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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G34/G39/G38/G39/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 16 de agosto de 2003 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1281-2003-MP-FN Lima, 15 de agosto de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjun- to Provincial en el Distrito Judicial de Huánuco-Pasco,en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Pe-nal de Huánuco, lo que hace necesario cubrirlaprovisionalmente; Que, la doctora Juana Andrea Beraun Barrantes, Fiscal Adjunta Superior Provisional de la Fiscalía Superior MixtaDescentralizada de Pasco, ha solicitado cubrir la citada pla-za, resultando atendible lo solicitado. Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Juana Andrea Beraun Barrantes, como FiscalAdjunta Superior Provisional de la Fiscalía Superior MixtaDescentralizada de Pasco, Distrito Judicial de Huánuco-Pasco, materia de la Resolución Nº 100-2001-MP-FN, defecha 16 de marzo del 2001. Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora Juana An- drea Beraun Barrantes, como Fiscal Adjunta Provincial Pro-visional del Distrito Judicial de Huánuco-Pasco, en el Des-pacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Huánu-co. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Ju-dicial de Huánuco-Pasco, Gerencia Central de Perso-nal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal men-cionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15398 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1282-2003-MP-FN Lima, 15 de agosto de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provincial en el Distrito Judicial de Junín, en el Despacho de la Fisca-lía Provincial Mixta de Tayacaja (ubicada en el Módulo Bá-sico de Justicia de Tayacaja), lo que hace necesario cubrir-la provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Carlos Claudio Anaya Borda, como Fiscal Ad-junto Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixtade Gran Chimú, Distrito Judicial de La Libertad, materia dela Resolución Nº 1218-2003-MP-FN, de fecha 4 de agostodel 2003. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Carlos Claudio Anaya Borda, como Fiscal Provincial Provisional del Distri-to Judicial de Junín, en el Despacho de la Fiscalía Provin-cial Mixta de Tayacaja. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a los Fiscales Superiores Decanos de los Dis-tritos Judiciales de Junín y La Libertad, Gerencia Centralde Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscalmencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 15399/G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INDECI /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G2D /G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 250-2003-INDECI 14 de agosto de 2003 VISTOS; el Informe Técnico Nº 025-2003-INDECI/12.1, de 14.JUL.2003, de la Dirección Nacional de Logística y elInforme Legal Nº 038-2003-INDECI/5.0 de la Oficina deAsesoría Jurídica, sus antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias, el INDECI es el enterector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil,correspondiéndole brindar atención de emergencia, propor-cionando apoyo inmediato a la población afectada por de-sastres; Que, el inciso c) del artículo 19º y artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, concordados con el artículo105º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, modificado por el Decreto Supre-mo Nº 079-2001-PCM, establecen que están exonera-dos de los procesos de selección respectivos, las contra-taciones y adquisiciones que se realicen en situaciónde emergencia o de urgencia declaradas conforme aley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por elDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y los artículos 108ºy 113º al 116º del Reglamento de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, se considera situaciónde urgencia cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los ser-vicios esenciales o de las operaciones productivas quela Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a laEntidad a la adquisición o contratación de los bienes,servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, segúnsea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso deselección que corresponda; Que, el artículo 20º de la mencionada Ley, concordante con los artículos 105º y 113º al 116º del Reglamento aco-tado, establecen que la exoneración en el caso de una si-tuación de urgencia se aprobará mediante Resolución delTitular del Pliego, siendo esta facultad indelegable, debien-do sustentarse además en un Informe Técnico Legal pre-vio, emitido por las Áreas Técnica y de Asesoría Jurídicade la Entidad; Que, en cumplimiento del Plan Anual de Adquisicio- nes del INDECI, se efectuó la Primera Convocatoria dela Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-INDECI, parala adquisición de combustible, la misma que con fecha23.MAY.2003 fue declarada desierta por falta de posto-res, por lo que se procedió a realizar una segundaconvocatoria, que en consideración a los plazos esta-blecidos en la normatividad vigente, requeriría aproxi-madamente de 90 días útiles para completar la suscrip-ción del nuevo contrato y contar con nuevo proveedorque suministre el combustible. Sin embargo, según elInforme Técnico Nº 025-2003-INDECI/12.1, de fecha14.JUL.2003, emitido por la Dirección Nacional de Lo-gística, el plazo de duración del contrato vigente desuministro de combustible celebrado entre la empresaServiautos Tiki S.A.C e INDECI está por concluir, lo quetraería como consecuencia que el INDECI quede sinabastecimiento de combustible, afectando la moviliza-ción de los automóviles y camiones para la prevencióny atención de emergencias. Por lo tanto, en virtud a laperentoriedad que demanda el abastecimiento de com-