Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2003 (11/07/2003)


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a) Postes propios

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de MORDAZA de 2003

En MORDAZA, la instalacion y utilizacion de postes propios por parte de ALFATEL podria considerarse sustituto de la utilizacion de postes de TELEFONICA, en tanto que a traves de ellos la demandante podria prestar sus servicios sin necesidad de recurrir a una tercera empresa para colocar sus cables y equipos. Desde el punto de vista tecnico, esta alternativa podria considerarse valida, en tanto que el uso que le MORDAZA ALFATEL a sus propios postes seria similar al servicio en cuestion. Sin embargo, para determinar si un bien es sustituto de otro, no basta que la sustitucion sea tecnicamente factible, sino que resulta necesario determinar si existen posibilidades reales de sustitucion economica. Ello supone determinar si instalar postes propios resulta una alternativa economicamente viable para ALFATEL. Al respecto, si bien en algunos casos las municipalidades establecen limitaciones para el tendido de postes relacionadas con el ornato de las ciudades11 , no se tiene conocimiento que la Municipalidad Distrital de Ate, autoridad competente para establecer este MORDAZA de restricciones en la MORDAZA de Huaycan MORDAZA impuesto algun MORDAZA de limitacion para la instalacion de nuevos postes en su jurisdiccion12 , por lo que la instalacion de postes propios no enfrentaria esta limitacion. En cuanto a los plazos y costos relacionados con la instalacion de postes propios, el Cuerpo Colegiado considera que la misma no seria viable al menos en el corto plazo, pues los estudios tecnicos que deban elaborarse, las licencias que deben obtenerse, la negociacion de los contratos de adquisicion de los postes y la instalacion misma de la infraestructura pueden implicar plazos relativamente prolongados 13 . Asimismo, la instalacion de postes propios resulta mas costosa para un operador entrante que el arrendamiento de la infraestructura de postes de una tercera empresa que ya los tenga instalados. TELEFONICA ha senalado en sus alegatos que la adquisicion y obtencion de licencias y autorizaciones para dicha instalacion puede hacerse en paralelo, reduciendose asi el plazo requerido. Tambien, ha sostenido que no se ha definido cuanto demoraria la instalacion de postes propios. Asimismo, la demandada afirmo que no existe sustento para considerar que la instalacion de postes propios constituye un alternativa mas cara que el arrendar postes de una tercera empresa. Sin embargo, el Cuerpo Colegiado considera que lo relevante a efectos del analisis de sustitucion es determinar si existen hechos que limitan dicha sustitucion en un plazo razonable, dado que ello podria hacer que la sustitucion no fuera posible en lo economico. En tal sentido, MORDAZA las caracteristicas de la instalacion de una red de postes, los factores MORDAZA senalados limitarian la posibilidad de que ALFATEL instale postes propios en lo inmediato, lo que no significa que se trate de una opcion imposible, sino que dicha alternativa no podria darse en el corto plazo y que ello limita el nivel de sustitucion del servicio en cuestion. Igualmente, la instalacion de postes propios puede considerarse un costo hundido para una empresa que se dedica unicamente a la prestacion de servicios de television por cable, en tanto no podria darles otro uso alternativo si saliera del mercado. Esto resulta corroborado por el hecho de que casi la totalidad de empresas de television por cable que operan actualmente utilizan la infraestructura de postes de terceras empresas en lugar de optar por la instalacion de postes propios. Este hecho no tendria porque ser distinto en la MORDAZA de Huaycan, en especial MORDAZA las condiciones socio-economicas que actualmente existen en la misma. Sobre el particular, TELEFONICA ha sostenido en sus alegatos que existen empresas que han instalado su propia red de cables para prestar el servicio de television por cable (Yomel, Cable MORDAZA, Telecable Siglo XXI), lo que demostraria que es posible ingresar al MORDAZA realizando esas inversiones y que las mismas no son excesivamente onerosas. No obstante, debe precisarse que si bien existen empresas de television por cable que han instalado postes propios, se trata de un numero sumamente reducido ­cuatro de las 138 empresas que cuentan con concesion para prestar el servicio de television por cable en

