Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2003 (07/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 242340

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2003

Designan funcionarios encargados de manejar las cuentas bancarias de la municipalidad en el Banco de la Nacion
ACUERDO Nº 000025
Callao, 31 de marzo de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO Visto en Sesion celebrada el 31 de marzo del 2003, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores, en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades y Reglamento Interior aprobado por Edicto Nº 01-96-MPC; ACUERDA: 1. Dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 000032002 del 31 de enero del 2002. 2. Designar a partir de la fecha como funcionarios autorizados para que en representacion de la Municipalidad Provincial del Callao, manejen las cuentas bancarias en el Banco de la Nacion, a los siguientes funcionarios: TITULARES: - Sr. CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Administracion - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Tesoreria SUPLENTES: - Sr. Dr. MORDAZA Crespo MORDAZA Director Municipal - Srta. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora General de Administracion Tributaria y Rentas. 3. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 06727

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA
Autorizan contratacion del servicio de impresion de cuponeras de pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales y de servicio de mensajeria mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2003-CM-MDB
MORDAZA, 13 de febrero de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA Visto en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en el articulo 191º que las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, segun Informe Nº 005-2003-GR/MDB de la Gerencia de Rentas de fecha 13 de febrero del 2003, se indica que de conformidad con las disposiciones de la Ley de Tributacion Municipal aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 776, el 28 de febrero de 2003 vence el plazo para el pago del Impuesto Predial del presente ejercicio gravable, oportunidad en que tambien se realiza la cobranza de los Arbitrios Municipales por concepto de Limpieza Publica, Relleno Sanitario, Parques y Jardines; Que, siendo el primer gobierno municipal y teniendo en consideracion que el distrito de MORDAZA fue creado por Ley Nº 27195 - Ley de Demarcacion Territorial de la provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, iniciando sus operaciones a partir del presente ejercicio, lo cual motivo que no se adoptara oportunamente las acciones necesarias para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2003, no incluyendo en el mismo la actividad senalada precedentemente, para asi ejecutar el MORDAZA de seleccion correspondiente, y efectuar tal actividad, por lo que es necesario adoptar los mecanismos legales que permitan a la Municipalidad cumplir con la emision oportuna de la Cuponera de Pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, asi como su distribucion oportuna a los contribuyentes del distrito de MORDAZA, aplicando el MORDAZA normativo excepcional que fijan las normas de Contratacion y Adquisicion del Estado; Que, los cobros por concepto de los tributos MORDAZA senalados se realizaran mediante Cuponeras que deberan contener la Hoja Resumen de Autoavaluo, indicando el monto a pagar por el Impuesto Predial; la Hoja de Predio MORDAZA y la Hoja de Liquidacion de los Arbitrios Municipales, senalando las tasas aplicables correspondientes al ano fiscal vigente y que se remiten a los contribuyentes por unica vez, por lo que se obtienen en una sola contratacion el servicio de procesamiento de la base de datos de los contribuyentes, aplicando los calculos respectivos de conformidad con los valores arancelarios y unitarios que senala la CONATA, impresion de las mismas que para el presente ano, se estima como valor referencial la suma de S/. 148,800, lo que conlleva a la convocatoria de una Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion del Servicio MORDAZA senalado, cuyo MORDAZA de seleccion abarcaria un plazo mayor al previsto para la distribucion de las referidas cuponeras, no permitiendo este hecho que los contribuyentes puedan realizar oportunamente sus pagos, lo que se traduciria en una deficiente recaudacion poniendo en peligro la prestacion de los servicios basicos a la comunidad de Belen; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece en el articulo 21º que: "se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente, la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo. Esta situacion faculta a la Entidad a la Adquisicion o Contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, el articulo 19º inciso c) de la MORDAZA MORDAZA citada establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia declaradas conforme a Ley; y el articulo 20º de la misma MORDAZA, establece que las adquisiciones MORDAZA indicadas se realizan mediante el MORDAZA de Menor Cuantia; Que, de conformidad con lo el inciso c) del articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la formalidad de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa se aprobara mediante Acuerdo de Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano y remitido a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando al Informe Nº 007-2003-AL-MDB de fecha 13 de febrero del 2003, de la Oficina de Asesoria Legal y al Informe Nº 005-2003-GR-MDB de la Gerencia de Rentas de fecha 13 de febrero del 2003 y de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, el Concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.