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PÆg. 247990 NORMAS LEGALES Lima, viernes 11 de julio de 2003 a) Postes propios En principio, la instalación y utilización de postes pro- pios por parte de ALFATEL podría considerarse sustituto de la utilización de postes de TELEFÓNICA, en tanto quea través de ellos la demandante podría prestar sus servi- cios sin necesidad de recurrir a una tercera empresa para colocar sus cables y equipos. Desde el punto de vistatécnico, esta alternativa podría considerarse válida, en tanto que el uso que le daría ALFATEL a sus propios pos- tes sería similar al servicio en cuestión. Sin embargo, para determinar si un bien es sustituto de otro, no basta que la sustitución sea técnicamente fac- tible, sino que resulta necesario determinar si existenposibilidades reales de sustitución económica. Ello su- pone determinar si instalar postes propios resulta una alternativa económicamente viable para ALFATEL. Al respecto, si bien en algunos casos las municipali- dades establecen limitaciones para el tendido de postes relacionadas con el ornato de las ciudades 11, no se tiene conocimiento que la Municipalidad Distrital de Ate, auto- ridad competente para establecer este tipo de restriccio- nes en la zona de Huaycán haya impuesto algún tipo delimitación para la instalación de nuevos postes en su ju- risdicción 12, por lo que la instalación de postes propios no enfrentaría esta limitación. En cuanto a los plazos y costos relacionados con la instalación de postes propios, el Cuerpo Colegiado con- sidera que la misma no sería viable al menos en el cortoplazo, pues los estudios técnicos que deban elaborarse, las licencias que deben obtenerse, la negociación de los contratos de adquisición de los postes y la instalaciónmisma de la infraestructura pueden implicar plazos rela- tivamente prolongados 13. Asimismo, la instalación de postes propios resulta más costosa para un operadorentrante que el arrendamiento de la infraestructura de postes de una tercera empresa que ya los tenga instala- dos. TELEFÓNICA ha señalado en sus alegatos que la adquisición y obtención de licencias y autorizaciones para dicha instalación puede hacerse en paralelo, reducién-dose así el plazo requerido. También, ha sostenido que no se ha definido cuánto demoraría la instalación de pos- tes propios. Asimismo, la demandada afirmó que no existesustento para considerar que la instalación de postes propios constituye un alternativa más cara que el arren- dar postes de una tercera empresa. Sin embargo, el Cuerpo Colegiado considera que lo relevante a efectos del análisis de sustitución es deter- minar si existen hechos que limitan dicha sustitución enun plazo razonable, dado que ello podría hacer que la sustitución no fuera posible en lo económico. En tal sen- tido, dadas las características de la instalación de unared de postes, los factores antes señalados limitarían la posibilidad de que ALFATEL instale postes propios en lo inmediato, lo que no significa que se trate de una opciónimposible, sino que dicha alternativa no podría darse en el corto plazo y que ello limita el nivel de sustitución del servicio en cuestión. Igualmente, la instalación de postes propios puede considerarse un costo hundido para una empresa que se dedica únicamente a la prestación de servicios de televi-sión por cable, en tanto no podría darles otro uso alterna- tivo si saliera del mercado. Esto resulta corroborado por el hecho de que casi la totalidad de empresas de televi-sión por cable que operan actualmente utilizan la infraes- tructura de postes de terceras empresas en lugar de op- tar por la instalación de postes propios. Este hecho notendría porqué ser distinto en la zona de Huaycán, en especial dadas las condiciones socio-económicas que actualmente existen en la misma. Sobre el particular, TELEFÓNICA ha sostenido en sus alegatos que existen empresas que han instalado su pro- pia red de cables para prestar el servicio de televisiónpor cable (Yomel, Cable Junior, Telecable Siglo XXI), lo que demostraría que es posible ingresar al mercado rea- lizando esas inversiones y que las mismas no son exce-sivamente onerosas. No obstante, debe precisarse que si bien existen em- presas de televisión por cable que han instalado pos-tes propios, se trata de un número sumamente reduci- do –cuatro de las 138 empresas