Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2002 (26/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 26 de setiembre de 2002

NORMAS LEGALES

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cado a la altura del Kilometro 82 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente resolucion efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 17075

Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0274-2002/SBN-GO-JAR de fecha 4 de setiembre del 2002; y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Decreto Supremo Nº 131-2001-EF; Decreto Supremo Nº 154-2001EF; Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y la Resolucion Nº 011-2002/SBN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 183 244,29 m² ubicado entre la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion de Vivienda Hijos de Apurimac", y terrenos de propiedad de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de la Propiedad Inmueble. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 17074

JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 141-2002/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 13 de setiembre de 2002 Visto el Expediente Nº 069-2002/SBN-JAR correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 183 244,29 m² ubicado entre la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion de Vivienda Hijos de Apurimac", y terrenos de propiedad de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante inspeccion tecnica realizada con fecha 15 de MORDAZA del 2002, se identifico un terreno eriazo con topografia accidentada de 183 244,29 m² ubicado entre la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion de Vivienda Hijos de Apurimac", y terrenos de propiedad de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, conforme al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 9 de MORDAZA del 2002, el Registro Predial MORDAZA senala que segun el Informe Tecnico Nº 2402-2002-GR-OCLIMA de fecha 1 de MORDAZA del 2002, emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el area de terreno de 183 244,29 m² submateria se ubica dentro de una MORDAZA donde no se aprecian predios registrados en el RPU, y por ello se encuentra fuera de su jurisdiccion; Que, segun Certificado Catastral de fecha 12 de agosto del 2002, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao senala, que de conformidad con el Informe Tecnico Nº 3882-2002-ORLCGPI-SCAT de fecha 8 de agosto del 2002 emitido por la Subgerencia de Catastro, el precitado terreno de 183 244,29 m² se ubica en ambito donde graficamente no se observa inscripcion; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN de fecha 3 de setiembre del 2001 que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos y/o en abandono con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia;

JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 142-2002/SBN-GO-JAR
La MORDAZA, 16 de setiembre de 2002 Visto el Expediente Nº 070-2002/SBN-JAR correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 172 172,07 m² ubicado entre la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion de Vivienda Hijos de Apurimac", y terrenos de propiedad de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante inspeccion tecnica realizada con fecha 15 de MORDAZA del 2002, se identifico un terreno eriazo con topografia accidentada de 172 172,07 m² ubicado entre la habilitacion MORDAZA denominada "Asociacion de Vivienda Hijos de Apurimac", y terrenos de propiedad de la Comunidad Campesina de Collanac, en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF que aprueba el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales", senala que los terrenos eriazos o riberenos se consideran bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", y la Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, conforme al Certificado de Busqueda Catastral de fecha 3 de MORDAZA del 2002, el Registro Predial MORDAZA senala que segun el Informe Tecnico Nº 2336-2002-GR-OCLIMA de fecha 27 de marzo del 2002, emitido por la Oficina de Catastro del citado registro, el area de terreno de 172 172,07 m² MORDAZA descrita no se encuentra dentro de su jurisdiccion ni se superpone con algun perimetrico registrado en el RPU; Que, segun Certificado Catastral de fecha 12 de agosto del 2002, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao senala, que de conformidad con

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