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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (15/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G36/G36/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 15 de abril de 2004 Donde: PEMP0 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las SubestacionesBase publicadas en la presente Resolución, en céntimos de S/./kW.h. PEMF0 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Subestacio- nes Base publicadas en la presente Reso- lución, en céntimos de S/./kW.h. PEMP1 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las Subestacio- nes Base, actualizado, en céntimos de S/./kW.h. PEMF1 = Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Subestacio-nes Base, actualizado, en céntimos de S/./ kW.h. FAPEM = F actor de Actualización del Precio de la Energía a Nivel Generación en las Subes- taciones Base del Sistema. FD2 = Factor por variación del precio del petróleo Diesel Nº 2. FR6 = Factor por variación del precio del petróleo Residual Nº 6. FPGN = Factor por variación del precio del Gas Na- tural. FCB = Factor por variación del precio del Carbón Bituminoso. PD2 = Precio Neto del Petróleo Diesel Nº 2 sin in- cluir impuestos aplicables a los combusti-bles, en el punto de venta de referencia, al último día del mes anterior, en S/./Gln. PD2o = Pre cio inicial del Petróleo Diesel Nº 2 en el punto de venta de referencia, en S/./Gln, según el cuadro siguiente. PR6 = Precio Neto del petróleo Residual Nº 6 sin incluir impuestos aplicables a los combus- tibles, en el punto de venta de referencia, al último día del mes anterior, en S/./Gln.Para el caso del Sistema Aislado Típico E se empleará el precio de venta de Pe- tróleos del Perú S.A. a Electro OrienteS.A. PR6o = P recio inicial del Petróleo Residual Nº 6 en el punto de venta de referen-cia, en S /./Gln, según el cuadro siguien- te. Cuadro Nº 5 Sistema Punto de V entaPrecio Inicial (S/./Gln.) Eléctrico de Refer encia Diesel Nº 2 Residual Nº 6 (1) PD2o PR6o SEIN Lima (2) 4,12 2,63 Aislado A y F Lima (2) 4,12 — Aislado E Iquitos (3) — 2,50 Aislado G Iquitos — 3,31 Aislado H El Milagro 4,14 — Aislado I Pucallpa 4,92 — Notas: (1) Plantas de venta de combustibles de Petróleos del Perú S.A. (2) Planta de venta Callao de Petróleos del Perú S.A.(3) Precio de venta de Petróleos del Perú S.A. a Elec- tro Oriente S.A. PGN = Precio Máximo de referencia del Gas Natu- ral, expresado en Nuevos Soles/MMBtu uti- lizando el TC; el cual se establecerá deacuerdo a lo señalado en la Resolución Di- rectoral Nº 007-2001-EM/DGE del 9.4.01. PGNo = Precio inicial del Gas Natural igual a 6,043 S/./MMBtu. FOBCB = Precio Referencial FOB promedio anual del Carbón Bituminoso determinado como la media aritmética de las tres fuentes de su- ministro (marcadores) que se indican enel Cuadro Nº 6:Cuadro Nº 6 Marcador País Puerto PCS kcal/kg 1 AUSTRALIA 1 Gladstone 6 500 2 INDONESIA Kalimantan 6 300 3 AUSTRALIA 2 Newcastle 6 300 El promedio anual se calcula con las semanas co- rrespondientes a los doce últimos meses, contados apartir del último mes con información disponible comple- ta (el precio del mes es el promedio de las medias de los rangos publicados para las semanas que correspondan),tomados de la publicación semanal "International Coal Report" publicada por "The McGraw-Hill Companies”; ta- bla "ICR Steam Coal Assessments", columna "CurrentPrice”. FOBCBo = Valor del FOBCB utilizado en los cálculos tarifarios. El Valor inicial es igual a 30,70 US$/Ton, calculado con información del “International Coal Report” del periodo abril2003-marzo 2004. Los factores FTC y FPM son los definidos en el nu- meral 1.1 1.3 ACTUALIZACIÓN DEL PEAJE POR CONEXIÓN UNITARIO AL SISTEMA PRINCIPAL DE TRANSMISIÓN (PCSPT) Los Cargos de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión (PCSPT) serán actualizados utili- zando la siguiente fórmula de reajuste: PCSPT1 = PCSPT0 * FAPCSPT (13) FAPCSPT = l * FTC + m * FPM (14) l = 0,4956 m = 0,5044 Donde: PCSPT0 = Cargo de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión, publi- cado en la presente Resolución, en S/./ kW-mes. PCSPT1 = Cargo de Peaje por Conexión Unitario al Sistema Principal de Transmisión, actua-lizado, en S/./kW-mes. FAPCSP = Fac tor de Actualización del Cargo de Pea- je por Conexión Unitario al Sistema Prin- cipal de Transmisión. Los factores FTC y FPM son los definidos en el nu- meral 1.1 Para el caso del Sistema Principal de Transmisión perteneciente a REP , Transmantaro, Redesur e ISA, se considerará l = 1,000 y m = 0,000. 2 APLICACIÓN DE LAS FÓRMULAS DE ACTUALI- ZACIÓN Las Fórmulas de Actualización, se aplicarán en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléc-tricas y su Reglamento, y cuando alguno de los factores de actualización (FAPPM, FAPEM, FACBPST, FACBPSL, FAPCSPT, FACBPSE, FACPSEE) en cualquiera de losSistemas Eléctricos se incremente o disminuya en más de 5% respecto a los valores de los mismos factores empleados en la última actualización. Los Precios en Barra de la Energía en las Subestacio- nes Base del Sistema se obtendrán con las fórmulas (1) y (2), del Artículo 1º, luego de actualizar el Cargo de PeajeSecundario por Transmisión Equivalente en Energía (CP- SEE) y los Precios de la Energía a Nivel Generación (PEMP y PEMF). Los Precios en Barra de la Potencia de Punta en las Subestaciones Base del sistema se obtendrán con la fór- mula (3), del Artículo 1º, luego de actualizar el Precio de la