Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2003 (31/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 31 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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parencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en el numeral 5 del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru; En el articulo 5º de la citada Ley se establece que las entidades de la Administracion Publica deberan identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Concordante con dicha MORDAZA, el articulo 4º del Reglamento de la Ley MORDAZA senalada, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, precisa que dicha designacion se efectuara mediante resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendose colocar tambien en un lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; En la Regla 8 del Reglamento sobre Representacion Institucional, Confidencialidad y Conflicto de Intereses, aprobado en sesion de Directorio del 26 de setiembre del 2002, se senala que la publicacion de documentos e informes en la pagina web del Banco es autorizada por el Gerente General; Mediante Resolucion de Gerencia General Nº GG-0162003, de 10 de marzo de 2003, se identifico a la senora MORDAZA Ishisaka Frukawa, Subgerente de Investigacion y Analisis Global, como la funcionaria responsable de la elaboracion del MORDAZA de Internet del Banco; Resulta necesario dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica a que se refiere el tercer considerando de la presente resolucion; RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar la designacion de la senora MORDAZA Ishisaka Frukawa, Subgerente de Investigacion y Analisis Global, como la funcionaria responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Internet del Banco. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA RUETE Presidente 19938

informados a la Contraloria General, acompanandose MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia y su aceptacion por la entidad, para la formalizacion de la separacion definitiva; Que, mediante Oficio Nº 321-2003-MPC/A del 1 de octubre de 2003, la Municipalidad Provincial de Celendin informo a este Organismo Superior de Control, la renuncia del senor CPC MORDAZA MORDAZA Caceda al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional, adjuntando MORDAZA autenticada de la respectiva carta de renuncia, la misma que fue aceptada mediante Resolucion de Alcaldia Nº 116-2003MPC/A de fecha 29 de setiembre de 2003; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 3.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura del Organo de Control Institucional procede ser efectuado por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de vacancia; quien tiene la responsabilidad de cautelar que el funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefatura del OCI, reuna cuando menos los requisitos establecidos en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del citado Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el numeral 2.1 de la Primera Disposicion Transitoria del Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº114-2003-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Formalizar la separacion definitiva, por renuncia, del senor CPC MORDAZA MORDAZA Caceda al cargo de Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Celendin. Articulo Segundo.- En tanto se designe al MORDAZA Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Celendin, el Titular de dicha entidad debera garantizar el normal desarrollo de las actividades del Organo de Control Institucional, disponiendo el encargo de las funciones de la Jefatura de dicho Organo a un profesional que reuna los requisitos establecido en los literales a), b), d) y e) del articulo 20º del Reglamento de los Organos de Control Institucional, dando cuenta de ello a este Organismo Superior de Control. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 19914

CONTRALORIA GENERAL
Formalizan separacion por renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Celendin
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 365-2003-CG MORDAZA, 28 de octubre de 2003 Visto, la Hoja de Recomendacion Nº 062-2003-CG/OCI, de fecha 15 de octubre de 2003, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que se establezcan para tal efecto; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 114-2003CG se ha aprobado el Reglamento de los Organos de Control Institucional, estableciendose en el numeral 2.1 de su Primera Disposicion Transitoria, que la separacion definitiva del Jefe del Organo de Control Institucional, se efectua por la Contraloria General, mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, previendose en el literal c) de dicho numeral, que los casos de renuncia del Jefe del Organo de Control Institucional seran

Formalizan separacion del Jefe del Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 366-2003-CG MORDAZA, 28 de octubre de 2003 Vista, la Hoja de Recomendacion Nº 059-2003-CG/OCI, de fecha 10 de octubre de 2003, emitida por la Gerencia de Organos de Control Institucional de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo previsto en el articulo 19º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, la separacion definitiva de los Jefes de los Organos de Control Institucional, se efectua por este Organismo Superior de Control de acuerdo a los requisitos, procedimientos, incompatibilidades y excepciones que establezca para tal efecto; Que, el Reglamento de los Organos de Control Institucional aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 114-2003-

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