el Peru-14 , por lo que no puede considerarse que tales casos MORDAZA lo comun sino solamente que se trata de una excepcion. Mas aun, si se tiene en cuenta que dichas empresas utilizan postes propios solo en una parte de su red y que para las otras partes de su red arriendan postes de terceras empresas, tal como lo reconoce la propia TELEFONICA en sus alegatos15 . Finalmente, cabe agregar que en sus alegatos TELEFONICA tambien afirmo que ALFATEL no ha mostrado apremio por utilizar sus postes durante el procedimiento y que hasta el momento no cuenta con infraestructura instalada, por lo que no podria prestar el servicio en el corto plazo. Asimismo afirmo que el informe instructivo habria concluido que se presentan economias de escala en la instalacion de postes propios y que para TELEFONICA el arrendamiento de sus postes presentaria deseconomias de escala, puesto que tendria que redimensionar su planta externa. Al respecto, el Cuerpo Colegiado considera que tales argumentos no son pertinentes para analizar el nivel de sustitucion por postes propios. Ademas, cree necesario precisar que el informe instructivo no ha senalado que la instalacion de postes propios presente economias de escala. De acuerdo con lo anterior, se concluye que los factores relacionados con el tiempo para la instalacion de postes propios, el caracter de costo hundido de la inversion en postes propios y la evidencia existente sobre uso de postes de terceras empresas por las operadoras de television por cable, llevan a la conclusion de que la utilizacion de postes propios no constituye un sustituto de la utilizacion del servicio en cuestion. b) Postes de otra empresa Las empresas concesionarias de distribucion electrica cuentan con una red de postes utilizados para el alumbrado publico de las ciudades. De acuerdo al MORDAZA legal, en cada MORDAZA o area de concesion solo puede existir una empresa de distribucion electrica que preste el servicio publico de suministro electrico. En el caso del distrito de Ate-Vitarte, la empresa concesionaria de distribucion electrica es Luz del Sur S.A.A. Los servicios de suministro de energia electrica al usuario final y alumbrado publico son prestados a tra-

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En el procedimiento seguido por la empresa V.O. Cable S.A. contra Luz del Sur S.A.A. relacionado tambien con el uso de postes para prestar el servicio de television por cable en Huaycan, dicha Municipalidad senalo que no existia prohibicion para instalar nuevos postes en el distrito de Ate-Vitarte, pero que debian cumplirse las disposiciones contenidas en el Reglamento Nacional de Construccion. Si bien en el presente procedimiento no se ha podido obtener informacion al respecto de parte de dicha Municipalidad, a pesar de haberselo solicitado hasta en dos oportunidades, se considerara que lo anteriormente senalado por la Municipalidad de Ate-Vitarte no ha variado. Este aspecto tambien ha sido tomado en cuenta por la agencia antimonopolio de la Republica de Venezuela: "En el corto plazo, los usuarios de este servicio, las empresas del sector de telecomunicaciones, no tienen otras alternativas para la instalacion de sus redes, aunque en el mediano o largo plazo, pudiesen construir sus propios postes y asi eliminar su dependencia de los postes propiedad de las empresas electricas. Lo anterior significa que, en el corto plazo, no existen otros sistemas que puedan competir con las redes de postes que posean las companias electricas, lo cual es equivalente a decir que no existen otros productos que esten incluidos en el mismo MORDAZA producto." Resolucion Nº SPPLC/034-99, del 29 de junio de 1999, emitida por la Superintendencia para la Promocion y Proteccion de la Libre Competencia de la Republica de Venezuela. De acuerdo a l Registro de la Unidad Especializada en Concesiones en Telecomunicaciones, a agosto de 2002,138 empresas contaban con concesion para prestar el servicio de radiodifusion por cable. TELEFONICA senalo lo siguiente: "Asimismo, en la MORDAZA de Ica la empresa Cable MORDAZA ha instalado postes propios en algunas zonas de la MORDAZA de Ica para la prestacion del servicio de television por cable" (el subrayado es nuestro). Por otro lado, la empresa Telecable Siglo XXI solo tiene postes propios para los cables de acometida.

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