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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G34/G36/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 15 de agosto de 2004 Segunda.- Inclúyase en la Nomenclatura de Infraccio- nes del Reglamento de Aplicación de Sanciones, aproba-do por la Ordenanza Nº 148, la infracción siguiente: Código Infracción Multa en Medida U.I.T. Vigente Complementaria Simultánea 06-108 Por instalar en superficie del 2 Retiro de elementos retiro reglamentario la colocados en el subestación eléctrica de retiro reglamentario distribución Tercera.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. 14831 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G72/G61/G64/G69/G6F/G20/G74/G72/G6F/G6E/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G64/G69/G67/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G78/G74/G65/G6C/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 71 Miraflores, 10 de agosto de 2004EL ALCALDE DE MIRAFLORESPOR CUANTO:El Concejo de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO:Que, la Municipalidad de Miraflores, es un órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, conautonomía política, económica y administrativa de acuer-do a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y laLey Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 242-2004-SGA-GA/MM, de fecha 23 de julio del 2004, emitido por la Subgerencia deAbastecimientos, se señala que desde el año 2003 fue im-plementado el Proyecto de Seguridad Ciudadana en el dis-trito de Miraflores, el cual requiere de un sistema de comu-nicación corporativa para sus objetivos y plan de activida-des operativas, lo cual redundará también en una mejorcomunicación con las Juntas Vecinales y funcionarios mu-nicipales; Que, en tal sentido es necesario contar con un servicio móvil de comunicación directa, y el Servicio de Radio Tron-calizado Digital es el que más se adecua a los requeri-mientos de nuestra Entidad, así como para los fines delreferido proyecto, teniendo la ventaja adicional, entre otras,que a través de una línea de radio troncalizado digital, esposible efectuar y recibir llamadas telefónicas; Que, con Carta Nº 74-2004-SGA-GA/MM de fecha 18 de junio de 2004, se solicitó al Ministerio de Transportes yComunicaciones, información sobre los posibles provee-dores del Servicio de Radio Troncalizado Digital a efectosde realizar el concurso público, siendo que dicho sectordel Estado, mediante Oficio Nº 1684-2004-MTC/17 del 20de julio de 2004, ha informado que la única empresa quebrinda dicho servicio en Lima es Nextel del Perú S.A.; Que, consiguientemente se ha determinado que el ser- vicio que brinda la empresa Nextel del Perú S.A. no admitesustitutos, siendo la única empresa proveedora del servi-cio en el departamento de Lima, por lo cual deviene eninnecesario realizar un proceso de selección de ConcursoPúblico, ya que es inminente que el mismo sea declaradodesierto en primera y segunda convocatoria; siendo pro-cedente su exoneración del proceso de contratación co-rrespondiente de conformidad con el inciso f) del artículo19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM; Que, asimismo conforme a lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, se requiere que medianteAcuerdo de Concejo se exonere la contratación del Servi-cio de Radio Troncalizado Digital del proceso de selecciónde Concurso Público correspondiente, a efectos de la rea-lización de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,hasta por un valor referencial total de US$ 168,328.80 Dó-lares Americanos, por un período de 24 meses, con cargo a las partidas presupuestales de otros impuestos munici-pales y recursos directamente recaudados; Que, el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, señala la obliga-ción de emitir informes técnico y legal previos para susten-tar la necesidad de la exoneración de los procesos de se-lección, requisitos que se cumplen; Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la Ge- rencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 774-2004-GAJ/MM, y de conformidad con las facultades conferidaspor la Ley Nº 27972 el Concejo con dispensa del trámite deaprobación del Acta; ACORDÓ:Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de se- lección correspondiente, para la contratación de la empre-sa NEXTEL DEL PERÚ S.A., por cuanto el Servicio deRadio Troncalizado Digital que brinda no admite sustitutos,según lo señalado en la parte considerativa del presenteAcuerdo. Segundo.- Autorizar la realización de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para su contratación, hastapor un monto referencial total de US$ 168,328.80 (CientoSesenta y Ocho Mil Trescientos Veinte y Ocho y 80/100Dólares Americanos), por un período de 24 meses, concargo a la partida presupuestal que corresponda. Tercero.- Disponer que el proceso de selección de Ad- judicación de Menor Cuantía, será conducido por el Comi-té Especial que deberá ser designado para tal efecto, con-forme al artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM. Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial y remitir copia del mismo y los informesque lo sustentan a la Contraloría General de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 14832 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G45/G78/G70/G72/G65/G73/G61/G6E/G20/G72/G65/G63/G68/G61/G7A/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G32/G31/G32/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G72/G6C/G6F/G20/G76/G69/G6F/G6C/G61/G74/G6F/G2D/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 000071-2004/MDSJM San Juan de Miraflores, 15 de julio del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES En Sesión Ordinaria de Concejo del 15 de julio del 2004, Vistos y Oídos, el Oficio Nº 231-SR-2004 de fecha 4.7.2004;Informe Nº 001-2004-ALE de fecha 7.7.2004; Informe defecha 9.7.2004 de la Asesoría Legal Externa; Informe Nº947-04-MDSJM/GM-OAJ de fecha 14.7.2004 de la Oficinade Asesoría Jurídica; Informe Nº 045-2004-MDSJM/GM defecha 13.7.2004 de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Constitución Política del Perú establece que la Constitución prevalece sobre toda normalegal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y asísucesivamente; Que, el artículo 106º de la misma Constitución Política establece que, mediante leyes orgánicas se regulan la es-tructura y el funcionamiento de las entidades del Estadoprevistas en la Constitución; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 pu- blicada el 27 de mayo del 2003 regula las funciones de los