Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2004 (05/06/2004)


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NORMAS LEGALES
VISTOS:

MORDAZA, sabado 5 de junio de 2004

Que, como puede apreciarse, a la fecha el Poder Judicial se encuentra imposibilitado de efectuar una eleccion entre uno u otro proveedor, por cuanto la empresa System Data Base S.A. es la distribuidora unica de los productos Sybase en el Peru; Que, el valor referencial para la adquisicion de las Licencias Sybase para los Servidores Corporativos y Migracion del Sistema Integrado de Justicia asciende a la suma de S/. 453,581.00 (Cuatrocientos cincuentitres mil quinientos ochentiun y 00/100 Nuevos Soles), cuya fuente de financiamiento es con cargo a la Fuente Donaciones y Transferencias (FEDADOI); Que, la Jefatura de Asesoria Legal de la Gerencia General, mediante Informe Nº 297-2003-OAL-GG/PJ, opina por la procedencia de la exoneracion, de acuerdo a lo senalado por el mencionado inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se cumplen con los presupuestos para la aplicacion de la causal de bien que no admite sustituto; Que, habiendose revisado y encontrado conformes los Informes Tecnico y Legal que sustentan la adquisicion de Licencias Sybase para los Servidores Corporativos y Migracion del Sistema Integrado de Justicia asi como los servicios adicionales, se concluye que se cumplen satisfactoriamente con las caracteristicas tecnicas y condiciones economicas de acuerdo a la prevision presupuestal; Que, las adquisiciones y contrataciones exoneradas del respectivo MORDAZA de seleccion, se realizan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo remitirse MORDAZA de la resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion, segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PCM, en concordancia con los articulos 105º, 113º, 114º, 115º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y en uso de las facultades conferidas por ley; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del respectivo MORDAZA de seleccion, por la causal de bien que no admite sustituto, la adquisicion de Licencias Sybase para los Servidores Corporativos y Migracion del Sistema Integrado de Justicia (SIJ), cuyo valor referencial asciende a S/. 453,581.00 (Cuatrocientos cincuentitres mil quinientos ochentiuno y 00/100 Nuevos Soles); fuente de financiamiento: Donaciones y Transferencias (FEDADOI). Articulo Segundo.- La adquisicion a que se refiere el articulo anterior, se realizara a traves del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, el mismo que se encontrara a cargo de un Comite Especial que sera designado por la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Tercero.- El contrato que se celebre como consecuencia de la adquisicion a que se refiere el Articulo Primero de esta Resolucion, debera cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo que senala la Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 10719

Los Oficios Nºs. 1973 y 2049-2004-P-CSJLI/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; el Informe Nº 027-2004-A-CSJLI/PJ, de la Jefatura de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de Lima; el Informe Nº 322-2004-OAL-GG/PJ, de la Jefatura de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a traves de los Oficios Nºs. 1973 y 2049-2004-PCSJLI/PJ, senala que la Comision Encargada de Supervisar y Ejecutar el MORDAZA destinado a Cubrir las Plazas Materia de Encargatura de dicha Sede Judicial ha convocado un Concurso Interno y a fin de garantizar la transparencia en dicho MORDAZA, comunica la necesidad de contar con los servicios de un tercero para la fase evaluativa, por lo que resulta necesario contratar una Institucion Educativa; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 12º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a fin de conocer las posibilidades que ofrece el MORDAZA, el Jefe de la Oficina de Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, quien a su vez es el Secretario de la Comision MORDAZA referida, ha llevado a cabo el estudio de MORDAZA habiendo cursado invitaciones a diversas Universidades de nuestro medio que brindan este MORDAZA de servicios, a efectos de contar con la informacion necesaria para la descripcion y especificaciones del servicio a contratar y definir el valor referencial, segun fluye del Informe Nº 027-2004-A-CSJLI/PJ; Que, del referido estudio de MORDAZA se obtuvo como resultado que la Universidad Nacional de Ingenieria es la que ofrece la mejor propuesta tecnica y economica para la contratacion de los Servicios de Formulacion, Preparacion, Impresion, Aplicacion y Calificacion de las Pruebas Psicotecnicas y de Conocimientos, debido a su experiencia en este MORDAZA de actividades que viene realizando desde el ano 2000; que ha brindado sus servicios en reiteradas ocasiones a Instituciones como el Consejo Nacional de la Magistratura, Academia de la Magistratura, ADDECO PERU S.A. y la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, ademas de contar con prestigio reconocido, del mismo modo, la propuesta economica es la mas accesible para nuestra Entidad; Que, el valor referencial para la contratacion de los referidos servicios asciende a S/. 62,000.00 (sesentidos mil y 00/100 Nuevos Soles), suma que comprende entre otros: la elaboracion de las pruebas psicotecnica y de conocimiento, impresion de las pruebas, elaboracion del Balotario de Preguntas y de la Hoja Optica de Identificacion de Respuestas; aplicacion de las Pruebas en el Campus de la UNI, Calificacion de las Pruebas, Impresion de Listados, Reportes Estadisticos, Informe de Resultados y Obtencion del Promedio Ponderado de cada postulante; es de senalar que dicha suma no incluye impuestos toda vez que la Universidad Nacional de Ingenieria como institucion educativa publica de acuerdo al D.S. Nº 046-97-EF, en su Anexo 1, esta inafecta al IGV; Que, las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios se deben celebrar previo MORDAZA de seleccion y segun las etapas establecidas en el articulo 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, bajo sancion de nulidad; Que, teniendo en cuenta el valor referencial indicado precedentemente, el MORDAZA de seleccion que corresponderia convocar para la contratacion del servicio requerido por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de acuerdo al ordenamiento vigente en contrataciones publicas, es el de Adjudicacion Directa Selectiva; sin embargo, la misma normativa establece que determinadas adquisiciones o contrataciones - por sus especiales caracteristicas - se encuentran exoneradas de procesos de seleccion; Que, en este sentido, el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-

Disponen contratar universidad para servicios de formulacion, aplicacion y calificacion de pruebas psicotecnicas y de conocimientos para cubrir plazas en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 077-2004-P-PJ
MORDAZA, 4 de junio de 2004

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