Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2003 (16/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 16 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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bustible para las unidades moviles de INDECI, es necesario declarar en situacion de urgencia la contratacion del suministro de combustible, consistente en 2,100 galones de gasolina de 90 octanos a un precio por galon S/. 9.29, por un total de S/. 19,509.00; 5,700 galones de gasolina de 97 octanos, a un precio por galon de S/. 10.89, por un total de S/. 62,073.00; y, 2,700 galones de Diesel 2, a un precio por galon de S/. 7.23, por un total de S/. 19,521.00, siendo en consecuencia el valor referencial de S/. 101,103.00 (Ciento un mil ciento tres y 00/100 nuevos soles), exonerando a la contratacion de dicho suministro, del MORDAZA de seleccion por licitacion publica nacional; Que, en la situacion descrita se configuran los presupuestos legales para declarar en situacion de urgencia la contratacion del suministro de combustible, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las adquisiciones que se realicen mediante exoneracion por situacion de urgencia se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, que se efectuara mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Logistica a traves del Informe Tecnico Nº 025-2003-INDECI/12.1 de la Unidad de Abastecimiento como Area Tecnica, el Memorandum Nº 1384-2003-INDECI/12.0 y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº 038-2003-INDECI/5.0; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por

Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA la contratacion del suministro de combustible, por el plazo de 90 dias que demande la realizacion del MORDAZA MORDAZA, desde su convocatoria hasta la prestacion del MORDAZA servicio de suministro, de acuerdo a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- EXONERAR del MORDAZA de Licitacion Publica Nacional y autorizar a la Direccion Nacional de Logistica para que proceda a efectuar la contratacion del suministro de combustible a que se refiere el articulo precedente mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por el valor referencial de S/. 101,103.00 ( Ciento un mil ciento tres y 00/100 nuevos soles) con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno. Articulo Tercero.- Disponer que la Direccion Nacional de Logistica se encargue de realizar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del INDECI, asi como la remision de una MORDAZA a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario de su expedicion. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion al Archivo General del INDECI y remita MORDAZA a la Direccion Nacional de Logistica, Oficina de Administracion y a la Oficina de Asesoria Juridica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe 15416

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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