Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2004 (17/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 17 de agosto de 2004

MINCETUR
Designan miembros de la Comision Nacional de Productos Bandera COPROBA , en representacion del MINCETUR y de PROMPERU
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 275-2004-MINCETUR/DM MORDAZA, 13 de agosto de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 015-2004-MINCETUR, de 27 de MORDAZA de 2004, se ha creado la Comision Nacional de Productos Bandera - COPROBA, con el proposito de elaborar una Estrategia Nacional Integrada de Identificacion, Promocion y Proteccion de la Identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del MORDAZA, la que sera presentada para su aprobacion al Ministro de Comercio Exterior y Turismo; Que, dicha Comision esta integrada, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, quien la presidira, y un representante de la Comision para la Promocion del Peru - PROMPERU; Que, dicho representante debe ser designado mediante Resolucion Ministerial del sector; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-2002MINCETUR y Decreto Supremo Nº 015-2004-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor Eco. MORDAZA MORDAZA Mathews MORDAZA, miembro de la Comision Nacional de Productos Bandera - COPROBA, en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, quien presidira la Comision. Articulo 2º.- Designar al senor MORDAZA Zamorano Macchiavello, miembro de la Comision Nacional de Productos Bandera - COPROBA, en representacion de la Comision para la Promocion del Peru - PROMPERU. Articulo 3º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, quien ejerce la Secretaria Tecnica de la COPROBA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 14919

Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se podra modificar las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV; Que, es conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes que se senalan a continuacion; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 05599-EF y normas modificatorias, en la forma siguiente:
PARTIDAS ARANCELARIAS 2710.19.11.10 PRODUCTO Queroseno y carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas (Turbo A1) destinados al MORDAZA interno, excepto el destinado a las empresas de aviacion. Gasoils Gas de petroleo licuado MONTO EN NUEVOS SOLES S/. 2,07 por galon.

2710.19.21.10/ 2710.19.21.90 2711.11.00.00/ 2711.19.00.00

S/. 2,10 por galon. S/. 0,14 por kilogramo.

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 14951

MIMDES
Establecen disposiciones relativas a la culminacion del MORDAZA de Fusion de Organismos Publicos Descentralizados al MIMDES
DECRETO SUPREMO Nº 004-2004-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declaro al Estado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Primera Disposicion Transitoria y Complementaria de la Ley Nº 27779 Ley Organica que Modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios, se otorgo un plazo de tres anos, contados a partir de la vigencia de la citada Ley, al Poder Ejecutivo para culminar la reorganizacion de los Ministerios; Que, mediante la Primera Disposicion Complementaria del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, se declaro en MORDAZA de reorganizacion sectorial al Sector Mujer y Desarrollo Social por el plazo de ciento veinte (120) dias utiles, facultando al Ministerio a dictar las politicas y disposiciones normativas que correspondan en las areas de Mujer y Desarrollo Social relacionadas con la evaluacion, supervision, racionalizacion, reestructuracion, reorganizacion y fusion de los Programas Nacionales, Organismos Publicos Descentralizados y demas organismos de su Sector, plazo que

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable al queroseno, carburoreactores MORDAZA queroseno para reactores y turbinas destinados al MORDAZA interno, gasoils y gas de petroleo licuado
DECRETO SUPREMO Nº 112-2004-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 003-2004 se aprobo el metodo de estabilizacion de precios para combustibles derivados del petroleo, mediante la aplicacion de un mecanismo fiscal de caracter extraordinario y temporal, destinado a permitir al Estado absorber la alta volatilidad de los precios de los combustibles derivados del petroleo, de acuerdo a la disponibilidad de los recursos fiscales; Que, el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por

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