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PÆg. 246961 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 (d) Esta Sección no se aplica al piloto que: (1) Cumple los requisitos de comprobación de peri- cia de piloto al mando establecidos en las Partes 121ó135; (2) Es designado como copiloto de una aeronave operada bajo las provisiones de las Partes 121 ó 135; o (3) Es designado como copiloto de una aeronave con el objeto de recibir entrenamiento de vuelo requerido por esta sección, y no debe llevar ni pasajeros ni carga. (e) El poseedor de una licencia de piloto de transpor- te de línea aérea o comercial con la calificación apropia-da, no necesita cumplir los requerimientos del párrafo (b)(2) de esta Sección para la realización de vuelos de demostración, traslado, ferry, o evaluación del equipo abordo de la aeronave, si ninguna persona o carga es permitida a bordo y el personal que lo realiza es la estric- tamente necesaria para la operación. 61.56 Vuelo de revisión (flight review) (a) Un vuelo de revisión consiste en un mínimo de una (1) hora de demostración de vuelo y una (1) hora de exposición en tierra. La revisión debe incluir: (1) Una revisión de las generalidades operativas y reglas de vuelo vigentes de la Parte 91; y (2) Una revisión de maniobras y procedimientos que programe la persona que controla la revisión, y que seannecesarios para que el piloto demuestre que puede ope- rar la aeronave con eficiencia y seguridad. (3) Una aprobación escrita en la libreta de vuelo por la persona que controla la revisión, certificando que el solicitante ha completado satisfactoriamente la misma. (b) Los pilotos de planeador pueden realizar un míni- mo de tres vuelos de instrucción en un planeador, que incluyan virajes de 360 grados, en lugar de una (1) horade instrucción de vuelo requerida en el párrafo (a) de esta Sección. (c) Excepto lo considerado en los párrafos (d) y (e) de esta Sección, ninguna persona puede actuar como piloto al mando de una aeronave, a menos que desde el comienzo del duodécimo mes calendario haya realiza-do: (1) Un chequeo de vuelo en una aeronave para la que el piloto está habilitado, administrado por un Inspec- tor adecuadamente habilitado y certificado bajo esta Parte, u otra persona designada por la DGAC; (d) Una persona que dentro del período especificado en el párrafo (c) de esta Sección haya completado satis-factoriamente un chequeo para una licencia de piloto, habilitación o un chequeo de proficiencia, no necesita realizar el vuelo de revisión. Asimismo, una persona quehaya dejado de volar por no más de noventa (90) días consecutivos, tampoco requiere de un vuelo de revi- sión. Sólo se le exige volar por una hora con un pilotoinstructor calificado. (e) Una persona que tenga una licencia actualizada de instructor de vuelo y que, dentro del período especi-ficado en el párrafo (c) de esta Sección, haya completa- do satisfactoriamente la renovación de su licencia de instructor de vuelo bajo las provisiones del párrafo 61.197(c), no necesita cumplir la hora de instrucción en tierra especificada en el subpárrafo (a)(1) de esta Sección. (f) Los requerimientos de esta Sección pueden cum- plirse en combinación con los requerimientos de la Sec- ción 61.57 y de otros requerimientos de experiencia re- ciente, aplicables a criterio del instructor. 61.57 Experiencia reciente de vuelo: Piloto al mando (a) [Reservado] (b) [Reservado](c) Experiencia general. (1) Excepto lo previsto en el párrafo (f) de esta Sec- ción, ninguna persona puede actuar como piloto al man- do de una aeronave, a menos que dentro de los noventa (90) días precedentes, él haya hecho tres despegues ytres aterrizajes como único al mando de los controles de vuelo en una aeronave de la misma categoría y clase y, si una calificación de tipo es requerida, del mismo tipo. (2) Los despegues y aterrizajes requeridos por el párrafo (c)(1) de esta Sección, pueden ser completados en un simulador de vuelo o dispositivo de entrenamiento de vuelo calificado y aprobado por la autoridad y común-mente usados como parte del entrenamiento certificado. Si la aeronave es un avión de patín de cola, los aterri- zajes deben ser hechos con detención completa delavión de patín de cola. Con el objeto de cumplir los requerimientos del párra- fo, una persona puede actuar como piloto al mando enun vuelo VFR o IFR de día, sin ninguna persona o pro- piedad a bordo, a excepción de lo necesario para que el vuelo se lleve a cabo. (d) Experiencia de vuelo nocturno. (1) Excepto a lo previsto en el párrafo (f) de esta Sección, ninguna persona puede actuar como piloto al mando de una aeronave durante el período que comien-za una (1) hora después de la puesta del sol y termina una (1) hora antes del alba (como publicado en el AIP) a menos que, dentro de los noventa (90) días preceden-tes, él haya hecho por lo menos tres despegues y tres aterrizajes con parada completa durante el período noc- turno en la aeronave de categoría y clase que será usa-da. (2) Los despegues y aterrizajes requeridos en el párrafo (d)(1) de esta Sección, pueden ser completadosen un simulador de vuelo o dispositivo de entrenamiento de vuelo, calificado y aprobado por la autoridad y co- múnmente usados como parte de los cursos aprobadospor un centro de entrenamiento certificado. (e) Experiencia en instrumentos:(1) Experiencia reciente IFR. Excepto lo previsto en el párrafo (f) de esta Sección, ningún piloto puede actuar como piloto al mando bajo condiciones IFR, ni en condiciones de tiempo menores que los mínimos para VFR, a menos que él tenga, dentrode los últimos seis (6) meses calendario: (i) En el caso de una aeronave, a excepción de un planeador, registradas por lo menos seis (6) horas de instrumentos, incluyendo seis (6) aproximaciones ins- trumentales bajo condiciones instrumentales reales osimuladas, de las que no más de tres (3) horas pueden ser simuladas; o aprobar un chequeo de capacidad ins- trumental en la categoría de aeronave involucrada. (ii) En el caso de un planeador, registrados por lo menos tres (3) horas de instrumentos, de los cuales por lo menos la mitad fueron hechas en un planeador u avión.Si se lleva pasajeros en el planeador, estas tres (3) ho- ras de vuelo instrumental deben haber sido hechas en planeadores. (2) Chequeo de pericia instrumental. Un piloto que no cumple los requerimientos de expe- riencia instrumental reciente del párrafo (e)(1) de esta Sección durante las horas prescritas ó seis (6) meses calendario, en adelante no podrá servir como piloto almando bajo condiciones IFR, ni en condiciones meno- res de los mínimos establecidos para VFR, hasta que él pase un chequeo de capacidad en vuelo por instrumen-tos en la categoría de aeronave involucrada, por un Ins- pector DGAC, un piloto aprobado por la DGAC, o un instructor certificado de vuelo instrumental. La DGAC puede autorizar la conducción de una par- te o toda esta comprobación, en un dispositivo de entre- namiento en tierra equipado con instrumental, o un simu-lador de aeronave. (f) Excepciones. Esta Sección no es aplicable para los pilotos al mando de aeronaves certificadas para ope- raciones bajo las Partes 121 ó 135. 61.58Chequeo de proficiencia de piloto al mando: Operación de una aeronave que requiere más de un piloto (a) Excepto a lo proveído en el párrafo (e) de esta Sección, ninguna persona puede actuar como piloto al