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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (20/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 253532 NORMAS LEGALES Lima, lunes 20 de octubre de 2003 4.2. Fecha de adecuación del Contrato de Interco- nexión. 93. El Cuerpo Colegiado concluyó en la resolución im- pugnada que de acuerdo con el Contrato de Interconexión, basta la solicitud de la empresa interesada para que éste se adecue a la condición invocada automáticamente luegode transcurrido el plazo de sesenta (60) días acordado, y que en el caso materia de controversia esta solicitud se habría cursado con fecha 12 de agosto del año 2002, porlo que la adecuación del Contrato de Interconexión se ha- bría producido automáticamente vencido dicho plazo, es decir el 12 de octubre del año 2002. 94. Ninguna de las partes cuestionó lo señalado por el Cuerpo Colegiado respecto a que, de acuerdo con lo pac- tado en el Contrato de Interconexión, basta la solicitud dela empresa interesada para que éste se adecue a la condi- ción invocada automáticamente luego de transcurrido el plazo de sesenta (60) días acordado. Sin embargo, ambaspartes cuestionaron la fecha señalada por el Cuerpo Cole- giado en que se habría producido la adecuación. 95. Bellsouth sostuvo que la solicitud de adecuación se habría realizado mediante la comunicación del 4 de enero del año 2002 y no del 12 de agosto del mismo año. Según esta empresa, si bien en la carta del 4 de enero no se utili-zó el término “adecuación”, sino “modificación”, al existir un contrato de interconexión equivalente al que solicitaban modificar, era evidente cuál era la relación de interconexiónrespecto de la cual se solicitaba la adecuación. 47 96. Nextel por su parte, sostiene que de prosperar la interpretación del Cuerpo Colegiado sobre el fondo de lacuestión, la adecuación debería operar a partir de la fecha de emisión de la resolución impugnada y no desde el 12 de octubre del año 2002, como señaló el Cuerpo Colegiado,en virtud de los argumentos que se detallan en el punto 4.2.2. 4.2.1.Cumplimiento del plazo establecido en la Cláu- sula decimoquinta del Contrato de Interconexión para la adecuación del contrato. 97. Con relación a lo argumentado por las partes, co- rresponde analizar si Bellsouth solicitó la adecuación y enqué fecha fue cursada dicha solicitud con la finalidad de determinar si el Contrato de Interconexión se adecuó a las condiciones económicas que Nextel otorga a TelefónicaMóviles y cuándo ocurrió esto. 98. El Tribunal de Solución de Controversias considera, concordando con la primera instancia, que debe tomarseen cuenta lo siguiente: - El derecho de adecuación está referido a una condi- ción determinada y específica que una de las partes de la relación de interconexión otorga a una tercera empresa. - El efecto de la solicitud de adecuación consiste en modificar una relación de interconexión de manera auto- mática, por lo que la intención de acogerse al derecho de adecuación, y en consecuencia modificar determinadascondiciones de la relación de interconexión debe ser indu- bitable. En tal sentido, dicha solicitud requiere la invocación ex- presa del derecho de adecuación y la indicación precisa de las condiciones a las que pretende adecuarse, de ma-nera tal que no quede duda al respecto. 99. En las comunicaciones del 4 de enero y 31 de mayo del año 2002 48 presentadas por Bellsouth, únicamente se solicitó negociar el establecimiento de un cargo de acceso en reemplazo del Sender Keeps All ; mientras que en co- municación de fecha 6 de agosto del año 200249, Bellsouth informó que ante la falta de respuesta de Nextel acudiría al regulador. 100. Es más, en la comunicación del 4 de enero del año 2002 que, según Bellsouth sería la primera solicitud de adecuación, se propone a Nextel establecer un cargo de US$ 0,2053; es decir, un cargo diferente al de US$ 0,207acordado entre dicha empresa y Telefónica Móviles. 