Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2003 (18/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

Pag. 237586

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de enero de 2003

cedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002PE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa EPESCA S.A., autorizacion de incremento de flota para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "BRAVO 3", de matricula Nº PS-0858-PM de 387.59 m3 a 431.59 m3, aplicando el derecho sobre el saldo de capacidad de bodega de 44 m3 reconocido por la administracion de acuerdo a lo resuelto en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 080-2002-PRODUCE/DNEPP de fecha 14 de octubre del 2002, para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con empleo de las redes de cerco de ½ (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.) de abertura minima de malla, destinadas al consumo humano indirecto. Articulo 2º.- La autorizacion otorgada para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "BRAVO 3", citada en articulo precedente, tendra un plazo de dieciocho (18) meses, contado a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion Directoral, vencido dicho plazo, la citada autorizacion caducara de pleno derecho, en caso de no haberse terminado la ejecucion de la ampliacion de la capacidad de bodega materia de la presente autorizacion, sin que sea necesario para ello la notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 3º.- Incorporar la autorizacion de incremento de flota otorgada por la presente autorizacion al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE. Articulo 4º.- Ejecutada la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera MORDAZA 3, la empresa EPESCA S.A. debera solicitar en un plazo MORDAZA de tres (3) meses, la modificacion de su permiso de pesca en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion MORDAZA mencionada. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 00930

Otorgan a personas naturales y empresa permisos de pesca para la extraccion de sardina, jurel, caballa y atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 165-2002-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 27 de diciembre del 2002 Vistos los escritos con registro Nº CE-02530002 de fechas 6,18 y 19 de noviembre de 2002, presentados por MORDAZA MORDAZA VERTIZ. CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido por el numeral 1 del literal c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, para el desarrollo de las actividades pesqueras las personas naturales y juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; Que de conformidad con el articulo 44º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca -, los permisos son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo

dispuesto por dicha Ley y en las condiciones que determina su Reglamento; Que mediante Resolucion Directoral Nº 090-2002-PE/ DNEPP de fecha 22 de marzo de 2002 se otorgo a MORDAZA MORDAZA VERTIZ autorizacion de incremento de flota, via sustitucion de igual capacidad de bodega de la embarcacion "DONA FANNY" con matricula Nº PT-3809CM, para la construccion de una embarcacion pesquera de 110 m3 de capacidad de bodega, RSW como sistema de preservacion a bordo, equipada con redes de cerco de 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud minima de abertura de malla, para la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA VERTIZ solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "MECHITA" con matricula Nº CE-20950-PM y de 110.00 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo, conforme a la autorizacion otorgada por la resolucion mencionada en el parrafo anterior y la extraccion del recurso anchoveta, sin precisar su destino; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente se constata que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que corresponde otorgar permiso de pesca para operar la embarcacion "MECHITA" en la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa para el consumo humano directo ; Que sin embargo, la solicitud de permiso de pesca para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta debe ser declarada improcedente por cuanto dicho recurso fue declarado plenamente explotado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE, limitandose el acceso cuando se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de flota existente en la indicada pesqueria, conforme lo dispuesto por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, lo cual no ha ocurrido en el presente caso, por cuanto la autorizacion de incremento de flota via sustitucion de la embarcacion pesquera "DONA FANNY" otorgada a la recurrente mediante Resolucion Directoral Nº 090-2002-PE/ DNEPP, se encuentra referida expresamente a los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 026-2002-PE/ DNEPP-Dch y contando con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a MORDAZA MORDAZA VERTIZ para operar la embarcacion pesquera denominada "MECHITA" con matricula Nº CE-20950-PM, de 110.00 m3 de volumen de capacidad de bodega, con sistema de preservacion RSW a bordo, equipada con red de cerco de 1 ½ pulgada (38 mm), para la extraccion de los recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas de la costa. Articulo 2º.- Declarar improcedente el extremo del petitorio referido al permiso de pesca para la extraccion del recurso anchoveta, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por el articulo 1º de la presente resolucion esta supeditado a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo y al pago por concepto de derechos de pesca. El incumplimiento del pago parcial o total en el plazo y condiciones establecidas determinara la suspension o caducidad del permiso de pesca, segun corresponda.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.