Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2004 (04/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 4 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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vision Procesal Civil y Laboral, para la suspension definitiva de la cobranza. F6) GARANTIA NOMINAL 1. El personal encargado del area que acepto la garantia nominal inicia la ejecucion mediante la notificacion del documento de determinacion y su correspondiente liquidacion de cobranza (salvo que se hubiere notificado anteriormente el documento de determinacion) a la entidad obligada, otorgandole el plazo improrrogable de diez (10) dias habiles para que cumpla con el pago de la deuda garantizada. 2. Vencido este plazo sin haberse cancelado el adeudo o cumplida la obligacion, el personal encargado del area a cargo de la cobranza de la garantia nominal comunica este hecho al Despacho de la Intendencia de Aduana, sin perjuicio de iniciarse las acciones de cobranza coactiva. 3. El Intendente de Aduana puede disponer la no aceptacion en la Intendencia a su cargo, de garantias nominales emitidas por la misma entidad, la misma que debe garantizar sus operaciones mediante carta fianza bancaria o financiera. Una vez cumplida la obligacion, el Intendente de Aduana deja sin efecto la restriccion. VIII. FLUJOGRAMA No aplica IX. INFRACCIONES, SANCIONES Y DELITOS No aplica X. REGISTROS Garantias Garantias Garantias Garantias aceptadas renovadas devueltas ejecutadas

datos de inscripcion de la misma y nombre, cargo del representante legal y datos de inscripcion del poder), en favor de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT , debidamente representada por el Sr. (a).........., identificado con Libreta Electoral Nº ............con domicilio en ............................... y autorizado por ..............., en los terminos y condiciones establecidos en las clausulas siguientes: PRIMERA.- El CONTRIBUYENTE mediante ................... (aqui detallar el motivo de la MORDAZA de la garantia). SEGUNDA.- La deuda a garantizarse es la siguiente: (detalle del monto del adeudo) TERCERA.- Con el objeto de garantizar el pago de la deuda, materia de la presente, El CONTRIBUYENTE entrega juridicamente en prenda, en favor de SUNAT, el bien de su propiedad que se encuentra descrito en la tasacion, efectuada de conformidad con ..............., el mismo que se encuentra inscrito en ...... La prenda a la que se refiere el parrafo anterior se constituye hasta por la suma de US $....... ( .............dolares de los Estados Unidos de Norteamerica). El CONTRIBUYENTE deja expresa MORDAZA de que el bien otorgado en garantia es de su exclusiva propiedad, y no se encuentra afectado por medida alguna, judicial o extrajudicial, que limite o restrinja su derecho de libre disposicion. CUARTA.- Las partes acuerdan que, de conformidad con el articulo 1056º del Codigo Civil, la prenda es indivisible y garantiza la obligacion en tanto esta no se cumpla integramente. QUINTA.- La SUNAT puede inspeccionar en cualquier momento, el bien prendado, para lo cual El CONTRIBUYENTE debe brindar las facilidades requeridas y necesarias, y asume los gastos que ello origine. SEXTA.- En caso que el bien otorgado en garantia se pierda o deteriore de modo que resulte insuficiente para cubrir la deuda, El CONTRIBUYENTE esta obligado a sustituirlo; el plazo para la sustitucion de la garantia se computara desde la fecha en que El CONTRIBUYENTE comunique a la SUNAT el deterioro, perdida o remate del bien otorgado en garantia o desde la fecha en que esta, requiera a aquel la sustitucion de la garantia otorgada. Si El CONTRIBUYENTE no sustituye dicha garantia dentro de quince (15) dias utiles de requerido, en este caso y tratandose de deudas tributarias, en atencion a lo establecido en el numeral 4 del articulo 116º del T.U.O. Codigo Tributario, se procedera a la ejecucion inmediata de la garantia. SEPTIMA.- En caso de incumplimiento de las obligaciones se debe proceder al remate del bien prendado, segun lo pactado en el presente contrato. En caso de deudas tributarias y de conformidad con el numeral 4 del articulo 116º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, se procede a la ejecucion inmediata del bien. Para tal efecto, en el caso de deudas tributarias se observaran las siguientes reglas: a) La ejecucion de la garantia esta a cargo del ejecutor coactivo y su correspondiente auxiliar coactivo. b) El valor de la tasacion del bien es el presentado por El CONTRIBUYENTE de acuerdo con el Informe Tecnico del perito tasador segun lo previsto en el inciso d) numeral 1, del rubro A4) Aceptacion de Prenda, del Procedimiento Especifico IFGRA-PE.13 Garantias Aduanas Operativas. c) Sin embargo y de conformidad con lo establecido en el articulo 729º del Codigo Procesal Civil, el Ejecutor Coactivo podra ordenar una nueva tasacion -cuyo costo sera asumido por El CONTRIBUYENTE- si considera que el valor establecido en el parrafo anterior se encuentra desactualizado. d) MORDAZA de proceder a la ejecucion del bien, el Ejecutor Coactivo notificara al CONTRIBUYENTE con la finalidad de que cumpla, dentro de un plazo de 3 (tres) dias y bajo apercibimiento de iniciarse la ejecucion forzada, con cancelar la deuda tributaria pendiente de pago, mas los intereses moratorios devengados como consecuencia del incumplimiento que hubiera incurrido El CONTRIBUYENTE. e) Cualquier accion que pudiera iniciar El CONTRIBUYENTE, tendiente a invalidar la ejecucion del bien (incluyendo la contradiccion) no suspendera el MORDAZA de ejecucion, el mismo que continuara, consignandose el producto del remate a la orden del Ejecutor Coactivo hasta la conclusion de la accion iniciada. f) El Ejecutor Coactivo convocara a remate fijando dia, hora y lugar.

XI. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS Warrant.- Instrumento de credito por el cual se puede garantizar el cumplimiento de las obligaciones pendientes a cargo del deudor tributario, utilizando para tal efecto, mercancias no perecederas, las mismas que deben estar depositadas en los Almacenes Generales de Deposito autorizados por la Superintendencia de Banca y Seguros. SUNARP.- Superintendencia Nacional de Registro Publicos RUC.- Registro Unico del Contribuyente ANEXOS 1. Modelo Contrato de Prenda con Entrega Juridica de bien propio del deudor 2. Modelo Contrato de Hipoteca de bien propio del deudor 3. Modelo de Contrato de Levantamiento de Prenda
ANEXO 1 CONTRATO DE PRENDA CON ENTREGA JURIDICA DE BIEN PROPIO DEL DEUDOR NOTA: De ser necesario, puede modificarse este modelo a fin de precisar en cada contrato si se trata de prenda regulada por normas especiales (industrial, vehicular, minera, etc.). Igualmente, de estimarse conveniente, puede senalarse en el documento, el lugar en donde se encuentren ubicados los bienes, y precisarse que se requiere de la previa autorizacion de SUNAT para su traslado. SENOR NOTARIO: Sirvase usted para extender en su Registro de Escrituras Publicas, una en la que conste el Otorgamiento de Prenda con Entrega Juridica de Bien Propio, por parte de el Sr. (o la Empresa...... consignar razon social), en adelante, El CONTRIBUYENTE, identificado con Libreta Electoral Nº ......(si es persona natural), RUC Nº ......... y senalando domicilio en ...................(si es persona juridica

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