Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2003 (14/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, viernes 14 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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presa ingreso productos que no formaban parte de las especificaciones tecnicas (productos que no habian sido adjudicados), como cocoa a granel, arroz superior MORDAZA suzuqui, sal de mesa yodada, cuando deberia ser cocoa MORDAZA, arroz MORDAZA palmerola y sal MORDAZA marina. Asimismo, mediante Informe Nº 003-2003-INPE-DRO-EPS.Hco. de fecha 4 de setiembre de 2003, el encargado del control de alimentos informo al Director de Administracion del E.P.S. Potracancha - MORDAZA que la citada empresa habia ingresado dos sacos de arroz conteniendo gran cantidad de piedras, por lo que con fecha 7 de setiembre de 2003, estos hechos fueron puestos de conocimiento de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de Huanuco; Que, ante estos hechos con fecha 15 de MORDAZA de 2003, la Directora General de la Region Oriente Pucallpa curso Carta Notarial a la empresa COMERCIAL MORDAZA, proveedora de viveres secos, haciendole conocer el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, otorgandole el plazo de ley para su cumplimiento, la misma que no fue atendida conforme se evidencia con la MORDAZA Carta Notarial de fecha 18 de agosto de 2003, por la cual se le concede el plazo de dos dias para que subsane dicho incumplimiento, esta MORDAZA tampoco fue atendida; Que, de acuerdo a la Clausula Sexta del Contrato de Suministro de Viveres Secos Nº 009-2003-INPE/19 de fecha 5 de marzo de 2003, es causal de resolucion la entrega de productos adulterados, de mala calidad, no aptos para el consumo humano; por lo que siendo ello asi, en virtud a la Clausula Undecima del citado contrato, mediante Carta Notarial de fecha 10 de setiembre de 2003, la Direccion Regional Oriente Pucallpa, procedio a resolver el contrato de suministro MORDAZA referido, de conformidad con lo establecido en el articulo 41º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, ante estas circunstancias mediante Oficio Nº 4332003-INPE-DROP/19 e Informe Tecnico Nº 006-2003-INPE/19.04, la Direccion Regional Oriente Pucallpa solicita la declaratoria de Urgencia para el suministro de viveres secos del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Potracancha - MORDAZA, con la finalidad de asegurar el abastecimiento de los alimentos para los internos del referido Centro Penitenciario por la suma de CUARENTA y UN MIL QUINIENTOS SESENTA y SEIS con 00/100 nuevos soles (S/. 41,566.00), por el periodo de cuarenta y tres (43) dias calendario, importe que servira para cubrir los gastos de alimentos mientras dure el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva respectiva, situacion expuesta que se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse bajo la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la citada MORDAZA legal; Que, mediante los articulos 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y el numeral 2) del articulo 108º del acotado dispositivo legal, modificado por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 079-2001PCM, se encuentran senalados los procedimientos para los procesos de seleccion exonerados, debiendo la Direccion Regional Oriente Pucallpa sujetarse estrictamente a la MORDAZA legal indicada para la compra de lo indispensable a fin de paliar la urgencia; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones definitivas; Estando a lo informado por la Direccion Regional Oriente Pucallpa, y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria

Juridica, contando con la visacion de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, y Oficinas Generales de Administracion y Asesoria Juridica; y, De conformidad al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y estando a las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en Situacion de Urgencia la adquisicion de suministros de viveres secos para la elaboracion de los Alimentos de los internos por el periodo de cuarenta y tres (43) dias calendario a partir de la fecha de la presente Resolucion, por haberse resuelto el contrato por incumplimiento de las obligaciones de la empresa COMERCIAL MORDAZA, para el Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Potracancha - MORDAZA de la Direccion Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion que corresponda. Articulo 2º.- EXONERAR a la Direccion Regional Oriente Pucallpa del requisito de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de viveres secos a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Unidad Ejecutora 004 Direccion Regional Oriente Pucallpa, la adquisicion de suministros de viveres secos para los internos del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados Potracancha - MORDAZA de la Direccion Regional Oriente Pucallpa del Instituto Nacional Penitenciario por la suma de CUARENTA y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS con 00/100 nuevos soles (S/. 41,566.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, mientras dure la Situacion de Urgencia, debiendo adquirir bajo responsabilidad, segun corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y sus modificatorias, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- DISPONER la comunicacion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 21088

SUNARP
Felicitan a miembros de la Comision que organizo el "Primer Congreso Iberoamericano de Registro de Propiedad: Territorio, Desarrollo Economico y Nuevas Tecnologias"
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 532-2003-SUNARP/SN MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, en el Acta Final de la XIII Conferencia de Ministros de Justicia de los Paises Iberoamericanos, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 259-2002-JUS de 26 de MORDAZA de 2002, se acordo considerar oportuna la celebracion en Peru del Primer Congreso Iberoamericano en materia registral, denominado "Registro de la Propiedad: Territorio, Desarrollo Economico y Nuevas Tecnologias"; Que, mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 11-2003-SUNARP/SN de 14 de

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