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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G36/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de abril de 2004 (11) S.E.B. Típico I: Aplicable a Sistemas Aislados con generación termoeléctrica Diesel (combustible Diesel Nº 2) con predominio de potencia efecti- va Diesel mayor al 50%, pertenecientes o aten-didos por las Empresas Electro Ucayali o Elec- tro Oriente, no precisados en los Sistemas Típi- cos E, F , G y H. Se define: PEBP = PEMP + CPSEE (1) PEBF = PEMF + CPSEE (2) PPB = PPM + PCSPT (3) Donde: PPM : Precio de la Potencia de Punta a Ni- vel Generación, expresado en S/./kW- mes, determinado como el productodel Precio Básico de la Potencia de Punta por el Factor de Pérdidas de Potencia. Artículo 47º, incisos f) y g)de la Ley. PPB : Precio en Barra de la Potencia de Pun- ta, expresado en S/./kW-mes. PEMP : Precio de la Energía a Nivel Genera- ción en Horas de Punta para las Sub- estaciones Base del Sistema, expre-sado en céntimos de S/./kW.h. PEMF : Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Sub-estaciones Base del Sistema, ex- presado en céntimos de S/./kW.h. PEMP y PEMF , determinados como elproducto del Precio Básico de la Ener- gía respectivo por el Factor de Pérdi- das Marginales de Energía. Artículo47º, incisos d) y g) de la Ley 14. PEBP : Precio en Barra de la Energía en Ho- ras de Punta, expresado en céntimosde S/./kW.h. PEBF : Precio en Barra de la Energía en Ho- ras Fuera de Punta, expresado en cén-timos de S/./kW.h. PCSPT : Cargo de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión,expresado en S/./kW-mes CPSEE : Cargo de Peaje Secundario por Trans- misión Equivalente en Energía, expre-sado en céntimos de S/./kW.h. Para el cálculo de los precios de potencia y energía para el resto de Subestaciones de cada sistema, se em-plearán los valores de PEBP , PEBF y PPB, resultantes de aplicar las fórmulas (1), (2) y (3). El cargo CPSEE corresponde al que se consigna en la Resolución OSINERG Nº 072-2004-OS/CD. A.1) PEAJES POR CONEXIÓN EN EL SISTEMA ELÉCTRICO INTERCONECTADO NACIONAL (SEIN) Los valores del Cargo de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión (PCSPT) son los si-guientes: Cuadro Nº 2 Sistema de Transmisión PCSPT S/./kW-mes SPT de REP 1,45 SPT de Eteselva 0,30 SPT de Redesur 1,08 SPT de Transmantaro 2,72 SPT de ISA 0,87 Celda 138 kV S.E. Azángaro 0,01 L.T. Dolorespata - Quencoro 138 kV 0,03 Cargo por Garantía por Red Principal 8,65 Total SEIN 15,11 A.2) PEAJES POR CONEXION EN SISTEMAS AIS- LADOS El valor del PCSPT para los Sistemas Aislados, con- templados en el Cuadro Nº1, es igual a cero.B) TARIFAS EN BARRA EN SUBESTACIONES DE CENTRALES GENERADORAS El Precio en Barra de la Energía en una Subestación de Central Generadora, cuyo flujo preponderante de ener- gía es hacia otra subestación con Precio en Barra defini- do, se determinará del cociente resultante de dividir el Pre-cio en Barra de la Energía de la Subestación con Precio en Barra definido entre el correspondiente Factor de Pérdida Marginal de Energía (FPME). El Precio en Barra de la Potencia de Punta en una Subestación de Central Generadora, se determinará di- vidiendo el Precio en Barra de la Potencia de Punta de laSubestación con Precio en Barra definido entre el Factor de Pérdida Marginal de Potencia (FPMP). En el caso de subestaciones en que el flujo prepon- derante de energía aporte a otra subestación con Pre- cios en Barra definidos, se le aplicará el mismo procedi- miento. Se define: PEBP1 = PEBP0 / FPME (4) PEBF1 = PEBF0 / FPME (5) PPB1 = PPB0 / FPMP (6) Donde: PEBP0 : Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, definido. PEBF0 : Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, definido. PPB0 : Precio en Barra de la Potencia de Punta, definido. PEBP1 : Precio en Barra de la Energía en Horas de Punta, por determinar. PEBF1 : Precio en Barra de la Energía en Horas Fuera de Punta, por determinar. PPB1 : Precio en Barra de la Potencia de Punta, por determinar. 1.2 TARIF AS EN BARRA EN SUBESTACIONES DI- FERENTES A LAS SEÑALADAS EN EL NUMERAL 1.1. Los Precios en Barra en subestaciones diferentes a las señaladas en el numeral 1.1, se determinarán según el procedimiento siguiente: A) Tarifas en Barra de la Energía Los Precios en Barra de la Energía (en Horas de Pun- ta y Fuera de Punta) serán el resultado de multiplicar los Precios en Barra de la energía en una Subestación deReferencia por el respectivo Factor de Pérdidas Margina- les de Energía (FPME), agregando a este producto el Cargo Base de Peaje Secundario por Transmisión enEnergía (CBPSE). Se define:PEBP1 = PEBP0 * FPME + CBPSE (7) PEBF1 = PEBF0 * FPME + CBPSE (8) 14Artículo 47º.- Para la fijación de Tarifas en Barra, cada COES efectuará los cálculos correspondientes en la siguiente forma:... d) Determinará el Precio Básico de la Energía por Bloques Horarios para el período de estudio, como un promedio ponderado de los costosmarginales antes calculados y la demanda proyectada, debidamente actualizados; ... f) Determinará el precio básico de la potencia de punta, según el proce- dimiento que se establezca en el Reglamento, considerando como límite superior la anualidad obtenida en el inciso anterior.En caso de que la reserva del sistema sea insuficiente se considerará para este fin un margen adicional, al precio establecido en el párrafo precedente; g) Calculará para cada una de las barras del sistema un factor de pérdi- das de potencia y un factor de pérdidas de energía en la transmisión. Estos factores serán iguales a 1,00 en la barra en que se fijen losprecios básicos; ...