Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2003 (18/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 44

PÆg. 237570 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de enero de 2003 Visto, el Oficio Nº 20524-2002-IN-1702 de fecha 9.DIC.2002, mediante el cual el Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC, pro- pone la aprobación de las Bases del Proceso de Con- vocatoria de los establecimientos de salud públicos o privados para la evaluación de la salud mental de las personas que requieran la Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, formulada por la Comi- sión Técnica Especial nombrada mediante R.M. Nº 1040-2002-IN del 12.JUN.2002. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Supremo Nº 015-2002-IN de 8.NOV.2002, que aprueba el Reglamento para la Obten- ción de la Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, precisa que el Ministerio del Interior a través de la DICSCAMEC es el órgano competente para registrar a los establecimientos de salud públicos o privados autori- zados por el Ministerio de Salud para expedir Certificados de Salud Mental; Que, la R.M. Nº 2188 -2002-IN/1701 de 30.NOV.2002, que aprueba la Directiva Nº 02-2002-IN-1701 de 30.NOV.2002 de Normas y Procedimientos para el Exa- men de Salud Mental de los postulantes a obtener la Licen- cia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, establece los procedimientos para la evaluación de la sa- lud mental de los postulantes, como requisito indispensa- ble para la obtención de la Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil; Que, es necesario normar las Bases del Proceso de Convocatoria para proceder al correspondiente registro en la DICSCAMEC, de los establecimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud, para ex- pedir Certificados de Salud Mental, con la finalidad de ob- tener la Licencia de Posesión y Uso de Arma de Fuego de Uso Civil; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Mu- nición y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC; lo opinado por la Oficina Sectorial de Planificación y la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Orgánica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las Bases del Proceso de Convocatoria para el correspondiente registro en la Di- rección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC, de los establecimientos de salud públi- cos o privados autorizados por el Ministerio de Salud, para expedir Certificados de Salud Mental, con la fina- lidad de obtener la Licencia de Posesión y Uso de Arma de Fuego de Uso Civil. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección General de Con- trol de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Muni- ción y Explosivos de Uso Civil DICSCAMEC, para llevar a cabo el Proceso de Convocatoria y registro de los estable- cimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud, para expedir Certificados de Salud Mental , para la Obtención de la Licencia de Posesión y Uso de Armas de Fuego de Uso Civil, dentro del plazo de quince (15) días de aprobada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior BASES DE CONVOCATORIA PARA REGISTRAR EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, CON- TROL DE ARMAS, MUNICIÓN Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL, LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLI- COS O PRIVADOS DEBIDAMENTE AUTORIZADOS POR EL MINISTERIO DE SALUD, PARA EXPEDIR CERTIFI- CADOS DE SALUD MENTAL, CON LA FINALIDAD DE OBTENER LA LICENCIA DE POSESIÓN Y USO DE AR- MA DE FUEGO DE USO CIVILOBJETO Establecer las Bases de Convocatoria de los estableci- mientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud, para obtener su registro en la Direc- ción General de Control de Servicios de Seguridad, Con- trol de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil, a efecto de expedir Certificados de Salud Mental, a los usuarios que soliciten licencia inicial de posesión y uso de arma de fuego de Uso Civil, renovación y transferencia. I. REQUISITOS1) De la documentacióna. Solicitud en formulario impreso. b. Copia de la Resolución de Autorización para expedir Certificados de Salud Mental emitida por el Ministerio de Salud. c. Copia de la Licencia de Funcionamiento Municipal con indicación taxativa del giro del establecimiento. d. Copia simple del RUC o RUS del establecimiento de Salud. e. Croquis o plano del establecimiento de Salud identi- ficando los ambientes donde se desarrollará el Examen de Salud Mental. f. Manual de Procedimientos para el desarrollo del Exa- men de Salud Mental, en base a lo establecido en la Direc- tiva Nº 002-02-IN-1701 aprobado por R.M. Nº 2188-2002- IN/1701 del 30.Nov.2002. g. Recibo de pago al Banco de la Nación por derecho de acreditación por el monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la UIT. 2) Del personala. Nombre del Director responsable del establecimiento de salud y del jefe del área encargado del Examen de Sa- lud Mental. b. Relación nominal del personal de Psicólogos y Médi- cos Psiquiatras, inscritos en el respectivo Colegio Profe- sional, adjuntando la constancia de ser miembro hábil para ejercer la profesión. c. Nombre del encargado(a) de la Secretaría del área correspondiente. 3) De la infraestructura y equipo de cómputoa. Deberá de contar como mínimo con los siguientes ambientes: 1. Recepción y Secretaría. 2. Consultorio(s) para el Examen de Salud Mental indi- vidual o grupal. b) Una computadora con impresora y teléfono.4) Del material para el Examen de Salud Mentala. Ficha para la apertura de la Historia Clínica. b. Protocolo del Examen Mental. c. Batería completa de Instrumentos de Medición del Examen de Salud Mental, con sus respectivos protocolos de respuesta, indicado en las normas y procedimientos que establece la Directiva Nº 002-02-IN-1701 aprobada por R.M. Nº 2188-2002-IN/1701 del 30.NOV.2002. 5) Del horario de atenciónLos establecimientos de salud públicos o privados au- torizados por el Ministerio de Salud y registrados en la Di- rección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Control de Munición y Explosivos de Uso Civil, establecerán el horario de atención que deberá ser comunicado a la DICSCAMEC. II. DE LA EVALUACIÓN DE LOS EXPEDIENTESLos expedientes presentados por los establecimientos de salud públicos o privados serán evaluados para el re- gistro correspondiente, por una Comisión nombrada por la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Control de Munición y Explosivos de Uso, cuyo resultado será comunicado a los interesados