Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 233305

Nº 26242 - 26497". El Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a traves del Departamento Tecnico Registral debera proveer los libros requeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20135

Vistos los Informes Nºs. 002, 003-J/ORECIM/DRC/ DCCNNCPM/RENIEC, de fecha 10 de octubre del 2002; Informes Nºs. 004,005-J/ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RENIEC, de fecha 11 de octubre del 2002; Informe Nº 006-J/ ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RENIEC, de fecha 15 de octubre del 2002; Informe Nº 007-J/ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RENIEC, de fecha 16 de octubre del 2002; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 se creo el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como un organismo MORDAZA, constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil las funciones de planear, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registrales de su competencia, entre los que se encuentran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demas actos que modifican el estado civil de las personas; Que, la normativa registral se complemento con el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, del 23 de MORDAZA de 1998, MORDAZA que regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Resolucion Jefatural Nº 023-96-JEF, del 3 de MORDAZA de 1996, se delego las funciones registrales contenidas en el Art. 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la Republica ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menores debidamente autorizadas; Que, atendiendo que la deficiencia mas aguda en el funcionamiento tecnico operativo de los Registros de Estado Civil tenia su causa y su consecuencia directa en la inestabilidad institucional para su funcionamiento en la que se encontraban las Oficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carencia de un organo rector que estableciera mecanismos basicos de capacitacion, orientacion, verificacion y control, bajo los cuales debiesen desarrollar sus actividades los Registradores de Estado Civil y al hecho concreto que el MORDAZA de integracion a que se referia complementariamente la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, requeria para su debida implementacion de la eliminacion de la informalidad registral civil existente en el MORDAZA, se establecio un MORDAZA de regularizacion de las Oficinas de Registro no autorizadas ubicadas en los Centros Poblados Menores de la Republica, el mismo que a la fecha ha permitido oficializar la inscripcion de los hechos vitales y actos modificatorios del estado civil en los lugares mas apartados del pais; Que, las Municipalidades de Centros Poblados Menores a que se refieren los Informes de los Vistos han formalizado expedientes de regularizacion de Oficina Registral en su localidad, los mismos que se encuentran debidamente complementados por lo que ha sido aprobada la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitidas por la mas alta autoridad de la institucion y estableciendo la delegacion y vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar en via de regularizacion la delegacion y las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de:
Centro Poblado Menor 1 VIRGEN DEL MORDAZA 2 SAN MORDAZA DEL ALTO MORDAZA 3 MORDAZA DE YAMOR 4 HUALLCOR 5 MORDAZA MORDAZA DE CHOQUECHACA 6 LOS MORDAZA Distrito MORDAZA MOYOBAMBA COLPAS MORDAZA YUNGUYO MORDAZA Provincia BOLOGNESI MOYOBAMBA AMBO MORDAZA YUNGUYO MARISCAL MORDAZA Departamento MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presunto responsable de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 748-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 8 de noviembre de 2002 Visto los Memorandum Nº 948-2002/GO/RENIEC, 9202002/OHC/DCP/GO, 1302-2002-GO/RENIEC y el Informes Nº 1051-2002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 28 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentaroria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Banddin, ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica propia e impropia, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga contra MORDAZA MORDAZA Banddin, las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA Banddin, por presunto delito contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20113

Autorizan delegacion de funciones registrales a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 751-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 11 de noviembre de 2002

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.