Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2002 (26/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de setiembre de 2002

cion de los procesos de seleccion, requieren obligatoriamente de un Informe tecnico-legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad; Que, el Informe Nº 051-02-DDU/MDH, de fecha 25 de MORDAZA del presente ano, remitido por el Ing. Civil, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Jefe de la Oficina de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad, en cuyas recomendaciones expresa que el terreno adyacente al MORDAZA de Abastos es un terreno unico, por lo que no es posible llevar adelante un MORDAZA de Seleccion regular, en consecuencia, opina que la adquisicion del terreno en mencion debe ser Exonerada del MORDAZA de Seleccion y se adquiera a traves del MORDAZA de Menor Cuantia; esta opinion es compartida por el Asesor Legal de la Municipalidad, abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves del Informe Nº 013-2002-DAL/MDH, de fecha 2 de agosto del presente ano; y que asimismo, el articulo 115º del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que aprueban las exoneraciones deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles a su emision; En consecuencia con el MORDAZA mayoritario de la Sesion de Concejo; ACUERDAN: Articulo Primero.- Exonerar la adquisicion del terreno adyacente al MORDAZA de Abastos del distrito de Huasahuasi, del requisito de Concurso Publico por los fundamentos indicados en los considerandos del presente acuerdo y autoricese la adquisicion del terreno unico colindante con los predios de la Municipalidad a traves de la modalidad de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- Encarguese el MORDAZA de Seleccion indicado al Comite Permanente de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad para el tramite correspondiente. Articulo Tercero.- El presente Acuerdo de Concejo, debera ser comunicado a la Contraloria General de la Republica - Sede Huancayo, dentro de los diez (10) dias de aprobado y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. Comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17097

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Autorizan adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante adjudicacion directa con publicacion
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 125.02.MDS
VISTOS: El Informe Nº 22-2002/EZ-AA/MDS de Administracion, sobre nulidad de Oficio de Licitacion Publica Nº 001-2002CE-PVL/MDS para Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 301/2002/TC-S2, expedida con motivo de un recurso de revision interpuesto por la Empresa Alimentos Procesados S.A. (ALPROSA), se declaro la nulidad del MORDAZA de licitacion publica Nº 001-2002-CE/PVL/MDS para Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche hasta el estado de convocatoria de dicho MORDAZA de seleccion, disponiendo las modificaciones de las bases administrativas de acuerdo a los argumentos contenidos en la mencionada resolucion; Que, mediante Resolucion Municipal Nº 089-02-MDS de fecha 17 de junio del 2002, la Municipalidad Distrital de Socabaya, ante esta situacion imprevisible adopto por declarar en situacion de urgencia la compra de insumos del Programa del Vaso de Leche para los meses: MORDAZA, MORDAZA y

junio del presente ano; Que, por estas circunstancias correspondia proseguir con el MORDAZA de adquisicion de los referidos insumos del Programa del Vaso de Leche por los meses restantes, segun el monto referencial de la adquisicion a la correspondiente modalidad de MORDAZA de seleccion, de lo cual se tiene pendiente por adquirir, el equivalente a seis (6) meses de insumos que hacen un monto total de S/. 207,306,00; siendo asi y de conformidad con el Art. 26º Inc. b) de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, debe efectuarse la adquisicion por la modalidad de Adjudicacion Directa con Publicacion; Dicha modalidad de seleccion esta prevista en el Art. 17º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo cual se establece que esta modalidad se aplica dentro de los margenes que establece la Ley Anual de Presupuesto; de similar modo lo establece el Art. 14º acapite 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de persistirse en la adquisicion de los insumos del Vaso de Leche mediante la modalidad de Licitacion Publica, se estaria incurriendo en causal de nulidad del MORDAZA de seleccion convocado por el Comite Especial mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano el 3 de agosto del 2002 y en el diario "Arequipa Al Dia" con fecha 4 de agosto del ano en curso. Que ante esta situacion, cualquier postor puede hacer MORDAZA su derecho impugnando la modalidad del MORDAZA de seleccion, lo cual, retrasaria dicha adquisicion en perjuicio de los beneficiarios del aludido programa; Que, en este contexto, el Art. 26º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el titular del pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos. La Resolucion que declara la nulidad de oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion, bajo responsabilidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades es competencia de la Alcaldia dictar Decretos y Resoluciones, con sujecion a las Leyes, Ordenanzas y Edictos vigentes y estando a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y al Informe Nº 22-2002-EZ-AA/MDS de Asesoria Legal Externa; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR, la NULIDAD DE OFICIO de la Licitacion Publica Nº 001-2002-CE-PVL/MDS para Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- SE DISPONE, adquirir bajo la modalidad de Adjudicacion Directa con Publicacion, Insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya, de conformidad con los fundamentos legales expuestos en la presente Resolucion. Tercero.- SE DISPONE, que mediante Resolucion de Alcaldia se designe un MORDAZA Comite Especial para la Adquisicion de Insumos del Programa del Vaso de Leche, bajo la modalidad establecida en el articulo anterior. Cuarto.- Que la Oficina de Secretaria General notifique la presente Resolucion dentro del plazo que establece la Ley Nº 27444. Dada en la MORDAZA Consistorial de Socabaya, en el ano dos mil dos, mes de septiembre, a los seis dias. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17093

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