que cuentan con con- cesión para prestar el servicio de televisión por cable enel Perú- 14, por lo que no puede considerarse que tales casos sean lo común sino solamente que se trata de unaexcepción. Más aún, si se tiene en cuenta que dichas empresas utilizan postes propios sólo en una parte de su red y que para las otras partes de su red arriendan pos-tes de terceras empresas, tal como lo reconoce la propia TELEFÓNICA en sus alegatos 15. Finalmente, cabe agregar que en sus alegatos TELE- FÓNICA también afirmó que ALFATEL no ha mostrado apremio por utilizar sus postes durante el procedimiento y que hasta el momento no cuenta con infraestructurainstalada, por lo que no podría prestar el servicio en el corto plazo. Asimismo afirmó que el informe instructivo habría concluido que se presentan economías de escalaen la instalación de postes propios y que para TELEFÓ- NICA el arrendamiento de sus postes presentaría dese- conomías de escala, puesto que tendría que redimensio-nar su planta externa. Al respecto, el Cuerpo Colegiado considera que tales argumentos no son pertinentes para analizar el nivel desustitución por postes propios. Además, cree necesario precisar que el informe instructivo no ha señalado que la instalación de postes propios presente economías deescala. De acuerdo con lo anterior, se concluye que los facto- res relacionados con el tiempo para la instalación de pos-tes propios, el carácter de costo hundido de la inversión en postes propios y la evidencia existente sobre uso de postes de terceras empresas por las operadoras de tele-visión por cable, llevan a la conclusión de que la utiliza- ción de postes propios no constituye un sustituto de la utilización del servicio en cuestión. b) Postes de otra empresa Las empresas concesionarias de distribución eléctri- ca cuentan con una red de postes utilizados para el alum- brado público de las ciudades. De acuerdo al marco le-gal, en cada zona o área de concesión sólo puede existir una empresa de distribución eléctrica que preste el ser- vicio público de suministro eléctrico. En el caso del distri-to de Ate-Vitarte, la empresa concesionaria de distribu- ción eléctrica es Luz del Sur S.A.A. Los servicios de suministro de energía eléctrica al usuario final y alumbrado público son prestados a tra- 12En el procedimiento seguido por la empresa V.O. Cable S.A. contra Luz del Sur S.A.A. relacionado también con el uso de postes para prestar el servi- cio de televisión por cable en Huaycán, dicha Municipalidad señaló que no existía prohibición para instalar nuevos postes en el distrito de Ate-Vitarte, pero que debían cumplirse las disposiciones contenidas en el Reglamento Nacional de Construcción. Si bien en el presente procedimiento no se ha podido obtener información al respecto de parte de dicha Municipalidad, a pesar de habérselo solicitado hasta en dos oportunidades, se considerará que lo anteriormente señalado por la Municipalidad de Ate-Vitarte no ha variado. 13Este aspecto también ha sido tomado en cuenta por la agencia antimono-polio de la República de Venezuela: “En el corto plazo, los usuarios de este servicio, las empresas del sector de telecomunicaciones, no tienen otras alternativas para la instalación de sus redes, aunque en el mediano o largo plazo, pudiesen construir sus propios postes y así eliminar su dependencia de los postes propiedad de las empresas eléctricas. Lo anterior significa que, en el corto plazo, no existen otros sistemas que puedan competir con las redes de postes que posean las compañías eléctricas, lo cual es equi- valente a decir que no existen otros productos que estén incluidos en el mismo mercado producto.” Resolución Nº SPPLC/034-99, del 29 de junio de 1999, emitida por la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia de la República de Venezuela. 14De acuerdo a l Registro de la Unidad Especializada en Concesiones enTelecomunicaciones, a agosto de 2002,138 empresas contaban con conce- sión para prestar el servicio de radiodifusión por cable. 15TELEFÓNICA señaló lo siguiente: “Asimismo, en la ciudad de Ica la em- presa Cable Junior ha instalado postes propios en algunas z onas de la ciudad de Ica para la prestación del servicio de televisión por cable” (el subrayado es nuestro) . Por otro lado, la empresa Telecable Siglo XXI sólo tiene postes propios para los cables de acometida.