101. De acuerdo con lo anterior, ninguna de las tres comunicaciones pueden ser consideradas como solicitu-des de adecuación a las condiciones pactadas entre Nex- tel y Telefónica Móviles, con el efecto de modificar la rela- ción de interconexión entre las partes de la presente con-troversia. 102. Con su carta del 12 de agosto del año 2002, Bell- south recién manifiestó su intención de hacer uso del dere-cho de adecuación, precisando la condición respecto de la cual la invoca. 50 103. En consecuencia, el Tribunal de Solución de Con- troversias considera que la solicitud de adecuación se ha-bría cursado a Nextel el 12 de agosto del año 2002, por lo que la adecuación del Contrato de Interconexión se habría producido automáticamente vencido el plazo de sesentadías (60) acordado por las partes, es decir, el 12 de octu- bre del año 2002. 4.2.2.Efectos de la Resolución Nº 015-2003-CCO/ OSIPTEL del Cuerpo Colegiado. 104. Sin perjuicio de lo anterior, es pertinente señalar que de acuerdo con Nextel, “(...) si luego de todo un proce- dimiento y luego de una serie de interpretaciones, con las cuales discrepamos pero que emanan de la autoridad re- gulatoria competente, el administrado (en este caso Nex- tel) está llamado a cumplirlas; sin embargo, dicha aplica- ción no puede ser retroactiva, toda vez que al haberse dado una nueva interpretación al marco regulatorio vigente, re- sultaríamos aplicando de manera retroactiva una nor- matividad que recién está siendo plasmada51.” (El re- saltado es nuestro). 105. Es decir, Nextel fundamenta su posición en la apli- cación retroactiva de una “nueva interpretación” de la nor- mativa vigente, lo que implicaría la aplicación retroactiva de una normativa que está siendo recién plasmada, y enconsecuencia, una violación al principio de irretroactividad contenido en la Constitución Política del Perú. 52 106. Sobre lo argumentado por Nextel, cabe precisar que la resolución impugnada, emitida con fecha 9 de julio del año 2003, se fundamenta en la aplicación del Principio de Igualdad de Acceso establecido por el artículo 108º delReglamento de la Ley de Telecomunicaciones, vigente des- de el 19 de febrero del año 1994 y por el artículo 10º del Reglamento de Interconexión 53 vigente desde el 13 de ene- ro de 1998; así como en lo acordado por las partes en la cláusula decimoquinta del Contrato de Interconexión vigente desde el 24 de setiembre de 1999. 107. Es decir, la resolución impugnada se dictó en es- tricto cumplimiento de las normas y del Contrato de Inter- conexión vigentes al momento en el que se produjo la ade-cuación de la relación de interconexión, y en consecuen- cia, no incumple el principio de irretroactividad de las nor- mas. 108. Con relación a la interpretación realizada por el Cuerpo Colegiado, ésta se desprende de la estricta aplica- ción de la normativa vigente, y se ajusta a lo dispuesto enanteriores pronunciamientos de OSIPTEL 55, y a lo acorda- do por las partes, y por lo tanto, no crea una “nueva norma- tiva” como lo sostiene Nextel. 109. De otro lado, en el Informe I de Nextel, contraria- mente a lo señalado por dicha empresa en su escrito de 47Según Bellsouth, sostener lo contrario, es decir que al 4 de enero del año 2001, Nextel no podía saber con respecto a qué contrato se solicitaba laadecuación, sería amparar una conducta impropia de dicha empresa. En tal sentido, y en cumplimiento del deber de interpretación y ejecución de los contratos de buena fe, sostiene que debe considerarse tal carta comola primera solicitud de adecuación. 48Carta C.018-2002/AR-VPL. y C.298-2002/AR-VPL, respectivamente. 49Carta sin numeración. 50Carta C.424-2002-AR/VPL. 51Escrito de apelación de Nextel, página 27. 52Constitución Política del Perú. Artículo 103º.- “(…) Ninguna ley tiene fuerza ni efecto retroactivos, salvo en materia penal, cuando favorezca al reo.” 53Actualmente recogido en el artículo 10º del TUO de las Normas de Interco-nexión. 55La Resolución Nº 033-99-GG/OSIPTEL y Resolución Nº 068-99.GG/OSIPTEL .