Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2003 (23/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 23 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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ciones que se hubieran pactado con o entre partes independientes en operaciones comparables. 2) El metodo del precio de reventa Consiste en determinar el valor de MORDAZA de adquisicion de bienes y servicios en que incurre un comprador respecto de su parte vinculada, los que luego son objeto de reventa a una parte independiente, multiplicando el precio de reventa establecido por el comprador por el resultado que proviene de disminuir, de la unidad, el margen de utilidad bruta que habitualmente obtiene el citado comprador en transacciones comparables con partes independientes o en el margen que habitualmente se obtiene en transacciones comparables entre terceros independientes. El margen de utilidad bruta del comprador se calculara dividendo la utilidad bruta entre las ventas netas. 3) El metodo del costo incrementado Consiste en determinar el valor de MORDAZA de bienes y servicios que un proveedor transfiere a su parte vinculada, multiplicando el costo incurrido por tal proveedor, por el resultado que proviene de sumar a la unidad el margen de costo adicionado que habitualmente obtiene ese proveedor en transacciones comparables con partes independientes o en el margen que habitualmente se obtiene en transacciones comparables entre terceros independientes. El margen de costo adicionado se calculara dividendo la utilidad bruta entre el costo de ventas. 4) El metodo de la particion de utilidades Consiste en determinar el valor de MORDAZA de bienes y servicios a traves de la distribucion de la utilidad global, que proviene de la suma de utilidades parciales obtenidas en cada una de las transacciones entre partes vinculadas, en la proporcion que hubiera sido distribuida con o entre partes independientes, teniendo en cuenta, entre otros, las ventas, gastos, costos, riesgos asumidos, activos implicados y las funciones desempenadas por las partes vinculadas. 5) El metodo residual de particion de utilidades Consiste en determinar el valor de MORDAZA de bienes y servicios de acuerdo a lo senalado en el numeral 4) de este inciso, pero distribuyendo la utilidad global de la siguiente forma: (i) Se determinara la utilidad minima que corresponda a cada parte vinculada, mediante la aplicacion de cualquiera de los metodos aprobados en los numerales 1), 2), 3), 4) y 6) de este inciso, sin tomar en cuenta la utilizacion de intangibles significativos. Se determinara la utilidad residual disminuyendo la utilidad minima de la utilidad global. La utilidad residual sera distribuida entre las partes vinculadas, tomando en cuenta, entre otros elementos, los intangibles significativos utilizados por cada uno de ellos, en la proporcion que hubiera sido distribuida con o entre partes independientes

tes vinculadas, en base a los metodos y criterios establecidos por este articulo y el reglamento. Mediante Decreto Supremo se dictaran las disposiciones relativas a la forma y procedimientos que deberan seguirse para la celebracion de este MORDAZA de Acuerdos. g) Declaracion Jurada y otras obligaciones formales Los contribuyentes sujetos al ambito de aplicacion de este articulo deberan presentar anualmente una declaracion jurada informativa de las transacciones que realicen con partes vinculadas o con sujetos residentes en territorios o paises de baja o nula imposicion, en la forma, plazo y condiciones que establezca la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT. La documentacion e informacion detallada por cada transaccion, cuando corresponda, que respalde el calculo de los precios de transferencia, la metodologia utilizada y los criterios considerados por los contribuyentes que demuestren que las rentas, gastos, costos o perdidas se han obtenido en concordancia con los precios o margenes de utilidad que hubieran sido utilizados por partes independientes en transacciones comparables, debera ser conservada por los contribuyentes, debidamente traducida al idioma castellano, si fuera el caso, durante el plazo de prescripcion. Para tal efecto, los contribuyentes deberan contar con un Estudio Tecnico que respalde el calculo de los precios de transferencia. El reglamento precisara la informacion minima que debera contener el indicado Estudio segun el supuesto de que se trate conforme al inciso a) del presente articulo. La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, a efecto de garantizar una mejor administracion del impuesto, podra exceptuar de la obligacion de presentar la declaracion jurada informativa, recabar la documentacion e informacion detallada por transaccion y/o de contar con el Estudio Tecnico de precios de transferencia, excepto en los casos de transacciones que se hayan realizado con residentes de paises o territorios de baja o nula imposicion. En estos casos, tratandose de enajenacion de bienes el valor de MORDAZA no podra ser inferior al costo computable. h) MORDAZA de Interpretacion Para la interpretacion de lo dispuesto en este articulo, seran de aplicacion las Guias sobre Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organizacion para la Cooperacion y el Desarrollo Economico - OCDE, en tanto las mismas no se opongan a las disposiciones aprobadas por esta Ley." Articulo 23º.- Renta bruta de MORDAZA categoria Incorporese, como inciso f) del Articulo 34º de la Ley, los siguientes textos: "f) Los ingresos obtenidos por la prestacion de servicios considerados dentro de la cuarta categoria, efectuados para un contratante con el cual se mantenga simultaneamente una relacion laboral de dependencia." Articulo 24º.- Renta MORDAZA de MORDAZA categoria Incorporese como MORDAZA parrafo del Articulo 36º de la Ley, el siguiente texto: "Las perdidas de capital originadas en la enajenacion de inmuebles seguiran el tratamiento previsto en el Articulo 49º de la presente ley, salvo en los siguientes casos en los cuales no existira reconocimiento de perdidas: 1) Si la enajenacion se realiza con partes vinculadas con el contribuyente o a traves de un tercero cuyo proposito sea encubrir una operacion entre personas vinculadas. 2) Cuando se produzca la readquisicion, en cualquier modalidad, del inmueble materia de enajenacion." Articulo 25º.- Gastos deducibles de la tercera categoria Sustituyanse el encabezado del primer parrafo del Articulo 37º, el MORDAZA parrafo del inciso a), los incisos h), i),

(ii)

6) El metodo del margen neto transaccional Consiste en determinar la utilidad que hubieran obtenido partes independientes en operaciones comparables, teniendo en cuenta factores de rentabilidad basados en variables, tales como activos, ventas, gastos, costos, flujos de efectivo, entre otros. Mediante Decreto Supremo se regularan los criterios que resulten relevantes para establecer el metodo de valoracion mas apropiado. f) Acuerdos Anticipados de Precios La Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT solamente podra celebrar Acuerdos Anticipados de Precios con contribuyentes domiciliados que participen en las operaciones internacionales a que se refiere el numeral 1) del inciso a) de este articulo, en los que se determinara el precio de las diferentes transacciones que realicen con sus par-

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