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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (29/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 66

PÆg. 246972 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 licencia deberá notificar por escrito a la DGAC la nueva dirección de su domicilio. 63.23 Reconocimiento de licencias y habilita- ciones otorgadas a peruanos en el ex- tranjero. (a) La DGAC reconocerá las licencias y habilitacio- nes otorgadas en el extranjero a peruanos, siempre que éstas se encuentren vigentes. (b) En el caso de los ingenieros de vuelo que no cuentan con licencia peruana, deberán obtener resulta- do satisfactorio en la evaluación teórica del reglamentodel aire, así como de las regulaciones aplicables a la actividad aérea a realizar (Parte 121 ó 135). (c) Los requisitos y procedimiento de reconocimien- to, serán los aplicables por la DGAC para la expedición de licencias similares, contenidas en esta Parte. (d) La DGAC podrá determinar la obligación de rendir exámenes adicionales, en los casos que las condicio- nes de evaluación y otorgamiento de licencias de la au- toridad aeronáutica civil extranjera, no sean similares alas peruanas. (e) La DGAC se reserva el derecho de realizar las verificaciones del caso con la Autoridad Aeronáutica ex-tranjera. SUBPARTE C: NAVEGANTE DE VUELO63.51Requisitos del postulante: Generalida- des (a) Para ser elegible para una licencia de navegante vuelo, una persona debe contar con los siguientes re-quisitos: (1) Tener no menos de dieciocho (18) años y no más de sesenticinco (65) años de edad; (2) Poseer un certificado médico Clase I emitido bajo la Parte 67 dentro de los doce (12) meses antes de lafecha de postulación; y (3) Cumplir con los requerimientos de esta Subparte aplicables a la licencia y habilitación que él solicita. 63.53Requisitos de conocimientos (a) El postulante para una licencia de navegante de vuelo, debe pasar un examen teórico en la DGAC sobre lo siguiente: (1) Las disposiciones y reglamentos correspondien- tes al titular de la licencia de navegante de vuelo; losmétodos y procedimientos apropiados de los servicios de tránsito aéreo; (2) La influencia de la carga y de la distribución de la masa en la performance de la aeronave; (3) El uso de los datos de performance de despegue, de aterrizaje y de las otras operaciones, que incluiránlos procedimientos de control en vuelo de crucero; (4) La planificación operacional previa al vuelo y en ruta; la preparación y presentación de planes de vuelorequeridos por los servicios de tránsito aéreo; los pro- cedimientos apropiados de los servicios de tránsito aé- reo, los procedimientos de reglaje del altímetro; (5) Actuación humana correspondiente al navegante de vuelo; (6) La interpretación y aplicación de los informes me- teorológicos aeronáuticos, mapas y pronósticos; claves y abreviaturas; los procedimientos para obtener infor- mación meteorológica, antes del vuelo y en vuelo y usode la misma; altimetría; (7) Meteorología aeronáutica; climatología de las zo- nas pertinentes respecto a los elementos que tenganrepercusiones para la aviación; el desplazamiento de los sistemas de presión, la estructura de los frentes y el origen y características de los fenómenos del tiemposignificativo que afectan a las condiciones de despegue, al vuelo en ruta y al aterrizaje; (8) Los procedimientos de navegación a estima y la isobárica; la utilización de cartas aeronáuticas, radio- ayudas para la navegación aérea y sistemas de nave- gación de área; los requisitos específicos de navega-ción para los vuelos de larga distancia; (9) La utilización, limitación y estado de funciona- miento de los dispositivos de aviónica y de los instru-mentos necesarios para la navegación de la aerona- ve; (10) La utilización, precisión y confiabilidad de los sistemas de navegación empleados en las fases de sa-lida, vuelo en ruta y aproximación; la identificación de las radioayudas para la navegación; (11) Los principios, características y utilización de los sistemas de navegación autónomos y por referen- cias externas; manejo del equipo de a bordo; (12) Las definiciones, unidades y fórmulas utilizadas en la navegación aérea; (13) La interpretación y utilización de documentos aeronáuticos tales como las AIP, los NOTAM, los códi-gos y abreviaturas aeronáuticas y las cartas de proce- dimientos de vuelo por instrumentos para la salida, vuelo en ruta, descenso y aproximación; (14) Los principios de vuelo; (15) Los procedimientos y fraseología radiotelefóni- cos. (b) Para la expedición de la habilitación tipo inicial o adicional, el solicitante de la licencia de navegante devuelo deberá aprobar un curso en tierra de la aeronave en la cual se está calificando. 63.55 Requisitos en experiencia aeronáutica (a) El solicitante habrá realizado como mínimo dos- cientas (200) horas de vuelo en condiciones aceptables para la DGAC, desempeñando las funciones de nave- gante en aeronaves dedicadas a vuelos de travesía,que incluirán un mínimo de treinta (30) horas de vuelo nocturno. (b) Cuando el solicitante registre experiencia como piloto en vuelos de travesía, podrá acreditarse el 50% de estas horas como parte de las doscientas (200) ho- ras señaladas en el párrafo (a), pudiendo reconocersede esta forma hasta un máximo de cien (100) horas. (c) El solicitante presentará pruebas de haber deter- minado satisfactoriamente en vuelo la posición de la ae-ronave y de haber utilizado dicha información para la navegación de la aeronave: (1) De día, no menos de veinticinco (25) veces me- diante observaciones astronómicas en combinación con los sistemas de navegación autónomos o por referen-cias externas. 63.57 Requisitos de pericia.El solicitante habrá demostrado ante la DGAC su ca- pacidad para actuar como navegante de vuelo con ungrado de competencia apropiado a las atribuciones que la licencia de navegante confiere a su titular, y: (a) Demostrar buen juicio y aptitud para el vuelo; (b) Aplicar los conocimientos aeronáuticos; (c) Cumplir con sus obligaciones como parte inte- grante de la tripulación; y (d) Comunicarse de manera eficaz con los demás miembros de la tripulación de vuelo. 63.59 Subsanación del examen escrito o prác- tico después de ser desaprobado (a) El postulante para una licencia de navegante de vuelo que no aprueba un examen teórico o el chequeoen vuelo para esa licencia, puede solicitar una subsana- ción de la prueba: (1) Treinta (30) días después de la fecha en que fue desaprobado; (2) Después de que ha recibido la instrucción o prác- tica adicional que sea necesaria, según la opinión de la autoridad o del instructor del solicitante (si la Autoridad ha autorizado que él reciba instrucción adicional) con elfin de preparar al postulante para una subsanación; (3) De incurrir el solicitante en tres (3) exámenes desaprobados dentro del plazo de un año, la solicitudserá denegada y devuelta al interesado con las notas obtenidas. En este caso, el solicitante podrá volver a presentarse, previo curso inicial. (4) Por cada opción de chequeo en vuelo se deberá cumplir con el pago de los derechos establecidos en el TUPA del MTC vigente.