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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de agosto de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D /G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G39/G36/G2D/G4D/G44/G42 ORDENANZA Nº 203-MDB Barranco, 12 de agosto del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTO, el informe de la Oficina de Secretaría General Nº 019-2004-OSG-MDB, sobre el establecimiento de vi-gencia de la Ordenanza Nº 196-MDB en la Sesión ordina-ria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales,y las delegadas conforme a ley, son los órganos de gobier-no local y tienen autonomía política, económica y adminis-trativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDB se dispuso dis- poner la suspensión de los procedimientos administrativostendientes a obtener el otorgamiento de Certificados deCompatibilidad de Uso y de Licencias de Apertura y Fun-cionamiento definitivas, provisionales y especiales de es-tablecimientos comerciales ubicados en toda la avenidaMiguel Grau, con excepción de las cuadras segunda y ter-cera; los inmuebles circundantes a la Plazuela OctavioEspinoza y en toda la extensión de la avenida FranciscoBolognesi, cuyo Giro Comercial esté destinado a Peñas,Cabarets, Boites, Nigth Club, Café Teatro, Salones de Bai-le, Discotecas, Video, Pub, Karaoke, Piano Bar, Licoreríasy Bares; Que, resulta necesario establecer el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 196-MDB; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con 5 vo-tos a favor, 1 abstención y un voto en contra ha dado lasiguiente: ORDENANZA:Artículo Primero.- Establecer que la Ordenanza Nº 196- MDB tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del año 2006. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarro- llo de la Ciudad el cumplimiento de la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 14865 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G2D /G73/G61/G73/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 204-MDB Barranco, 12 de agosto del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTA, la propuesta de la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria sobre la prórroga del vencimientode la primera a sétima cuotas de los arbitrios municipales2004 y atendida la propuesta de la Gerencia Municipal so-bre la prórroga de vencimiento de la octava y novena cuo-ta, en la sesión ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Códi- go tributario, aprobado mediante D.S. Nº 135-99-EF, esta-blece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado con carácter general por la administracióntributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDB, se prorrogaron las fechas de vencimiento de la primera a la sexta cuota delos arbitrios municipales 2004; Que, a fin de brindar facilidades a los contribuyentes para que regularicen el cumplimiento de sus deudas, sehace necesario establecer la prórroga del vencimiento dela primera a la novena cuota de los arbitrios municipalesdel año 2004; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, ycon 6 votos a favor y una abstención, ha dado la siguiente: ORDENANZA:Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 2 de octubre del 2004, la fecha de vencimiento para el pago de la primera,segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta, sétima, octava ynovena cuota de los arbitrios municipales del año 2004. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Fi-nanciera y Tributaria, a la Subgerencia de Tesorería y a laUnidad de Estadística e Informática. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 14866 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/GED/G67/G69/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G20/G4A/G6F/G73/GE9/G20/G46/G61/G75/G73/G74/G69/G2D /G6E/G6F/G20/G53/GE1/G6E/G63/G68/G65/G7A/G20/G43/G61/G72/G72/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 205-MDB Barranco, 12 de agosto de 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCOVISTO:El Informe Nº 097-2004-GDC-MDB de la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad, en la Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Que, la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad ha dado cuenta de que el piso empedrado del pasaje José FaustinoSánchez Carrión se viene deteriorando debido a la pre-sencia continua de vehículos que se estacionan en él; Que, el pasaje José Faustino Sánchez Carrión está calificado como Zona de Máxima Protección por el Institu-to Nacional de Cultura; Que, a fin de preservar la integridad del empedrado del pasaje José Faustino Sánchez Carrión, se hace necesariootorgarle la condición de zona rígida para estacionamientovehicular durante las 24 horas del día; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º nume- ral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidadescon 6 votos a favor y 1 abstención ha dado la siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Declarar ZONA RÍGIDA PARA ESTA- CIONAMIENTO VEHICULAR al pasaje José Faustino Sán-chez Carrión, durante las 24 horas del día de los 365 díasdel año. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad, Ge-rencia de Administración Financiera y Tributaria y Geren-cia de Servicios a la Ciudad. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cumplase. MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 14867