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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G35/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de diciembre de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G75/G64/G69/G65/G6E/G63/G69/G61/G73 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G71/G75/G65/G20/G65/G6C/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 395-2003-PRES. Huacho, 3 de diciembre del 2003 VISTOS: La Resolución Ejecutiva Regional Nº 383- 2003-PRES; y, CONSIDERANDO:Que, es misión de los Gobiernos Regionales el organi- zar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a suscompetencias exclusivas, compartidas y delegadas, en elmarco de las políticas nacionales y sectoriales, para con-tribuir al desarrollo integral sostenible de la región; Que, por la Resolución Ejecutiva Regional de Vistos, se convocó la realización de las Audiencias Públicas Re-gionales que ordena la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales, conformándose además la Comisión encargada desu organización y ejecución; Que, la comisión en mención ha remitido el proyecto del Reglamento de las Audiencias Públicas Regionales parasu correspondiente aprobación, el mismo que establece yregula los mecanismos y procedimientos a través de loscuales el Gobierno Regional de Lima realiza las Audien-cias Públicas Regionales; Que, corresponde a la Presidencia Regional aprobar el proyecto en mención de conformidad con lo dispuesto porel inciso v) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales; Con la conformidad de la Gerencia General Regional, del Gerente Regional de Desarrollo Social y la visación dela Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobier-no Regional de Lima; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Audien- cias Públicas Regionales que convoque el Gobierno Re-gional de Lima, conforme lo dispone el artículo 24º de laLey Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867; elmismo que en anexo forma parte de la presente Resolu-ción Ejecutiva Regional. Artículo Segundo.- Ordenar a la Comisión designada por la Resolución Ejecutiva Regional Nº 383-2003-PRESse encargue de la publicación y difusión del Reglamentoaprobado por la presente Resolución Ejecutiva Regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 23528 /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G53/G75/G62/G67/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G64/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G2C/G20/G70/G61/G73/G69/G76/G6F/G20/G79/G70/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G2D /G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 401-2003-PRES. Huacho, 11 de diciembre del 2003 VISTOS: El Acuerdo de Consejo Regional Nº 060-2003- CR/GRL; y, CONSIDERANDO:Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia; Que, por el Acuerdo de Consejo Regional de Vistos, se aprobó el Balance General de Transferencia de activos,pasivos y patrimonio del Gobierno Regional de Lima alConsejo Nacional de Descentralización de los Saldos Con- tables al 31 de diciembre del 2002, que corresponden a lajurisdicción de Lima Metropolitana que en anexo forma partedel citado Acuerdo de Consejo Regional, autorizando ade-más al Presidente Regional para que por la presente Re-solución Ejecutiva Regional ordene la realización de lasacciones administrativas contenidas en el artículo segun-do de dicho Acuerdo; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Subgerencia Regional de Administracióny de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica delGobierno Regional de Lima; En ejercicio de la facultad contenida en el inciso a) del artículo 21 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales,Ley Nº 27867; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Encargar a la Oficina de Conta- bilidad de la Subgerencia Regional de Administración efec-tuar la transferencia contable del activo, pasivo y patrimo-nio a la Municipalidad Metropolitana a través del ConsejoNacional de Descentralización, en presencia de un Nota-rio Público. Artículo Segundo.- Autorizar a la Subgerencia Regio- nal de Administración para que a través de la Oficina deContabilidad efectúe el registro contable de la transferen-cia señalada en el artículo anterior; bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- Autorizar a la Oficina de Contabilidad de la Subgerencia de Administración que los recursos delCanon y Sobrecanon que le corresponde transferir a laMunicipalidad de Lima Metropolitana deben ser deposita-dos en una cuenta en Bancos como depósitos sujetos arestricción, coordinando con la Dirección General de Teso-ro Público sobre el destino de los indicados fondos públi-cos, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- Ordenar a la Subgerencia Regional de Administración que remita copia fedateada de la pre-sente Resolución Ejecutiva Regional al Consejo Nacionalde Descentralización, a la Contaduría Pública de la Na-ción, a la Contraloría General de la República, al Ministeriode Economía y Finanzas y se publique en el Diario OficialEl Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 23530 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G34/G30/G30/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G52/G65/G2D /G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F/G2D/G50/G52/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G69/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G6F/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 403-2003-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 17 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 400-2003- Región Callao-PR del 16 de diciembre del 2003, publicadael día 17 del mismo mes y año, el Gobierno Regional delCallao dio por concluido el nombramiento del abogado NI-VARDO FRANCISCO CANO RIVERA, como ProcuradorPúblico del Gobierno Regional del Callao, por no habercumplido con informar permanentemente al Consejo Re-gional, del estado de las acciones judiciales en defensa delos derechos e intereses del Estado a nivel regional, con-ducta que constituye negligencia grave pues incumple elartículo 78º de la Ley Nº 27867, así como el inciso c) delartículo 7º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS; Que, en el capítulo II, artículo 5º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS del 6 de febrero del 2003 se señala quede conformidad con el artículo 44º de la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, los Procuradores Pú-