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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (05/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de junio de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros como entidad rectora y de supervisión de los sectores Bancario,de Seguros y de Administración de Fondos de Pensiones,tiene la obligación de informar a la sociedad sobre los prin-cipales índices de desarrollo de dichos sectores, de susfunciones, además de desarrollar a través de los mediosde comunicación una labor de instrucción y protección alos usuarios de tales sistemas; Que, en tal sentido, la Superintendencia de Banca y Seguros tiene la obligación de realizar las publicacionesque requiere respecto de los temas mencionados en elpárrafo precedente, en los principales medios de comu-nicación escritos; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado por el D.S.Nº 041-2003-PCM, señala que se encuentran expresamen-te incluidos en la clasificación de servicios personalísimos,los servicios de publicidad que prestan al Estado los me-dios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquierotro medio de comunicación, en atención a las caracterís-ticas particulares que los distinguen, por lo que se deberáexonerar del proceso de selección que corresponda a lascontrataciones que se requieran, permitiéndose con ellouna mayor fluidez operativa para la utilización de los servi-cios de comunicación; Que, en tal sentido y estando a los fundamentos expues- tos por el Departamento de Logística mediante su InformeNº 014-2004-DL, se hace necesario contratar los serviciosde publicación de avisos en prensa escrita con las empre-sas Empresa Editora El Comercio S.A., Corporación Ges-tión S.A., Grupo La República S.A., Empresa Peruana deServicios Editoriales S.A., Empresa Periodística NacionalS.A.C., Empresa Editora Multimedia S.A.C., y Editora SIN-DESA S.A., a efectos que presten los servicios de publici-dad para la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, como se puede apreciar, la exoneración de los procesos de selección para la contratación de los servi-cios mencionados en el párrafo anterior, se realiza tenien-do en cuenta la causal recogida en el literal h) del artículo19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, concordante con lo dispuestopor el artículo 111º del Reglamento de la acotada normalegal, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, que permite exonerar de los procesos de selecciónque corresponda a la contratación de los servicios de pu-blicidad que prestan al Estado los medios de comunica-ción escrita; Que estando a lo opinado, tanto por la Superintenden- cia Adjunta de Asesoría Jurídica como por el Departamentode Logística resulta procedente exonerar de los procesosde selección que corresponda a la contratación de las em-presas Empresa Editora El Comercio S.A., CorporaciónGestión S.A., Grupo La República S.A., Empresa Peruanade Servicios Editoriales S.A., Empresa Periodística Nacio-nal S.A.C., Empresa Editora Multimedia S.A.C. y EditoraSINDESA S.A., procediendo la contratación de sus servi-cios mediante Adjudicaciones de Menor Cuantía; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros –Ley Nº 26702 -; de conformidad con lo dispuesto en el Tex-to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, su Reglamento y demás normascomplementarias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de los pro- cesos de selección que le corresponden en función a sucuantía para la contratación de las empresas Empresa Edi-tora El Comercio S.A., Corporación Gestión S.A., GrupoLa República S.A., Empresa Peruana de Servicios Edito-riales S.A., Empresa Periodística Nacional S.A.C., Empre-sa Editora Multimedia S.A.C. y Editora SINDESA S.A., paraque presten el servicio de publicación de avisos relaciona-dos con las funciones propias de la Superintendencia deBanca y Seguros, por la causal de servicios personalísi-mos prevista en el literal h) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, concordante con lo dispuesto por el artículo 111ºdel Reglamento de la acotada norma legal, modificado porel Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, por el período deun año a partir de la suscripción de los contratos corres-pondientes.Artículo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administración General a contratar los mencio-nados servicios mediante Adjudicaciones de Menor Cuan-tía con cargo a los recursos propios de la Institución, por elplazo de un año y designar al Comité Especial a cargo dela conducción de los citados procesos de selección. Artículo Tercero.- El valor total por los servicios en mención, incluido todo concepto gasto y tributo, asciendea la suma de US$ 139 000,00 (Ciento Treinta y Nueve Mil y00/100 Dólares Americanos) y S/. 633 500,00 (Seiscien-tos Treinta y Tres Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles)respectivamente. Artículo Cuarto.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administración General remita copia de la pre-sente Resolución y de los Informes Técnicos y Legalesque sustentan estas exoneraciones a la Contraloría Gene-ral de la República, dentro de los diez días calendario si-guientes a la fecha de su aprobación, conforme a lo dis-puesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca y Seguros. 10527 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G72/G75/G2D /G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 865-2004 Lima, 3 de junio de 2004 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, el FT New Y ork Institute of Finance, ha organi- zado el Curso “Derivatives: Strategies, Trading & Valuation”,el mismo que se llevará a cabo del 7 al 11 de junio de 2004en la ciudad de New Y ork, Estados Unidos de América; Que, en el citado programa se desarrollarán temas de importancia vinculados a las actividades realizadas por esteorganismo de regulación, supervisión y control, orientadosa fortalecer el conocimiento técnico de nuestros profesiona-les sobre aspectos relacionados con los instrumentos de-rivados, incluyendo la formación de precios y aplicaciones,entre otros; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva Nº SBS-DIR-ADM-085-05, ha dictado una seriede Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio2004, estableciéndose en el Numeral 6.1. que no se en-cuentran comprendidas en las restricciones de la citadaDirectiva, las actividades de capacitación aprobadas parael ejercicio 2004; Que, por ser de interés para la Institución, se ha conside- rado conveniente designar en esta oportunidad al señorEduardo José Flores Salazar, Analista del Departamentode Evaluación de Riesgos de Mercado y Liquidez de laSuperintendencia Adjunta de Riesgos, para participar enel referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el via- je del citado funcionario, sólo por el tiempo necesariopara el cumplimiento del presente encargo, cuyos gas-tos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cu-biertos con cargo al Convenio de Préstamo de Coopera-ción BID 1196/OC-PE conforme a lo solicitado medianteOficio SBS Nº 5236-2004 y comunicación de no obje-ción del Banco Interamericano de Desarrollo, remitidapor la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoria-les - MEF , debiendo asumir esta Superintendencia,únicamente, los gastos por concepto de impuestos yTarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto corres-pondiente al ejercicio 2004; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu-ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Segu-ros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Di-rectiva sobre Medidas de Austeridad en el Gasto para elejercicio 2004, Nº SBS-DIR-ADM-085-05;