NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 91
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G39/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Aprobación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora. Las Entidades Prestadoras que se encuentren operan- do a la entrada en vigencia del presente Reglamento, de-berán presentar para la aprobación de OSITRAN su pro-yecto de Reglamento de Acceso a que se refiere el Artícu-lo 13º, en un plazo máximo de sesenta (60) días de la en-trada en vigencia del presente Reglamento. La aprobación por parte de OSITRAN de los proyectos de Reglamento de Acceso que se presenten al amparo dela presente disposición, se hará en un plazo que no exce-derá de los sesenta (60) días contados a partir de la fechade vencimiento para la presentación de comentarios, deconformidad al Artículo 47º. Los Lineamientos de Acceso de las Entidades Presta- doras que hayan sido aprobados por OSITRAN, continua-rán vigentes hasta la aprobación por parte de OSITRANdel Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora. Segunda.- Difusión de información. En el plazo de treinta (30) días contados a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del presente Reglamen-to, las Entidades Prestadoras deberán implementar en supágina web la información a que se refiere los incisos e), f)y g) del Artículo 20º. Tercera.- Solicitudes de Acceso en proceso. Las solicitudes de Acceso que se encuentren en trámi- te a la entrada en vigencia del presente Reglamento, seregirán por los procedimientos establecidos en el Regla-mento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transportede Uso Público aprobado por Resolución Nº 034-2001-CD/OSITRAN. ANEXO Nº 1 FACILIDADES ESENCIALES AEROPUERTOS −Pista de Aterrizaje y despegue. −Calles de Rodaje. −Rampa. −Áreas de parqueo de equipos. −Puentes de embarque. −Áreas de maniobra en tierra. −Vías y áreas de tránsito interno. −Áreas de procesamiento y distribución de carga. −Áreas de procesamiento de pasajeros y equipaje. −Planta de combustible, red de almacenamiento y dis- tribución. CARRETERAS −Calzada y zonas adyacentes. −Bermas. −Cruces a nivel y desnivel. −Empalmes. −Puentes. −Desvíos. PUERTOS −Señalización portuaria. −Obras de abrigo o defensa. −Poza de maniobras y rada interior. −Muelles. −Amarraderos. −Vías y áreas de tránsito interno. −Áreas para atención de pasajeros y equipaje. −Áreas de Maniobras. −Planta de combustible, red de almacenamiento y dis- tribución. −Áreas de parqueo de equipos. −Grúas fijas y otras con restricciones de desplaza- miento, fajas transportadoras o tuberías que presen-ten restricciones de desplazamiento*. VÍA FÉRREA −Línea férrea. −Patios de maniobras y sus correspondientes desvíos. −Desvíos. −Estaciones ferroviarias de carga y descarga de mer- cancías y embarque y desembarque de pasajeros. * El Acceso a estas Facilidades Esenciales está sujeto a los derechos que sobre las mismas tengan quienes las pro-veen.ANEXO Nº 2 SERVICIOS ESENCIALES AEROPUERTOS −Transporte aéreo de carga y/o pasajeros. −Servicios de rampa. −Procesamiento y distribución de carga y de equipa- je. −Abastecimiento de combustible. −Transporte de pasajeros entre nave y terminal y vi- ceversa. CARRETERAS −Transporte terrestre de carga y pasajeros. PUERTOS −Transporte marítimo de carga y/o pasajeros (incluye agenciamiento). −Practicaje. −Remolcaje. −Amarre y desamarre. −Estiba y desestiba. −Embarque y desembarque de carga. −Transferencia o tracción de carga. −Abastecimiento de combustible. VÍA FÉRREA −Transporte ferroviario de carga y pasajeros. −Embarque y Desembarque de carga y pasajeros. −Abastecimiento de combustible. 17593 SUNAT /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G2D /G74/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA INTENDENCIA REGIONAL LAMBAYEQUE RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 070-00-0000144 Chiclayo, 10 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, es necesario designar y dejar sin efecto la desig- nación de Auxiliares Coactivos de la Intendencia RegionalLambayeque para garantizar el normal funcionamiento desu cobranza coactiva; Que, el artículo 114º del T exto Único Ordenado del Códi- go T ributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF , establece los requisitos que deberán de reunir los tra-bajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la sexta disposición final de la Ley Nº 27038, esta- blece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7º dela Ley Nº 26979 no es de aplicación a los órganos de laAdministración Tributaria cuyo personal ingrese medianteConcurso Público; Que, la Resolución de Superintendencia Nº 094-2000/ SUNAT ha facultado al Intendente de Principales Contribu-yentes Nacionales y a los diferentes Intendentes Regiona-les de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de In-tendencia, a los trabajadores que se desempeñarán comoAuxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia decada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Re- solución de Superintendencia y de conformidad con lo dis-puesto en los artículos 50º y 51º inciso "r" del Decreto Su-premo Nº 115-2002/PCM que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones de la Superintendencia Nacio-nal de Administración Tributaria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Auxiliares Coacti- vos de la Intendencia Regional Lambayeque a los trabaja-dores que se indican a continuación: