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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 88

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G31/G39/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 Si las partes no cumplen con presentar el mencionado Proyecto dentro del plazo establecido, el procedimiento deAcceso se dará por terminado. Artículo 76º.- Modificación y renovación de Contra- tos de Acceso. La modificación o renovación de los Contratos de Acce- so suscritos bajo el mecanismo de negociación directa se-guirá los mismos procedimientos establecidos para su sus-cripción. En el caso que la Entidad Prestadora y el usuario inter- medio no hayan acordado causales de resolución del Con- trato de Acceso, la Entidad Prestadora otorgará al usuariointermedio un plazo no menor a 30 días, antes de dar porterminada la vigencia del Contrato de Acceso. En tal caso,el usuario intermedio podrá solicitar el Acceso a la Facili-dad Esencial, de acuerdo al procedimiento establecido enel presente Título. CAPÍTULO 4 PROCEDIMIENTO PARA EL ACCESO POR SUBASTA Artículo 77º.- Objetivo de la subasta. El mecanismo de subasta tiene como objetivo asignar la infraestructura escasa mediante un procedimiento trans-parente. Mediante la subasta, que tendrá carácter público,se determinará a aquel o aquellos usuarios intermediossolicitantes a los que la Entidad Prestadora brindará Acce-so, al haber formulado la mejor o mejores ofertas de acuer-do al procedimiento de evaluación establecido en las Ba-ses de la subasta. Artículo 78º.- Criterios para elaborar las Bases. Las Entidades Prestadoras deberán considerar que las Bases respeten y permitan alcanzar la finalidad del Acce-so, y el cumplimiento de los principios y criterios estableci-dos en este Reglamento, garantizando el Acceso al mayornúmero posible de competidores, así como un trato equita-tivo entre los postores. Artículo 79º.- Bases tipo para subasta. OSITRAN podrá aprobar Bases tipo aplicables a subas- tas para asignar determinadas Facilidades Esenciales, parala prestación de determinados tipo de Servicios Esencia-les. En tales supuestos, su uso será obligatorio. Previa a la aprobación de las Bases Tipo, OSITRAN las prepublicará con la finalidad de recabar comentarios de lasEntidades Prestadoras y usuarios intermedios en un plazode diez (10) días. Artículo 80º.- Capacidad y requisitos para presen- tar propuestas. Los requisitos que se les exijan a los postores sólo de- berán referirse a aspectos que guardan relación con losque resultan razonablemente necesarios para participar enla subasta y otorgar Acceso, y en ningún supuesto, podrángenerar discriminación entre postores. En ese sentido, lasEntidades Prestadoras no podrán exigir en las Bases re-quisitos mayores a los señalados en sus Reglamentos deAcceso. Para presentar una propuesta no es requisito previo que el postor haya presentado anteriormente una Solicitud deAcceso a la Entidad Prestadora. Cualquier solicitante al que se le niega su derecho de participar en la subasta, podrá apelar la decisión adoptadaante la propia Entidad Prestadora, siguiéndose el procedi-miento establecido en el Artículo 63º del presente Regla-mento. Artículo 81º.- Reglas de la subasta. Las Bases de la subasta deberán respetar y contener lo siguiente: a) Los criterios, normas y procedimientos establecidos en este Reglamento. b) Los mecanismos de información que permitan a los postores conocer las condiciones existentes en la infraes-tructura, los servicios que se prestan y otra informaciónque sea relevante. c) Podrán limitar la participación como postores de em- presas vinculadas. Artículo 82º.- Reglas de subasta en contratos de con- cesión. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos prece- dentes, en caso que el contrato de concesión hubiera in-corporado las reglas que regulan la subasta, éstas debe- rán incorporarse a las Bases y serán de cumplimiento obli-gatorio para el desarrollo del proceso. Si el contrato de con-cesión ya incorporara un modelo de Bases, la subasta sedesarrollará de acuerdo a dicho modelo. Artículo 83º.- Contenido de las Bases. Las Bases de la subasta contendrán como mínimo lo siguiente: a) La descripción y características de la infraestructura cuyo Acceso será subastado. b) El servicio que se brindará utilizando la infraestruc- tura cuyo Acceso se subasta. c) El número de adjudicatarios que serán beneficiados.d) El procedimiento a seguir para la realización de la subasta. e) Cronograma general del proceso de subasta, desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato. Dicho cro-nograma incluirá una fase de consultas por escrito en laque los postores puedan solicitar aclaraciones o precisio-nes. La absolución de las consultas también deberá reali-zarse por escrito y ser entregada a todos los postores. f) La determinación de qué órgano de la Entidad Pres- tadora resolverá los asuntos relativos a la subasta. g) Plazo en que la Entidad Prestadora informará a los postores los nombres de las empresas filiales o vinculadasque participarán en la subasta, el cual no podrá sobrepa-sar el plazo de absolución de consultas. Las empresas vin-culadas cuyo nombre no haya sido comunicado a los pos-tores en esta oportunidad, no podrán participar en la su-basta. h) Las características y condiciones que deberán cum- plirse para ser postor. i) Los requisitos que deberán cumplirse para presentar la propuesta. j) Fecha máxima de inicio de operaciones.k) El Cargo de Acceso base, de ser el caso.l) El factor de competencia.m) Los criterios de calificación para adjudicar la buena pro. n) Garantía de seriedad de oferta, establecida bajo cri- terios razonables. o) El plazo para la firma del Contrato de Acceso, que no podrá ser superior a diez (10) días contados a partir delotorgamiento de la buena pro. p) El procedimiento a seguirse en caso se declare de- sierta la subasta. q) La obligatoriedad de convocar en un plazo determi- nado a una nueva subasta en caso sea declarada desierta.La decisión que declara desierta la subasta será siempreimpugnable por los interesados. r) Procedimiento de impugnación, vía reconsideración o apelación, de las decisiones que se tomen durante el pro-cedimiento de subasta. s) De considerarse necesario, garantía por impugna- ción no mayor a 20% del monto establecido por la garantíade seriedad de oferta. t) El otorgamiento automático de la buena pro al siguien- te postor mejor calificado, si algún adjudicatario de la bue-na pro incumple con las condiciones técnicas establecidasen las Bases, o con iniciar la operación en la fecha previs-ta. u) El modelo del Contrato de Acceso a ser suscrito por los ganadores de la buena pro. Artículo 84º.- Prohibiciones relativas al contenido de las Bases. Las Bases que elaboren las Entidades Prestadoras para llevar a cabo las subastas, no podrán contener disposicio-nes que: a) Contravengan la finalidad, objetivos y principios del presente Reglamento. b) Otorguen mejores condiciones a unos postores so- bre otros. c) Establezcan Cargos de Acceso al margen de los prin- cipios establecidos. d) Cambien las condiciones de la subasta sin previo aviso y sin la posibilidad que éstas puedan ser observadaspor los postores. La contravención de las prohibiciones que establece el presente artículo, no tendrá efecto legal alguno para lospostores y la subasta no será considerada válida. El incumplimiento del presente artículo por parte de las Entidades Prestadoras será considerado como infracción,