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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G30/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 20 de junio de 2004 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los siguientes Sitios Arqueológicos: - Manchac, ubicado en el distrito de Cochabamba, pro- vincia de Huacaybamba, región Huánuco. - Tinyash, ubicado en el distrito de Pinra, provincia de Haucaybamba, región Huánuco. - Mullush, ubicado en el distrito de Huacaybamba, pro- vincia de Huacaybamba, región Huánuco. - Marka Marka, ubicado en el distrito de Huacaybamba, provincia de Huacaybamba, región Huánuco. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del INC - Huánuco del Instituto Nacional de Cultura la elaboración de los pla-nos de delimitación con su respectiva Ficha Técnica y Me-moria Descriptiva de los Sitios Arqueológicos menciona-dos en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica mencio-nada en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua- rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o al- terar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarados "Pa-trimonio Cultural de la Nación", deberá contar con la apro-bación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11619 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 415/INC Lima, 4 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 043, tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión Nº 003 de fe-cha 17 de febrero del 2004; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu-cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta- ciones culturales del país y de la conservación del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Insti-tuto Nacional de Cultura la función de proteger y declarar elPatrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 043, de fecha 17 de febrero del 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología re-comienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación al SitioArqueológico Huaca El Mono, ubicado en el distrito de Chu- lucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Direc-ción de Arqueología y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Na- ción; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na-cional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Huaca El Mono, ubicado en el distritode Chulucanas, provincia de Morropón, departamento de Piura. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección del INC - Piura la elaboración del Expediente Técnico del Sitio Arqueológicomencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución,con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo- nio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico menciona-do en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecua-rios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o al- terar el paisaje del Sitio Arqueológico declarado "Patrimo- nio Cultural de la Nación", deberá contar con la aprobacióndel Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 11620 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G6E/G6F/G73/G20/G70/G65/G72/G69/G6D/GE9/G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G69/G74/G69/G6F /G61/G72/G71/G75/G65/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G4C/G61/G20/G42/G61/G6E/G64/G61/G2C/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G48/G75/G61/G72/G69 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 412/INC Lima, 4 de junio de 2004 VISTO, el Acuerdo Nº 177, tomado de la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología, en su Sesión 12 de fecha 13 de mayo de 2004; CONSIDERANDO:Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio de Edu- cación, con personería jurídica de derecho público interno,responsable de la promoción y desarrollo de las manifesta-ciones culturales del país y la conservación del PatrimonioCultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de proteger y decla-rar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artístico,así como las manifestaciones culturales, orales y tradicio-nales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 177 de fecha 12 de mayo de 2004, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología reco- mienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura: 1) Dejar sin efecto el Art. 2º, de la Resolución Directoral Nacional Nº 293/INC, de fecha 16 de mayo de 2003. 2) Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico La Banda Sector I y II, Código de Plano PP-0085-INC-DRE-PH/DA-2004-UG, de fecha 29 de abril del 2004, a escala 1/2500, con un área de 12.69 Has, perímetro 3837.96 m.ubicado en el distrito de San Marcos, provincia de Huari,región Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 3) Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico La Banda Sector I, Código de Plano PP-0085-INC-DREPH/DA-2004-UG, de fecha 28 de abril de 2004, a escala 1/2500, conun área de 4.87 Has, perímetro 1701.42 m. ubicado en eldistrito de San Marcos, provincia de Huari, región Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. 4) Aprobar el Plano Perimétrico del Sitio Arqueológico La Banda Sector II, Código de Plano PP-0085-INC-DRE-PH/DA-2004-UG, de fecha 29 de abril del 2004, a escala 1/2500, con un área de 7.82 Has, perímetro 2136.54 m. ubi-cado en el distrito de San Marcos, provincia de Huari, re- gión Ancash, con su respectiva ficha técnica y memoria descriptiva. Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Direc- ción de Arqueología, y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047,