Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2003 (01/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 1 de setiembre de 2003

las condiciones sociales y geograficas existentes, asi como respetando sus costumbres ancestrales; Que las Comunidades Nativas a que se refieren los informes de los vistos han formalizado expedientes de Incorporacion de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las mismas al Sistema Registral, por lo que debe aprobarse la delegacion funcional a traves de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitida por la mas alta autoridad de la institucion, estableciendose la vinculacion funcional que la MORDAZA dispone, las mismas que requieren de la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Considerar en via de regularizacion dentro del Sistema Registral y delegar las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de:
Comunidad MORDAZA 01 CHAMIRIARI Distrito RIO TAMBO Provincia SATIPO Departamento MORDAZA UCAYALI

de los fines de la "Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica" y su Reglamento, a efectos de garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica y promover la transparencia de los actos de nuestra entidad; Que, por Resolucion Jefatural Nº 011-2003-JEF/RENIEC se efectuo la designacion del Subjefe del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil como el funcionario responsable de proporcionar la informacion publica en aplicacion de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; Estando a lo expuesto y, de conformidad a las facultades conferidas por el inciso h) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil aprobado por Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC del 27 de diciembre del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como funcionarios responsables de proporcionar la informacion de acceso publico a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, a las siguientes personas: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Lima. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Arequipa. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional del Cusco. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de La Libertad. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Loreto. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional (e) de Piura. - Sr. MORDAZA Aching MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de San Martin. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Ancash. - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Ayacucho. - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Junin. - Sr. MORDAZA MORDAZA Docarmo MORDAZA, representante de la Jefatura Regional de Puno. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 011-2003-JEF/RENIEC de fecha 17 de enero del 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16145

02 SHAMBO PORVENIR YARINACOCHA MORDAZA PORTILLO

Articulo Segundo.- Los Registradores, Jefes de Oficinas de Registro de Estado Civil que funciona en las Comunidades Nativas mencionadas en el articulo precedente quedan encargados de las funciones establecidas en el articulo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de MORDAZA de 1998, asi como las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta y el obligatorio repliegue de informacion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 16144

Designan funcionarios responsables de proporcionar informacion a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 391-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 27 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado establece en el articulo 2º, inciso 5) como uno de los derechos fundamentales de la persona, el de acceder a la informacion, sin expresion de causa, y recibirla de cualquier entidad publica en el plazo legal establecido y con los costos que irrogue la solicitud presentada; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, creado mediante Ley Nº 26497, del 12 de MORDAZA de 1995, es un organismo constitucionalmente MORDAZA, que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 7 de agosto del 2003, se aprobo el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, que contiene la Ley Nº 27806 y su modificatoria Ley Nº 27927 con la finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la informacion consagrado en el articulo constitucional mencionado, estableciendo la obligacion y procedimiento para que las entidades publicas garanticen y promuevan el cumplimiento de la acotada Ley, precisando en su articulo 4º que las entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designaran en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la informacion de acceso publico con el objeto de dar mayor celeridad al tramite requerido; Que, siendo la RENIEC, una entidad que cuenta con organos desconcentrados a nivel nacional, resulta pertinente efectuar la designacion del funcionario del RENIEC responsable de proporcionar la informacion solicitada conforme a lo prescrito en los articulos 5º y 6º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion para el cabal cumplimiento

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 111-2003-P/TC MORDAZA, 27 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que en ejercicio de la atribucion que le confiere el Articulo 2º de su Ley Organica Nº 26435, el Pleno de Tribunal Constitucional, en su sesion del dia 19 de agosto de 2003, ha aprobado el Reglamento Normativo correspondiente a su funcionamiento, el cual consta de once (XI) titulos, setenta (70) articulos y cuatro (4) disposiciones finales; reservando, su organizacion y funciones, al Reglamento de Organizacion y Funciones de la institucion; Que, de conformidad con el citado Articulo 2º, es necesario disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ordenar la publicacion, en el diario Oficial El Peruano, del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, que consta de once titulos, 70 articulos y cuatro disposiciones finales. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA ORLANDINI Presidente

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