Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2004 (05/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de junio de 2004

Declaran nulidad de adjudicaciones de menor cuantia referentes a servicios de mantenimiento de servidores IBM
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº GG-048-2004
CONSIDERANDO QUE: El Banco Central llevo a cabo dos convocatorias de los procesos de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0026-2002BCRP y Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0029-2002BCRP, para la contratacion de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de los servidores IBM RS/ 6000 7044-170 e IBM RS/6000 7025- F50, respectivamente, los cuales se declararon desiertos al no haberse presentado ninguna oferta. De acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 32 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las dos declaratorias de desierto de los procesos, permitia que los servicios requeridos MORDAZA contratados mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia. Para contratar el servicio de mantenimiento de los dos servidores mencionados, El Comite Especial de Menor Cuantia realizo las Adjudicaciones Directas de Menor Cuantia Nºs. 0178-2003 y 0179-2003, que fueron igualmente declaradas desiertas al no haberse presentado propuestas. Ante la necesidad expuesta por el area tecnica de contar a la brevedad con el servicio de mantenimiento de los dos servidores, el Departamento de Abastecimiento procedio a solicitar telefonicamente cotizaciones a la empresa IBM del Peru S.A.C. Con la opinion favorable del area tecnica, mediante cartas Nºs. D210-LA-116-2003 y D210-LA-117-2003 del 28 de MORDAZA de 2003, el Departamento de Abastecimiento del Banco Central comunica a la empresa IBM del Peru S.A.C. que se le habia adjudicado la buena pro de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0178-2003-BCRP, referido al servicio de mantenimiento del servidor IBM RS/6000 7025-F50, por un monto total de US$ 7 940,48, incluido impuestos, y de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0179-2003-BCRP, que corresponde al servidor IBM RS/6000 7044-170, por un monto total de US$ 7 040,00, incluido impuestos. De acuerdo a lo senalado en el Memorandum Nº D200MG-2004-053 de la Subgerencia de Servicios Administrativos, de fecha 18 de marzo de 2004, las adjudicaciones de menor cuantia que se aluden en el considerando anterior, no fueron conducidas por el Comite Especial que oportunamente se designo, que era el organo competente para decidir la contratacion, ademas que se otorgo la buena pro a una propuesta que no cumple con las condiciones de tiempo de respuesta establecidas en las especificaciones tecnicas del Banco Central y no se obtuvo la autorizacion del Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, que para estos casos exige el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM. Conforme se aprecia de lo expuesto precedentemente, se ha configurado la MORDAZA causal del articulo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que de acuerdo a lo estipulado en el articulo 26º de su Reglamento, el titular del pliego debe declarar de oficio la nulidad del MORDAZA, toda vez que no se llegaron a firmar los contratos respectivos, debiendose publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0178-2003-BCRP, referida al servicio de mantenimiento del servidor IBM RS/6000 7025f50, cuya buena pro fue otorgada a la empresa IBM del Peru S.A.C. por un monto total de US$ 7 940,48, incluido impuestos, asi como de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0179-2003-BCRP, referida al servicio de mantenimiento del servidor IBM RS/6000 7044-170, cuya buena pro se otorgo a la misma empresa por un monto total de US$ 7 040,00, incluido impuestos. Articulo 2º.- Disponer que los Comites Especiales designados para conducir las Adjudicaciones Directas

Selectivas Nºs. 0026-2002-BCRP y 0029-2002-BCRP, continuen con los procesos, con sujecion a las disposiciones legales vigentes, que permitan contratar los servicios que efectivamente requiere el Banco de acuerdo a las especificaciones tecnicas de las bases aprobadas. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley. MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2004 MORDAZA ROSSINI MINAN Gerente General (e) 10447

CONTRALORIA GENERAL
Designan sociedades de auditoria encargadas de realizar auditorias a estados financieros e informacion presupuestaria de diversas entidades
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 240-2004-CG
MORDAZA, 1 de junio de 2004 Visto, el Informe Nº 005-2004-CG/CE-SOA de la Comision Especial de Designacion de Sociedades de Auditoria, nombrada por Resolucion de Contraloria No 177-2004-CG de 11.May.2004, encargada de la recepcion, apertura, evaluacion y calificacion de las propuestas presentadas en el Concurso Publico de Meritos Nº 03-2004-CG para la Designacion de Auditorias Externas; CONSIDERANDO: Que, en ejercicio de sus atribuciones, la Contraloria General de la Republica, mediante publicaciones efectuadas en el Diario Oficial El Peruano los dias 03 y 04 de MORDAZA del 2004, convoco al Concurso Publico de Meritos Nº 03-2004-CG, a fin de designar sociedades de auditoria externa para auditar los estados financieros y la informacion presupuestaria de trece (13) gobiernos regionales; Que, de la evaluacion y calificacion efectuada a las veintitres (23) propuestas presentadas por once (11) sociedades de auditoria correspondientes a doce (12) entidades publicas, se han declarado ganadoras diez (10) propuestas correspondiendo a igual numero de entidades, ocho (08) propuestas fueron descalificadas al no cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria y cinco (05) propuestas no obtuvieron la Buena Pro; Que, conforme al documento de visto, se ha declarado desierto el Concurso Publico de Meritos, por primera vez, respecto a tres (03) entidades que solicitaron auditoria, de las cuales para una (01) de ellas no se adquirio bases; y respecto a las dos (02) restantes el motivo fue el incumplimiento por parte de las sociedades de auditoria participantes de los requisitos establecidos en el Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, al existir en el presente Concurso, limitacion para designar una Sociedad en mas de una entidad publica, de conformidad con lo preceptuado en el literal a) del articulo 40º concordante con el literal b) del articulo 44 del referido Reglamento; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 20º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el capitulo IV Evaluacion y Calificacion de Propuestas del Titulo III Concurso Publico de Meritos, y los articulos 42º y 47º del Reglamento para la Designacion de Sociedades de Auditoria, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 140-2003CG; y, En uso de las atribuciones derivadas de los articulos 20º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar las Sociedades de Auditoria, para realizar las auditorias a los estados financieros y a la informacion presupuestaria correspondiente a diez (10) entidades, que a continuacion se indican:

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