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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (01/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 250642 NORMAS LEGALES Lima, lunes 1 de setiembre de 2003 las condiciones sociales y geográficas existentes, así como respetando sus costumbres ancestrales; Que las Comunidades Nativas a que se refieren los in- formes de los vistos han formalizado expedientes de Incor-poración de las Oficinas de Registro de Estado Civil quefuncionan en las mismas al Sistema Registral, por lo quedebe aprobarse la delegación funcional a través de las res-pectivas Resoluciones Jefaturales emitida por la más altaautoridad de la institución, estableciéndose la vinculaciónfuncional que la norma dispone, las mismas que requierende la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Considerar en vía de regularización dentro del Sistema Registral y delegar las funciones regis-trales a que se refiere la parte considerativa de la presenteResolución a las Oficinas de Registro de Estado Civil quefuncionan en las Comunidades Nativas de: Comunidad Nativa Distrito Provincia Departamento 01 CHAMIRIARI RÍO T AMBO SA TIPO JUNIN 02 SHAMBO PORVENIR YARINACOCHA CORONEL UCAYALI PORTILLO Artículo Segundo.- Los Registradores, Jefes de Ofici- nas de Registro de Estado Civil que funciona en las Comuni-dades Nativas mencionadas en el artículo precedente que-dan encargados de las funciones establecidas en el artícu-lo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23de abril de 1998, así como las acciones administrativas quecorrespondan para llevar adelante la delegación funcionaldispuesta y el obligatorio repliegue de información, ceñidaa la normatividad registral vigente y bajo la supervisión ycontrol del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 16144 Designan funcionarios responsables de proporcionar información a que se refie-re la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 391-2003-JEF/RENIEC Lima, 27 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado establece en el artí- culo 2º, inciso 5) como uno de los derechos fundamentales de la persona, el de acceder a la información, sin expresión de causa,y recibirla de cualquier entidad pública en el plazo legal estable- cido y con los costos que irrogue la solicitud presentada; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, creado mediante Ley Nº 26497, del 12 dejulio de 1995, es un organismo constitucionalmente autó-nomo, que cuenta con personería jurídica de derecho pú-blico interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; Que, por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM de fecha 7 de agosto del 2003, se aprobó el Reglamento de la Ley deTransparencia y Acceso a la Información Pública, que con-tiene la Ley Nº 27806 y su modificatoria Ley Nº 27927 con lafinalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el artículo constitucional mencionado, esta-bleciendo la obligación y procedimiento para que las entida-des públicas garanticen y promuevan el cumplimiento de laacotada Ley, precisando en su artículo 4º que las entidadesque cuenten con oficinas desconcentradas o descentraliza- das, designarán en cada una de ellas al funcionario respon- sable de entregar la información de acceso público con elobjeto de dar mayor celeridad al trámite requerido; Que, siendo la RENIEC, una entidad que cuenta con órga- nos desconcentrados a nivel nacional, resulta pertinente efec- tuar la designación del funcionario del RENIEC responsablede proporcionar la información solicitada conforme a lo pres-crito en los artículos 5º y 6º del Reglamento de la Ley de Trans-parencia y Acceso a la Información para el cabal cumplimientode los fines de la "Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública" y su Reglamento, a efectos de garantizar el ejer-cicio del derecho de acceso a la información pública y promo-ver la transparencia de los actos de nuestra entidad; Que, por Resolución Jefatural Nº 011-2003-JEF/RENIEC se efectuó la designación del Subjefe del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil como el funcionario responsa-ble de proporcionar la información pública en aplicación de laLey de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Estando a lo expuesto y, de conformidad a las facultades conferidas por el inciso h) del artículo 11º del Reglamentode Organización y Funciones del Registro Nacional de Iden-tificación y Estado Civil aprobado por Resolución JefaturalNº 869-2002-JEF/RENIEC del 27 de diciembre del 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como funcionarios respon- sables de proporcionar la información de acceso público aque se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Infor-mación Pública, a las siguientes personas: - Sr. Enrique Rodolfo Cárdenas Álvarez, representante de la Jefatura Regional de Lima. - Sr. Fernando Ramiro Pinto Hinojosa, representante de la Jefatura Regional de Arequipa. - Sr. Manuel Marco Fernández García, representante de la Jefatura Regional del Cusco. - Sr. Carlos Abraham Pajares Armas, representante de la Jefatura Regional de La Libertad. - Sr. Manuel Jesús Valdez Andía, representante de la Jefatura Regional de Loreto. - Sr. Armando Benjamín García Chunga, representante de la Jefatura Regional (e) de Piura. - Sr. Javier Aching Salazar, representante de la Jefatu- ra Regional de San Martín. - Sr. Juan Antonio Huerta Valverde, representante de la Jefatura Regional de Ancash. - Sra. Katia Vega Bendezú, representante de la Jefatura Regional de Ayacucho. - Sr. Juan José Espinoza Rafael, representante de la Jefatura Regional de Junín. - Sr. Milton Washington Docarmo Bustamante, repre- sentante de la Jefatura Regional de Puno. Artículo Segundo.- Déjese sin efecto la Resolución Jefatural Nº 011-2003-JEF/RENIEC de fecha 17 de enerodel 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 16145 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 111-2003-P/TC Lima, 27 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que en ejercicio de la atribución que le confiere el Artí- culo 2º de su Ley Orgánica Nº 26435, el Pleno de TribunalConstitucional, en su sesión del día 19 de agosto de 2003,ha aprobado el Reglamento Normativo correspondiente asu funcionamiento, el cual consta de once (XI) títulos, se-tenta (70) artículos y cuatro (4) disposiciones finales; re-servando, su organización y funciones, al Reglamento deOrganización y Funciones de la institución; Que, de conformidad con el citado Artículo 2º, es nece- sario disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano; SE RESUELVE:Artículo Único .- Ordenar la publicación, en el diario Oficial El Peruano, del Reglamento Normativo del TribunalConstitucional, que consta de once títulos, 70 artículos ycuatro disposiciones finales. Regístrese y comuníquese. JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente