Estando a lo expuesto, al Informe Nº 250-2002-DAJ- MDEA, y a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 Orgánica de Municipalidades y a la Ley Nº 26979 - Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ordenar a la Asociación de Campesinos sin Tierras Encalada y Salinas la inmediata paralización de la obra de edificación construida frente a la Av. Huarochirí colindante a la urbanización Las Praderas de Santa Anita - II Etapa en mérito a los considerandos que forman parte de la presente Resolución bajo apercibimiento de proceder a iniciar los ac- tos de ejecución forzosa en caso de incumplimiento. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Secretaría Ge- neral efectúe la notificación de la presente Resolución a los infractores y a los interesados por intermedio del Dia- rio Oficial y por otro diario de mayor circulación a los efec- tos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el primer con- siderando de la presente Resolución. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Ur- bano y de Ejecutoría Coactiva la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCO ANTIPORTA LAYMITO Alcalde 8250 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Prorrogan plazos de beneficios sobre tri- butos correspondientes a períodos ven- cidos, multas administrativas y arbitrios municipales ORDENANZA Nº 080-CDLO Los Olivos, 4 de mayo del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, apro- bó la siguiente: ORDENANZA Nº 080-CDLO QUE PRORROGA LA VIGENCIA DEL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN DE PAGO DE INTERESES MORATORIOS Y REAJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de mayo del año 2002, los alcances de la Ordenanza Nº 078-2002- CDLO sobre Condonación de pago de los Intereses Mora- torios y Factor de Ajuste de los tributos correspondientes a períodos vencidos a la fecha. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ren- tas, el correcto cumplimiento de lo dispuesto en la presen- te Ordenanza, a la Unidad de Informática la debida imple- mentación en el Sistema Informático y a la Unidad de Co- municaciones, la difusión de la misma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 8254 ORDENANZA Nº 081-CDLO Los Olivos, 4 de mayo del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNANIMIDAD, apro- bó la siguiente: