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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (26/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

Pág. 230518 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de setiembre de 2002 ción de los procesos de selección, requieren obligatoria- mente de un Informe técnico-legal previo, emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la entidad; Que, el Informe Nº 051-02-DDU/MDH, de fecha 25 de julio del presente año, remitido por el Ing. Civil, Segundo Sánchez Zegarra, en su condición de Jefe de la Oficina de Desarrollo Urbano de la Municipalidad, en cuyas reco- mendaciones expresa que el terreno adyacente al Merca- do de Abastos es un terreno único, por lo que no es posible llevar adelante un Proceso de Selección regular, en con- secuencia, opina que la adquisición del terreno en men- ción debe ser Exonerada del Proceso de Selección y se adquiera a través del Proceso de Menor Cuantía; esta opi- nión es compartida por el Asesor Legal de la Municipalidad, abogado Manuel Márquez Acosta, a través del Informe Nº 013-2002-DAL/MDH, de fecha 2 de agosto del presente año; y que asimismo, el artículo 115º del mismo cuerpo legal establece que las resoluciones que aprueban las exo- neraciones deberán ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez días hábiles a su emisión; En consecuencia con el voto mayoritario de la Sesión de Concejo; ACUERDAN: Artículo Primero.- Exonerar la adquisición del terreno adyacente al Mercado de Abastos del distrito de Huasahua- si, del requisito de Concurso Público por los fundamentos indicados en los considerandos del presente acuerdo y autorícese la adquisición del terreno único colindante con los predios de la Municipalidad a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- Encárguese el Proceso de Selec- ción indicado al Comité Permanente de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad para el trámite corres- pondiente. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo de Concejo, deberá ser comunicado a la Contraloría General de la Re- pública - Sede Huancayo, dentro de los diez (10) días de aprobado y su publicación en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. Comuníquese, publíquese y cúmplase. HÉCTOR MARTÍNEZ TRINIDAD Alcalde 17097 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA Autorizan adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche median- te adjudicación directa con publicación RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 125.02.MDS VISTOS: El Informe Nº 22-2002/EZ-AA/MDS de Administración, sobre nulidad de Oficio de Licitación Pública Nº 001-2002- CE-PVL/MDS para Adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Tribunal de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado Nº 301/2002/TC-S2, expedida con motivo de un recurso de revisión interpuesto por la Empresa Alimentos Procesados S.A. (ALPROSA), se declaró la nulidad del proceso de licitación pública Nº 001-2002-CE/PVL/MDS para Adquisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche hasta el estado de convoca- toria de dicho proceso de selección, disponiendo las modi- ficaciones de las bases administrativas de acuerdo a los argumentos contenidos en la mencionada resolución; Que, mediante Resolución Municipal Nº 089-02-MDS de fecha 17 de junio del 2002, la Municipalidad Distrital de Socabaya, ante esta situación imprevisible adoptó por de- clarar en situación de urgencia la compra de insumos del Programa del Vaso de Leche para los meses: abril, mayo yjunio del presente año; Que, por estas circunstancias correspondía proseguir con el proceso de adquisición de los referidos insumos del Programa del Vaso de Leche por los meses restantes, se- gún el monto referencial de la adquisición a la corres- pondiente modalidad de proceso de selección, de lo cual se tiene pendiente por adquirir, el equivalente a seis (6) meses de insumos que hacen un monto total de S/. 207,306,00; siendo así y de conformidad con el Art. 26º Inc. b) de la Ley Nº 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, debe efectuarse la adqui- sición por la modalidad de Adjudicación Directa con Publica- ción; Dicha modalidad de selección está prevista en el Art. 17º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo cual se establece que esta modalidad se aplica dentro de los már- genes que establece la Ley Anual de Presupuesto; de si- milar modo lo establece el Art. 14º acápite 3) del Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de persistirse en la adquisición de los insumos del Vaso de Leche mediante la modalidad de Licitación Pública, se estaría incurriendo en causal de nulidad del proceso de selección convocado por el Comité Especial mediante publicación en el Diario Oficial El Peruano el 3 de agosto del 2002 y en el diario "Arequipa Al Día" con fecha 4 de agosto del año en curso. Que ante esta situación, cualquier postor puede hacer valer su derecho impugnan- do la modalidad del proceso de selección, lo cual, retrasa- ría dicha adquisición en perjuicio de los beneficiarios del aludido programa; Que, en este contexto, el Art. 26º del Texto Único Orde- nado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el titular del pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad, según co- rresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolu- ción recaída sobre los recursos impugnativos. La Resolu- ción que declara la nulidad de oficio deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades es compe- tencia de la Alcaldía dictar Decretos y Resoluciones, con sujeción a las Leyes, Ordenanzas y Edictos vigentes y estando a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM y al Informe Nº 22-2002-EZ-AA/MDS de Asesoría Legal Externa; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR, la NULIDAD DE OFICIO de la Licitación Pública Nº 001-2002-CE-PVL/MDS para Adqui- sición de Insumos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Segundo.- SE DISPONE, adquirir bajo la modalidad de Adjudicación Directa con Publicación, Insumos del Pro- grama del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Socabaya, de conformidad con los fundamentos legales expuestos en la presente Resolución. Tercero.- SE DISPONE, que mediante Resolución de Alcaldía se designe un nuevo Comité Especial para la Ad- quisición de Insumos del Programa del Vaso de Leche, bajo la modalidad establecida en el artículo anterior. Cuarto.- Que la Oficina de Secretaría General notifi- que la presente Resolución dentro del plazo que establece la Ley Nº 27444. Dada en la Casa Consistorial de Socabaya, en el año dos mil dos, mes de septiembre, a los seis días. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS TEJADA PINTO Alcalde 17093